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Código Penal:
TÍTULO XIII. DELITOS CONTRA EL PATRIMONIO Y CONTRA EL ORDEN SOCIOECONÓMICO. SECCIÓN 2. DE LA APROPIACIÓN INDEBIDA. Artículo 254. Será castigado con la pena de multa de tres a seis meses el que, habiendo recibido indebidamente, por error del transmitente, dinero o alguna otra cosa mueble, niegue haberla recibido o, comprobado el error, no proceda a su devolución, siempre que la cuantía de lo recibido exceda de 400 euros. Artículo 623. Serán castigados con localización permanente de cuatro a 12 días o multa de uno a dos meses: 4. Los que cometan estafa, apropiación indebida, o defraudación de electricidad, gas, agua u otro elemento, energía o fluido, o en equipos terminales de telecomunicación, en cuantía no superior a 400 euros. Si no devuelves ese dinero estarás cometiendo el tipo penal definido en el art. 254 del Código Penal. Como la cuantía no excede de 400 Euros no será delito, pero sí falta, castigada con pena de multa de hasta 2 meses. En las multas, la cuota diaria tendrá un mínimo de dos y un máximo de 400 euros. Multiplica 2 x 60 días (2 meses) y esa es la multa mínima que te puede caer. Y multiplica 400 x 60 días (2 meses) y esa es la multa máxima que te puede caer (obviamente, más la devolución del importe indebidamente apropiado, ello en concepto de responsabilidad civil). |
| Gracias de parte de: | ||
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#44
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Código Penal:
TÍTULO XIII. DELITOS CONTRA EL PATRIMONIO Y CONTRA EL ORDEN SOCIOECONÓMICO. SECCIÓN 2. DE LA APROPIACIÓN INDEBIDA. Artículo 254. Será castigado con la pena de multa de tres a seis meses el que, habiendo recibido indebidamente, por error del transmitente, dinero o alguna otra cosa mueble, niegue haberla recibido o, comprobado el error, no proceda a su devolución, siempre que la cuantía de lo recibido exceda de 400 euros. Artículo 623. Serán castigados con localización permanente de cuatro a 12 días o multa de uno a dos meses: 4. Los que cometan estafa, apropiación indebida, o defraudación de electricidad, gas, agua u otro elemento, energía o fluido, o en equipos terminales de telecomunicación, en cuantía no superior a 400 euros. Si no devuelves ese dinero estarás cometiendo el tipo penal definido en el art. 254 del Código Penal. Como la cuantía no excede de 400 Euros no será delito, pero sí falta, castigada con pena de multa de hasta 2 meses. En las multas, la cuota diaria tendrá un mínimo de dos y un máximo de 400 euros. Multiplica 2 x 60 días (2 meses) y esa es la multa mínima que te puede caer. Y multiplica 400 x 60 días (2 meses) y esa es la multa máxima que te puede caer (obviamente, más la devolución del importe indebidamente apropiado, ello en concepto de responsabilidad civil). ![]() |
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#45
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Claro, por eso lo digo, esta claro que a Google no le viene de esa cantidad, pero que se daran cuenta y se pondran en contacto con el y se lo reclamaran creo que esta mas que claro, ojala me equivoque y pueda disfrutar de ese dinero pero me da a mi que va ser que no
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#46
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Código Penal:
TÍTULO XIII. DELITOS CONTRA EL PATRIMONIO Y CONTRA EL ORDEN SOCIOECONÓMICO. SECCIÓN 2. DE LA APROPIACIÓN INDEBIDA. Artículo 254. Será castigado con la pena de multa de tres a seis meses el que, habiendo recibido indebidamente, por error del transmitente, dinero o alguna otra cosa mueble, niegue haberla recibido o, comprobado el error, no proceda a su devolución, siempre que la cuantía de lo recibido exceda de 400 euros. Artículo 623. Serán castigados con localización permanente de cuatro a 12 días o multa de uno a dos meses: 4. Los que cometan estafa, apropiación indebida, o defraudación de electricidad, gas, agua u otro elemento, energía o fluido, o en equipos terminales de telecomunicación, en cuantía no superior a 400 euros. Si no devuelves ese dinero estarás cometiendo el tipo penal definido en el art. 254 del Código Penal. Como la cuantía no excede de 400 Euros no será delito, pero sí falta, castigada con pena de multa de hasta 2 meses. En las multas, la cuota diaria tendrá un mínimo de dos y un máximo de 400 euros. Multiplica 2 x 60 días (2 meses) y esa es la multa mínima que te puede caer. Y multiplica 400 x 60 días (2 meses) y esa es la multa máxima que te puede caer (obviamente, más la devolución del importe indebidamente apropiado, ello en concepto de responsabilidad civil). ![]() Todo iba bien asta que has hecho tu aportación de 400x60 D ![]() Creo que decir que algo esta mal es correcto, pero inventarte penas es de MUY MAL GUSTO Edito: La múlta mínima sería de devolución del dinero + 2€ (x) los días que decida el juez, que podría ser 2€ x 1 día. La segunda parte de 400x60, si quereis se la pregunto a mi profesor de derecho penal, el ilustre Carlos Perez del Valle. jajaja En serio, dejad de fantasear con penas, no le van ha hacer nada, y a mi tampoco. Ha habido un error, lo que él lo ha publicado para que todo el mundo se enterara. Y en mi opinión, hace bien en quedarse el dinero.
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Última edición por escalicha Día 26/02/13 a las 17:53:50. |
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#47
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si alguno de ustedes pierde el movil, en el autobus, en el metro... en el banco, en la universidad... donde sea... y quien lo encontró lo toma, lo apaga, le quita la sim y lo flashea... como llamarían al que lo hizo???
y el no tiene la culpa de que ustedes sea tan "tonto" de dejarlo perdido... más que si fue un error de google o no... es una cuestion de moral, de principios, de educación... lo que no es mio, lo devuelvo y ya!! |
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#48
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Todo iba bien asta que has hecho tu aportación de 400x60
D ![]() Creo que decir que algo esta mal es correcto, pero inventarte penas es de MUY MAL GUSTO Edito: La múlta mínima sería de devolución del dinero + 2€ (x) los días que decida el juez, que podría ser 2€ x 1 día. La segunda parte de 400x60, si quereis se la pregunto a mi profesor de derecho penal, el ilustre Carlos Perez del Valle. jajaja En serio, dejad de fantasear con penas, no le van ha hacer nada, y a mi tampoco. Ha habido un error, lo que él lo ha publicado para que todo el mundo se enterara. Y en mi opinión, hace bien en quedarse el dinero. ![]() Con independencia de las penas (tema que desconozco) el hecho de que este tipificado como falta por el codigo penal, le quita cualquier opcion de que "este bien hecho" En mi opinion |
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#49
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Ni se te ocurra devolver nada: quien roba a un ladrón tiene 100 años de perdón. ¿Sabíais que todos estamos pagando a google, al margen de los productos/servicios que compres? leed un poquito sobre las obras de ingeniería financiera que los google/apples... hacen en España para no declarar ganancias en nuestro país, presentar supuestas pérdidas... con lo que no sólo no tributan en España, sino que además hacienda (o sea nosotros) le devuelve dinero, todo esto presuntamente, he de decir.
Leed el Mundo de hoy, ahí lo explica muy bien. |
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#50
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Ni se te ocurra devolver nada: quien roba a un ladrón tiene 100 años de perdón. ¿Sabíais que todos estamos pagando a google, al margen de los productos/servicios que compres? leed un poquito sobre las obras de ingeniería financiera que los google/apples... hacen en España para no declarar ganancias en nuestro país, presentar supuestas pérdidas... con lo que no sólo no tributan en España, sino que además hacienda (o sea nosotros) le devuelve dinero, todo esto presuntamente, he de decir.
Leed el Mundo de hoy, ahí lo explica muy bien. ![]() Tienes toda la razon! Me voy a atracar un banco! Esta moralmente justificado!
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Todo iba bien asta que has hecho tu aportación de 400x60
D ![]() Creo que decir que algo esta mal es correcto, pero inventarte penas es de MUY MAL GUSTO Edito: La múlta mínima sería de devolución del dinero + 2€ (x) los días que decida el juez, que podría ser 2€ x 1 día. La segunda parte de 400x60, si quereis se la pregunto a mi profesor de derecho penal, el ilustre Carlos Perez del Valle. jajaja En serio, dejad de fantasear con penas, no le van ha hacer nada, y a mi tampoco. Ha habido un error, lo que él lo ha publicado para que todo el mundo se enterara. Y en mi opinión, hace bien en quedarse el dinero. ![]() Para empezar, la devolución del dinero no es "multa", sino responsabilidad civil. Al pago de la misma se condena SIEMPRE que hay delito o falta. En segundo lugar, la pena para la falta de apropiación indebida es, como he transcrito, localización permanente de 4 a 12 días o multa de 1 a 2 meses. La pena de multa se impone en la práctica totalidad de los casos (más aún en uno como éste, en el que el acusado cuenta con recursos económicos -demostrado ya que se ha comprado un móvil de 360€-); y la multa mínima es de UN mes, es decir, 30 días; y la máxima de DOS meses, es decir, 60 días. Para la fijación de los días-multa, el Juez se rige por criterios muy subjetivos, dependiendo de la capacidad económica del reo. La cuota diaría mínima es de 2€ y la máxima de 400€ diarios (art. 50.4 Código Penal). Lo habitual es encontrarse con cuotas entre 6 y 10 Euros diarios, aunque puede ser más en casos de acusados con mayor poder adquisitivo. No se suelen imponer cuotas inferiores a 5€. Por lo tanto, teniendo en cuenta que la cuantía de lo defraudado serían casi 360€, la cual estaría en la parte "alta" de la falta (400€), y la circunstancia de haber publicitado el hecho delictivo, en mi modesta opinión y según mi experiencia, la posible pena podría estar muy cerca de la máxima de 2 meses con cuotas de 5€ (300€); y además, en concepto de responsabilidad civil, indemnizar a Google en 358€ que es el importe de lo defraudado. Y no creo que sea de mal gusto advertir de las consecuencias a quien se jacta de haber cometido un delito. EDITO: Perdón, una falta. Última edición por malkair Día 26/02/13 a las 18:12:32. |
| Los siguientes 3 usuarios han agradecido a malkair su comentario: | ||
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Yo creo que tarde o temprano se van a dar cuentar y te lo quitarán.
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Re: Flipando con Google!! LoL inside
Confirmado, he llamado a google y para mi sorpresa, que no les consta ningun ingreso anómalo, que el importe que me debian de la retencion del reemplazo ya me fue devuelto que lo investigaran y se pondran en contacto conmigo ya que no aparece ningun tipo de ingreso en referencia a mis datos. Esto es un desproposito. Vuelvo a recalcar que la retencion me fue devuelta ya en su dia y no se a que ha venido este ingreso.
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Si fuera yo llamaría para devolverlo, desconozco en que lío te puedes meter.
Pero haz lo que tu creas conveniente. Y acerca de lo que dice Escalicha... fardas de profesor de derecho y tu mismo estas alentando a que cometa un delito. Menudo abogado o lo que tengas que ser... |
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Mira por donde... http://www.htcmania.com/showthread.php?t=560359
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Re: Flipando con Google!! LoL inside
No creo que le pase nada aunque yo dejaria puesta la tarjeta, a pesar de que los comercios se pueden guardar los datos para errores de este tipo, en cualquier momento podria venirte el cobro.
Eso si, creo que te has equivocado anunciando tu intencion en un foro publico, ya se que como buen español es muy dificil no hacerlo pero es preferible que estos temas se queden en la intimidad de cada uno. Última edición por OhDaesu Día 26/02/13 a las 18:31:08. |
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#58
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En ese caso, le han cobrado 2 veces el producto (solo 1 pq no tenia fondos para el segundo cobro), pero no le envían el teléfono, si ÉL Y no Google, no se pone en contacto se queda sin teléfono y sin dinero, eso por un lado, luego otros caso os cuento, cuando google te da una fecha de entrega y no lo cumple, si TU no llamas a google ellos no te indemnizan devolviendote el dinero de los gastos de envíos, con lo cual se quedan con esos 10e si tu no le dices nada...
Así que sigo en mi r, yo no haría nada, si google se les pasa es problema de ellos. |
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#59
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que dicha que no somos socios de negocios...
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Estás aquí
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