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Empezaron obligándonos a ponernos el cinturón, ahora esto, ¿que será lo próximo? ¿que no podamos llevar el brazo sacado por la ventanilla? que indignasió!!!!!!! Libertad!!!!!
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La botonera para mi es imprescindible para el climatizador, es algo que palpas sin tener que apartar la vista y te acabas aprendiendo su ubicación, usar una pantalla es obligarte a mirar otro punto que no es la carretera. Por ejemplo, yo los botones de la radio ni los uso, con los mandos en el volante estoy encantado y no entiendo cómo hay marcas que aún no los traen cuando ya no es comodidad, sino seguridad.
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Si haces trato conmigo no te olvides de valorarme, así el comprador que venga detrás tuya tendrá alguna referencia
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#43
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Osea no se puede tener cerca del volante el móvil. PERO SÍ TENER EN LA MANO UN PALO CON FUEGO? QUE POR CIERTO SE LLEVA CONTINUAMENTE A LA BOCA Y HAY QUE BUSCAR UN SITIO CONSTANTEMENTE PARA PONER LA CENIZA?
Pues tiene mucho sentido oiga. Por cierto no se puede beber ni comer al volante tampoco pero llevar fuego en los dedos sí. Paìs de intereses y bastante hipócrita en los que legislan El tabaco cada vez me da más asco y la permisividad que hay con él me supera... |
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Esta es una medida tan absurda que no creo llegue a ser aprobada. Como ya habéis comentado, que se considera cerca? no puedo utilizar el teléfono como gps?.
Lo dicho, no creo que esté ni siquiera contemplada. Última edición por julian.j Día 19/05/21 a las 09:01:35. |
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Totalmente de acuerdo. Es acojonante que se pongan con pijadas como esta y PERMITAN FUMAR mientras se conduce, que es un acto más peligroso que llevar un móvil apagado a 30cm del volante.
El tabaco cada vez me da más asco y la permisividad que hay con él me supera... |
Gracias de parte de: | ||
#46
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#48
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Totalmente de acuerdo. Es acojonante que se pongan con pijadas como esta y PERMITAN FUMAR mientras se conduce, que es un acto más peligroso que llevar un móvil apagado a 30cm del volante.
El tabaco cada vez me da más asco y la permisividad que hay con él me supera... Como han pagado impuestos especiales, pues tienen su bula. |
#49
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dentro de poco te multarán por conducir directamente.
Esta gente quiere que volvamos al medievo. |
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Cierto, no lo explique con la suficiente claridad. El hecho de prohibir fumar, comer o beber no esta recogido en ningún articulo de la ley de seguridad vial, pero si que se recoge que el conductor debe ser dueño en todo momento de la situación de su vehículo, y se entiende que cualquiera de estas acciones pueden ocasionar una distracción en el conductor, por lo que cualquier agente de trafico puede sancionarte si te ve haciendo cualquiera de estas acciones. Por eso puse lo de que estaba prohibido fumar |
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#51
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Soy de los que piensan que usar el móvil miéntras se conduce debería estar incluso más penado...
Pero tener que llevarlo en el maletero para que no te multen es pasarse un poco |
Gracias de parte de: | ||
#52
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Actualización: en una versión anterior de este artículo afirmábamos que las sanciones relacionadas con el móvil se ampliaban más allá de tener el teléfono en la mano; como mantenerlo en el salpicadero, en lugares no adecuados o a la vista. Tras ponernos en contacto con la DGT nos han aclarado que no es cierto: el objetivo de la reforma no cambia, sólo se persigue el sostener el móvil en las manos mientras se conduce. Esté o no bloqueada la pantalla. Y siempre que se apruebe la reforma de la Ley de Tráfico, actualmente en trámite.
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#53
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de todo esto estaría de acuerdo en que pusieran una serie de sujeciones homologadas y haya 1, 2 ó 4 modelos según la necesidad.. para todo lo demás... es ir hacia atrás.. pero claro, también habrá detrás de esto muchas marcas de GPS "de los de siempre" que están bajando su número de ventas... y eso no puede ser!! Me parecería más que fueran por ahí los tiros... Actualización: en una versión anterior de este artículo afirmábamos que las sanciones relacionadas con el móvil se ampliaban más allá de tener el teléfono en la mano; como mantenerlo en el salpicadero, en lugares no adecuados o a la vista. Tras ponernos en contacto con la DGT nos han aclarado que no es cierto: el objetivo de la reforma no cambia, sólo se persigue el sostener el móvil en las manos mientras se conduce. Esté o no bloqueada la pantalla. Y siempre que se apruebe la reforma de la Ley de Tráfico, actualmente en trámite.
Última edición por erjuanjo Día 19/05/21 a las 12:18:00. |
Gracias de parte de: | ||
#54
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Incorrecto a medias, léete el artículo, SI te pueden multar por fumar, diga lo que diga la legislación. Y claro que no pueden prohibirte fumar, beber, etc... porqué se considera el interior de tu vehículo como zona privada y para ello necesitarían una orden judicial. Saludos, compañero.
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Samsung GALAXY A54 y Garmin VENU 3
Última edición por SAMURAI1973 Día 19/05/21 a las 13:07:30. |
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Última edición por SAMURAI1973 Día 19/05/21 a las 13:15:08. |
Gracias de parte de: | ||
#56
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Buenos días.
Incorrecto a medias, léete el artículo, SI te pueden multar por fumar, diga lo que diga la legislación. Y claro que no pueden prohibirte fumar, beber, etc... porqué se considera el interior de tu vehículo como zona privada y para ello necesitarían una orden judicial. Saludos, compañero. |
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Pues me temo que el que tiene que releer el artículo eres tú... Si te ven fumando te pueden multar o no, porque no está penado el acto en sí, como sí lo está el hablar con el teléfono en la mano de manera específica. Si te multan fumando es porque el GC de tráfico concreto que te ve considera que ese acto te puede distraer. Pero si te ve otro, puede considerar lo contrario. Yo desde luego no conozco a nadie que le hayan multado por fumar y sí a muchos por el tlf.
me da que quién se debería leer lo escrito no soy precisamente yo. Sólo es una percepción. Saludos, compañero.
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Última edición por SAMURAI1973 Día 19/05/21 a las 16:17:22. |
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Pues yo insisto a que seas tú quién lo relea, porqué si bien es cierto que no hay NINGÚN artículo que lo prohíba EXPRESAMENTE, deja a criterio del agente el poderte MULTAR, si cree que hay motivo para ello. ¿Ya lo entiendes?. Saludos, compañero.
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Buenas tardes.
Pues yo insisto a que seas tú quién lo relea, porqué si bien es cierto que no hay NINGÚN artículo que lo prohíba EXPRESAMENTE, deja a criterio del agente el poderte MULTAR, si cree que hay motivo para ello. ¿Ya lo entiendes?. Saludos, compañero. Artículos 17 y 18 del reglamento de seguridad vial: El art. 17 del regamento general decirculación dice: “Los conductores deberán estar en todo momento en condiciones de controlar sus vehículos o animales. Al aproximarse a otros usuarios de la vía, deberán adoptar las precauciones necesarias para su seguridad, especialmente cuando se trate de niños, ancianos, invidentes u otras personas manifiestamente impedidas” (artículo 11.1 del texto articulado). El art. 18: “El conductor de un vehículo está obligado a mantener su propia libertad de movimientos, el campo necesario de visión y la atención permanente a la conducción, que garanticen su propia seguridad, la del resto de los ocupantes del vehículo y la de los demás usuarios de la vía. A estos efectos, deberá cuidar especialmente de mantener la posición adecuada y que la mantengan el resto de los pasajeros, y la adecuada colocación de los objetos o animales transportados para que no haya interferencia entre el conductor y cualquiera de ellos (artículo 11.2 del texto articulado). Este es el artículo comodín para multar por fumar, comer, conducir descalzo, con un abrigo demasiado voluminoso…etc. |
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