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  #1  
Viejo 27/05/16, 12:27:17
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El Mencey El Mencey no está en línea
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Cómo grabar una llamada en tu iPhone sin apps adicionales??

He visto en una web como hacerlo, pero no se como se hace o hay que hacer lago mas, dejo lo que pone la pagina a ver si alguien sabe como se hace.

Grabar llamadas de teléfono está feo. ¡Eso es caca!, nos diría nuestra madre si tuviésemos dos años. Además, es ilegal salvo que tengas la autorización expresa de la persona que se encuentra al otro lado. Pero seamos sinceros, si no fuera por muchas de estas grabaciones, ¿de cuántas cosas no nos habríamos enterado en este país? En cualquier caso, he aquí el truco para grabar una conversación desde tu iPhone sin jailbreak y sin tener que utilizar aplicaciones adicionales. Tuya es la responsabilidad.

Para poder grabar llamadas de voz son necesarios dos requisitos previos:

Un iPhone con iOS 9 o posterior, ya que las versiones anteriores no permiten exportar los archivos de audio que se requieren para que este truco funciones.
Que tu operador te permita utilizar la función Voicemail del iPhone.
Para grabar una llamada desde tu iPhone, llama al contacto en cuestión seleccionándolo de tu agenda o marcando su número de teléfono. Tan pronto como se haya establecido la llamada, selecciona “Agregar llamada” en la pantalla.





- Solo Movistar ofrece visual voicemail

Última edición por El Mencey Día 27/05/16 a las 12:47:46.
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  #2  
Viejo 27/05/16, 12:49:11
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Grabar una llamada en la que TU eres participante, es decir tu eres uno de los que está en esa llamada NO es ilegal.

El Tribunal Constitucional lo deja bien claro en su sentencia de 29 de noviembre de 1984, STC 11/1984, cuando establece, entre otras consideraciones que:

"Quien graba una conversación de otros atenta, independientemente de toda otra consideración, al derecho reconocido en el art. 18.3 CE; por el contrario, quien graba una conversación con otro no incurre, por este solo hecho, en conducta contraria al precepto constitucional citado."



....pero sino eres parte de esa llamada, ay¡¡¡¡ es cuando estás no fuera de juego, lo siguiente
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Los siguientes 2 usuarios han agradecido a su comentario:
  #3  
Viejo 27/05/16, 13:36:19
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El Mencey El Mencey no está en línea
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Pues eso no lo sabia, tenia entendido que no, así que si yo participo si se puede, por ejemplo si me hacen una oferta en móviles o algo así puedo tener la llamada grabada para que luego no me digan que no era eso lo que me ofrecieron.
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  #4  
Viejo 27/05/16, 13:43:13
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Afirmativo. Puedes grabarla sin problemas. Siempre que uno sea parte de esa conversación.
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Gracias de parte de:
  #5  
Viejo 28/05/16, 03:01:55
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JacksSsS JacksSsS no está en línea
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Cómo grabar una llamada en tu iPhone sin apps adicionales??

 Cita: Originalmente Escrito por Condestable Ver Mensaje
Afirmativo. Puedes grabarla sin problemas. Siempre que uno sea parte de esa conversación.


aunque tú seas participante la otra persona debe prestar su consentimiento es decir, debe de estar informado de que se le está grabando, sino da su consentimiento es vulnerar la privacidad aunque tú participes (si quieres luego hacer uso de la grabacion)

Las llamadas comerciales son otros temas aunque ellos también te avisan de que la llamada será grabada, si tú renuncias a esa grabación, la llamada no será grabada pero tú estás informado

las llamadas (o imágenes) grabadas por particulares no se suelen incorporar a sumarios como prueba excepto si estas son llamadas pinchadas con orden judiciali o ambas partes asumen la grabación y que ésta se puede difundir a usar como prueba

En conclusión Y para no extenderme, como dice el compañero llamada entre particulares donde participas es legal grabarlas pero no puedes hacer uso de ella ni comercial ni publicar esta información, si grabas a terceras personas es ilegal del todo.

Para la primera opción que es grabarla de forma particular recomiendo leeros El artículo 2 de la ley orgánica de protección de datos vamos la LOPD

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Última edición por JacksSsS Día 28/05/16 a las 03:25:40.
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  #6  
Viejo 28/05/16, 10:14:32
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 Cita: Originalmente Escrito por JacksSsS Ver Mensaje
aunque tú seas participante la otra persona debe prestar su consentimiento es decir, debe de estar informado de que se le está grabando, sino da su consentimiento es vulnerar la privacidad aunque tú participes (si quieres luego hacer uso de la grabacion)

Las llamadas comerciales son otros temas aunque ellos también te avisan de que la llamada será grabada, si tú renuncias a esa grabación, la llamada no será grabada pero tú estás informado

las llamadas (o imágenes) grabadas por particulares no se suelen incorporar a sumarios como prueba excepto si estas son llamadas pinchadas con orden judiciali o ambas partes asumen la grabación y que ésta se puede difundir a usar como prueba

En conclusión Y para no extenderme, como dice el compañero llamada entre particulares donde participas es legal grabarlas pero no puedes hacer uso de ella ni comercial ni publicar esta información, si grabas a terceras personas es ilegal del todo.

Para la primera opción que es grabarla de forma particular recomiendo leeros El artículo 2 de la ley orgánica de protección de datos vamos la LOPD

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No, no es ilegal, otra sentencia más, aunque con la del CE debe ser suficiente

"Sin embargo el Auto de la AP Madrid de 28 abril 2004, recupera la doctrina constitucional (STS 7-II-1992, 883/1994, 178/1996, 914/1996, 702/1997 y 286/1998) para desestimar un recurso contra el sobreseimiento de una querella por infracción del artículo 197 del CP con la base de que:"

"[...] la grabación de una conversación que tiene lugar entre dos personas y que uno de los intervinientes desea conservar para tener constancia fidedigna de lo tratado entre ambos, no supone una invasión de la intimidad o espacio reservado de la persona ya que el que resulta grabado ha accedido voluntariamente a tener ese contacto y es tributario y responsable de las expresiones utilizadas y del contenido de la conservación, que bien se puede grabar magnetofónicamente o dejar constancia de su contenido por cualquier otro método escrito. Cuando una persona emite voluntariamente sus opiniones o secretos a un contertulio sabe de antemano que se despoja de sus intimidades y se las trasmite, más o menos confiadamente, a los que les escuchan, los cuales podrán usar su contenido sin incurrir en ningún reproche jurídico."



Y ya el Tribunal Supremo, fallando en el mismo sentido, zanjando la cuestión, por si hay dudas

Así, las dudas sobre la legalidad o no de las mismas han ido llegando a los Juzgados y, con el objeto de zarjar la cuestión, el Tribunal Supremo, en su Sentencia de 7 de febrero de 2014, realizó un exhaustivo resumen jurisprudencial, diferenciando los supuestos de grabación de las conversaciones propias o “con otros”, de la grabación de las conversaciones “de otros” y concluyendo que la grabación de una conversación “con otros” (conversación en la que se interviene, pero cuya grabación no cuenta con el consentimiento de la otra parte) NO constituye una infracción del derecho al secreto de las comunicaciones.

Cuestión distinta sería que una persona grabase una conversación ajena (conversación “de otros”). En este caso sí se estaría conculcando el derecho al secreto de las comunicaciones reconocido en el artículo 18.3 de la Constitución Española.



La jurisprudencia está claro, y salvo que mucho haya cambiado en ese sentido las cosas desde que termine la licenciatura, ese así.
No hay problema en grabar una conversación en que TÚ eres parte de esa conversación.

Última edición por Condestable Día 28/05/16 a las 10:19:34.
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  #7  
Viejo 28/05/16, 10:29:03
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Y que pasaría si te roban TU movil y automáticamente registras todas las llamadas y mensajes? Seria legal?


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  #8  
Viejo 28/05/16, 10:30:30
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Cómo grabar una llamada en tu iPhone sin apps adicionales??

Partes de la base de un delito, robo o hurto en base al precio del terminal, y si es con o sin violencia . Robarte el móvil. Imagina el resto
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Gracias de parte de:
  #9  
Viejo 28/05/16, 10:40:12
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 Cita: Originalmente Escrito por Carlosfullstop Ver Mensaje
Y que pasaría si te roban TU movil y automáticamente registras todas las llamadas y mensajes? Seria legal?
Es algo parecido al tema siguiente.
Tu alquilas tu casa, tus inquilinos NO pagan, han incumplido el contrato de alquiler y tu optas por cortar el suministro eléctrico, para forzarles a pagar o a dejar el alquiler. Y resulta que te denuncian ellos, pues llevarán toda la razón ante el tribunal.

Ellos son responsables del incumplimiento del contrato de alquiler, pero no por eso te da derecho a ti a suspender el suministro eléctrico del domicilio.

Para grabar conversaciones donde NO eres parte es necesaria la intervención judicial autorizando esa grabación. La interceptación de comunicaciones es un ilícito penal sino es con la debida autorización judicial.
Incluso teniendo certeza absoluta de que se está cometiendo un delito no se pueden grabar sin esa autorización judicial. Pues imagina si lo haces porque te han "robado" o "hurtado" el teléfono. El o ellos serán responsables de ese "robo" o "hurto", pero tu serás responsables del otro ilícito penal.

Que un tercero "delinca" no te da ningún derecho a ti a delinquir
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  #10  
Viejo 28/05/16, 11:02:15
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Entonces si alguien esta robando y lo grabo no serviría como prueba aunque este robando? en las noticias he visto que comentan estas imágenes fueron captadas por una cámara en x sitio y se ve a los delincuentes etc...., como no va a servir como prueba.

las operadoras si te dicen esta conversación va a ser grabada, pero si a mi me llaman y me ofrecen a partir de hoy va a pagar 1€ por su linea por ejemplo y lo grabo como prueba si luego no cumplen no me sirve como prueba porque no les he advertido que lo grabo aunque participe en la conversación, entonces de poco sirve lo de grabar como no sea para recordar algo.
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  #11  
Viejo 28/05/16, 11:24:53
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Cómo grabar una llamada en tu iPhone sin apps adicionales??

Es que algunas leyes de este nuestro país son ridículas. Si un inqulino no paga el alquiler y encima tu tienes que pagarle la luz y el agua y si se lo cortas te denuncia, es bastante descompensado para el dueño.
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  #12  
Viejo 28/05/16, 11:35:04
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 Cita: Originalmente Escrito por Condestable Ver Mensaje
No, no es ilegal, otra sentencia más, aunque con la del CE debe ser suficiente

"Sin embargo el Auto de la AP Madrid de 28 abril 2004, recupera la doctrina constitucional (STS 7-II-1992, 883/1994, 178/1996, 914/1996, 702/1997 y 286/1998) para desestimar un recurso contra el sobreseimiento de una querella por infracción del artículo 197 del CP con la base de que:"

"[...] la grabación de una conversación que tiene lugar entre dos personas y que uno de los intervinientes desea conservar para tener constancia fidedigna de lo tratado entre ambos, no supone una invasión de la intimidad o espacio reservado de la persona ya que el que resulta grabado ha accedido voluntariamente a tener ese contacto y es tributario y responsable de las expresiones utilizadas y del contenido de la conservación, que bien se puede grabar magnetofónicamente o dejar constancia de su contenido por cualquier otro método escrito. Cuando una persona emite voluntariamente sus opiniones o secretos a un contertulio sabe de antemano que se despoja de sus intimidades y se las trasmite, más o menos confiadamente, a los que les escuchan, los cuales podrán usar su contenido sin incurrir en ningún reproche jurídico."



Y ya el Tribunal Supremo, fallando en el mismo sentido, zanjando la cuestión, por si hay dudas

Así, las dudas sobre la legalidad o no de las mismas han ido llegando a los Juzgados y, con el objeto de zarjar la cuestión, el Tribunal Supremo, en su Sentencia de 7 de febrero de 2014, realizó un exhaustivo resumen jurisprudencial, diferenciando los supuestos de grabación de las conversaciones propias o “con otros”, de la grabación de las conversaciones “de otros” y concluyendo que la grabación de una conversación “con otros” (conversación en la que se interviene, pero cuya grabación no cuenta con el consentimiento de la otra parte) NO constituye una infracción del derecho al secreto de las comunicaciones.

Cuestión distinta sería que una persona grabase una conversación ajena (conversación “de otros”). En este caso sí se estaría conculcando el derecho al secreto de las comunicaciones reconocido en el artículo 18.3 de la Constitución Española.



La jurisprudencia está claro, y salvo que mucho haya cambiado en ese sentido las cosas desde que termine la licenciatura, ese así.
No hay problema en grabar una conversación en que TÚ eres parte de esa conversación.

Si estoy diciendo lo mismo que tu amigo, no es ilegal grabar llamadas en las que tú participes.

Lo que es ilegal es la difusión de la misma. Yo puedo grabar una conversación en la que tú y yo participamos, y no te aviso de ello. Eso es legal pero yo no puedo difundir esa grabación y utilizarla como prueba ya que la grabación parte de que no tienes un consentimiento informado de la otra persona y vulneras la ley de protección de datos que está por encima.

Ya te digo yo que he participado en algún caso de prácticas como el siguiente.

Una chica había denunciado al supuesto novio por acoso a través de WhatsApp. Bien pues se le ocurrió la feliz idea de coger esas conversaciones, hacer una captura de pantalla y colgarlas en Facebook.

Pues bien el acosador se lleva una orden de alejamiento pero el abogado del chico puso otra demanda por atentado a su honorabilidad, y privacidad pues bien la pava también se llevó su multa correspondiente por este tema.

La ley de protección de datos es la que ahora se encarga de regular las comunicaciones sean imágenes o sonidos. La ley de 1984 la que haces referencia está actualizada por la ley de protección de datos ya que la ley que mencionabas antes es antigua y no recogen comunicaciones como correos electrónicos, redes sociales y smarphones.

De hecho un caso muy reciente es el de la concejala socialista está la tal olvido Hormigos que envió un vídeo erótico privado a un señor y éste lo propago por ahí aunque es privado y el participada no puedes difundirlo.

No sé si ahora me explicado mejor Y para todo lo demás el artículo dos de la ley de protección de datos, hazme caso que yo de esto entiendo

Desde que la ley de protección datos está vigente la cosa ha cambiado



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  #13  
Viejo 28/05/16, 11:50:52
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 Cita: Originalmente Escrito por JacksSsS Ver Mensaje
Si estoy diciendo lo mismo que tu amigo, no es ilegal grabar llamadas en las que tú participes.

Lo que es ilegal es la difusión de la misma. Yo puedo grabar una conversación en la que tú y yo participamos, y no te aviso de ello. Eso es legal pero yo no puedo difundir esa grabación y utilizarla como prueba ya que la grabación parte de que no tienes un consentimiento informado de la otra persona y vulneras la ley de protección de datos que está por encima.
En un tribunal de justicia, como prueba si es admitida , la parte contraria la intentará impugnar, pero no lo conseguirá. El Tribunal Supremo en eso ya creó jurisprudencia en su momento. Y es de obligado cumplimiento como toda su jurisprudencia

http://www.mundojuridico.info/grabac...dio-de-prueba


Lo que NO puedo hacer es darle publicidad fuera de ese proceso judicial. Colgar aquí mismo el audio por ejemplo ni mucho menos lucrarme con ella, sin el consentimiento explícito de la otra parte.
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  #14  
Viejo 28/05/16, 11:58:30
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 Cita: Originalmente Escrito por Condestable Ver Mensaje
En un tribunal de justicia, como prueba si es admitida , la parte contraria la intentará impugnar, pero no lo conseguirá. El Tribunal Supremo en eso ya creó jurisprudencia en su momento. Y es de obligado cumplimiento como toda su jurisprudencia

http://www.mundojuridico.info/grabac...dio-de-prueba


Lo que NO puedo hacer es darle publicidad fuera de ese proceso judicial. Colgar aquí mismo el audio por ejemplo ni mucho menos lucrarme con ella, sin el consentimiento explícito de la otra parte.


Pero vamos a ver me da la sensación de que no me lees o no te enteras cómo le explico ja ja ja.

Vuelves a decir lo mismo que yo. Aunque tú participes en la conversación no puedes difundirla o como tú has dicho darle publicidad o lo que es lo mismo hacerla pública hacerla pública es colgarlo en el foro o como explicado en el caso real que yo he visto, colgarlo en Internet sean fotos o imágenes. De hecho hacerla pública es enviársela a un tercero no necesariamente colgarlo en Internet.

Mira la verdad es que no voy a discutir para algo en lo que básicamente estamos diciendo lo mismo, que yo he estudiado y que además he hecho prácticas de lo mismo. Creo que ya quedado lo suficientemente claro que es y que no es legal, y por muchas cosas que cuelgues en Internet la conclusión es la misma que decimos tuyo es decir si es que estamos de acuerdo.

Y como digo para más información la ley de protección de datos


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  #15  
Viejo 28/05/16, 12:03:40
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Si, a lo único que hago referencia es que SI es admisible como prueba en un proceso judicial. Nada más , yo también lo estudié en su momento cuando me licencié

Saludos compi
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  #16  
Viejo 28/05/16, 12:05:06
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 Cita: Originalmente Escrito por Condestable Ver Mensaje
Si, a lo único que hago referencia es que SI es admisible como prueba en un proceso judicial. Nada más , yo también lo estudié en su momento cuando me licencié

Saludos compi


Si hombre, a eso me refiero que estamos haciendo el diálogo de besugos diciendo más o menos lo mismo jaja

Sobre lo de admitir a trámite o no una grabación y que haya jurisprudencia entiendo que depende de la gravedad del asunto en cuestión


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