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| Discusión general sobre smartphones y tecnología Charla sobre smartphones y tecnología en general |
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#21
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Sí no tienes un justificante que afirme que lo que dices es cierto, la enfermedad de alguien y su incapacidad, es lógico y normal que no te den la baja por mucho que lo pidas tu.
Por esa regla de tres puedo llamar yo y decir que quiero dar de baja tu línea que estás pirado y no puedes gestionarlo Son cuestiones legales por mucho que no se entienda. Después hay usurpaciones de identidad y líos. Que seguramente seas un tio legal , de puta madre, cojonudo y estupendo, pero no te conocen y puedes ser todo lo contrario: un sinvergüenza, delincuente o un ladrón. ![]() Cualquiera no tiene todos esos datos. Es más, envíe mi DNI para corroborar que soy su hijo y vivía con el en la misma dirección. Lo dicho. Si es fácil dar de alta una línea, que sea igual de sencillo darla de baja. |
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#22
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Como dar de baja linea persona anciana con alzehimer
Lo mas fácil seria hacer una portabilidad (poniendo los datos de la titular) a una línea de prepago (simyo,lebara…etc) y luego dejarla de recargar
Última edición por Zl.b1993 Día 24/07/23 a las 11:14:56. |
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#23
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#24
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Os voy a contar mi experiencia con compañía de luz: mi madre tenía servicios de mantenimiento opcionales, y estaba ya muy mal la pobre en sus últimos meses. No me dejaban dar de baja nada por teléfono, la opción era que fuera a una tienda, cuando le decía que ni tenía movilidad ni estaba bien mentalmente. A renglón seguido de decirme eso por teléfono, me dijeron que yo como hijo podía dar de alta algún servicio: es decir, podía dar de alta en nombre de ella, pero no baja.
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#25
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Os voy a contar mi experiencia con compañía de luz: mi madre tenía servicios de mantenimiento opcionales, y estaba ya muy mal la pobre en sus últimos meses. No me dejaban dar de baja nada por teléfono, la opción era que fuera a una tienda, cuando le decía que ni tenía movilidad ni estaba bien mentalmente. A renglón seguido de decirme eso por teléfono, me dijeron que yo como hijo podía dar de alta algún servicio: es decir, podía dar de alta en nombre de ella, pero no baja.
![]() El problema surge que no denunciamos este tipo de prácticas -para qué me voy a meter en líos o voy a perde mi tiempo- y las compañías y/o vendedores se aprovechan de estas cosas. Que no es por disculpar a las compañías, esto lo tienen que vigilar, pero también hay que decir que éstas en ocasiones no son conscientes de la mala praxis de sus "empleados". Y entrecomillo empleados porque al subcontratar los servicios entramos en un oscuro mundo de kpi's, comisiones, competencias desleales y demás mierda que no me extraña que cada vez sea más difícil resolver algo por teléfono. |
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#26
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Según normativa eso no es posible. No digo que no lo ofrecieran, si no que hay que leer el pliego de condiciones Y SOLAMENTE EL TITULAR, puede aceptarlas.
El problema surge que no denunciamos este tipo de prácticas -para qué me voy a meter en líos o voy a perde mi tiempo- y las compañías y/o vendedores se aprovechan de estas cosas. Que no es por disculpar a las compañías, esto lo tienen que vigilar, pero también hay que decir que éstas en ocasiones no son conscientes de la mala praxis de sus "empleados". Y entrecomillo empleados porque al subcontratar los servicios entramos en un oscuro mundo de kpi's, comisiones, competencias desleales y demás mierda que no me extraña que cada vez sea más difícil resolver algo por teléfono. ![]() La de vueltas que di fueron una odisea. De hecho, lo he dado de baja tras su fallecimiento, ahora sí que he podido (ya no podían alegar que debía ser la titular la que fuera a una oficina) |
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#27
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Yo tenía poderes notariales. Pero ni por esas me permitían dar de baja por teléfono pero sí contratar. Lo que más me indignó es que siempre permitan contratar fácilmente, pero las bajas son un quebradero.
La de vueltas que di fueron una odisea. De hecho, lo he dado de baja tras su fallecimiento, ahora sí que he podido (ya no podían alegar que debía ser la titular la que fuera a una oficina) ![]() Cuidado porque los servicios telefónicos de "bajas" de las compañías, no son normalmente más que departamentos de retención. Es decir, lugares donde va a para un cliente y al que se le intenta fidelizar, retene, ofreciendo algo NO conseguible fuera de este canal. Existe una normativa que dependiendo el trámite a realizar la documentación tiene que ser firmada en papel. Y aquí dependerá cada compañía si admite fírmala, escanearla y enviarla o solamente debe ser presencial. Como información solamente. |
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#28
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Cuando murió mi madre en la tienda movistar me dijo la empleada que me hiciera pasar por ella y lo diera de baja yo, que ella hizo lo mismo con su madre porque le ponian muchas pegas. Lo hice así y sin problemas. Es triste que sea más fácil mentir que hacerlo legal
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#30
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Yo también creo que aunque no es lo mejor, deberías pasarte por el. Porque ya la otra manera es una vez que haya fallecido por el certificado de defunción. Pero mientras esté con ustedes lo mejor es hacerlo así ya que no te dejan otra opción.
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