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Si, por favor sería muy bueno tener un modelo de la solicitud que se hizo.
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![]() CrisleoPrada seria de gran ayuda que hicieras publica todo el mensaje de tu solicitud para tenerlo como modelo, solo tapa o pon *** en los datos privados, seria de gran ayuda poder ver que enviaste para saber si se nos ha pasado informar algo o si la CRC ya esta mas ""blanda"" en el caso fccid
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#303
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Pudiste homologar tu xiaomi Mi4c?
Buen Dia
Amigos de HTCMANIA, resulta que necesito saber como encontrar el numero FCC ID de mi Xioami Mi4C pero no lo encuentro por ningún lado, según dicen que esta dentro del dispositivo o en la caja pero no he logrado conseguir este numero, si me pudieran ayudar para encontrarlo con algún software estaría muy agradecido ![]() Muchas Gracias ![]() Hola! Acabo de leer que tienes (o tenias) un Mi4c. Hace poco me compre uno pero no me lo quieren homologar porque no cuenta con el número FCC ID. Quisiera saber si tu pudiste hacerlo y los pasos que seguiste para esto. Muchas Gracias ![]() |
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Pudiste Homologar tu celular?
@sard3
Hola! Acabo de leer que tienes (o tenias) un Mi4c. Hace poco me compre uno pero no me lo quieren homologar porque no cuenta con el número FCC ID. Quisiera saber si tu pudiste hacerlo y los pasos que seguiste para esto. Muchas Gracias ![]() |
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Despues de realizar el tramite en Noviembre para el Mi5 con el CMIIT y adjuntado todos los soportes recibi este comunicado hasta el 10 de febrero:
RADICACION DE SALIDA No. 2017527700 Rad. 2016860558 Cod. 4000 Bogotá D.C. REF. Complementación de información para presentar el modelo de su Equipo Terminal Móvil como candidato para ser homologado de oficio por la CRC Respetado(a) señor(a) La Comisión de Regulación de Comunicaciones (CRC) recibió su comunicación remitida por correo electrónico mediante la cual usted presentó su celular como candidato a ser homologado de oficio por la CRC a través del mecanismo simplificado diseñado para personas naturales. Con el fin de incluir el modelo de su equipo en el listado de equipos que próximamente serán homologados de oficio, esta Comisión procedió a verificar los documentos proporcionados a través del correo enviado a la dirección [email protected]. Sin embargo, revisada la información que nos presentó, encontramos que se debe complementar la siguiente información: .. La imagen o foto de pantalla del IMEI que aparece marcando en su teléfono el *#06# no fue enviada, lo cual impide realizar la verificación de este identificador. Recuerde que esta imagen debe ser clara y nítida, de modo que permita visualizar fácilmente esta información. Recuerde que estas imágenes deben ser CLARAS y NÍTIDAS, de modo que permitan visualizar fácilmente los datos, letras y números que aparecen en ellas. Así mismo, es necesario que la información sea enviada, con el fin de poder realizar la revisión correspondiente. Por lo tanto, para incluir el modelo de su teléfono en el listado de equipos que serán homologados por la CRC es necesario que nos suministre la información faltante antes mencionada a través de del formulario de complementación en el siguiente enlace: http://bit.ly/ComplementacionHomologacion Es imprescindible que ingrese el radicado, que es el número consecutivo que aparece en la esquina superior izquierda de esta comunicación (Ej: Rad. 2016XXXXX). Es importante recordar que si pasado un (1) mes luego de recibir la presente comunicación, no se ha complementado dicha documentación, la CRC entenderá que ha desistido de su solicitud en los términos de lo establecido en el artículo 17 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo. Para mayor información de cómo realizar este trámite, puede consultar el siguiente enlace: http://bit.ly/homologatucelu El tema es que el nuevo tramite me arrojo el radicado N° 2017711919 y cuando lo consulto no me arroja información. http://www.pnn.gov.co/CRCinfo/faces/...taOnbase.xhtml Si trato de adjuntar nuevamente el imei me dice que ya hay un radicado sin embargo me queda la duda si la imagen subio correctamente ya que nunca arrojo ningun mensaje cuando lo hice. |
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Sin embargo, revisada la información que nos presentó, encontramos que debe complementar la siguiente información: .. En la imagen de la etiqueta no aparece el código de identificación FCC-ID. ¿Que adjunté? 1. Doble IMEI 2. El código CMIIT ID (Ya hemos hablado que no tenemos el bendito FCC ID) Ver imagen aqui ¿Como lo hicieron ustedes para recibir sólo ese mensaje del IMEI? Última edición por Rholdan Día 02/03/17 a las 23:50:52. |
#307
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@sard3
Hola! Acabo de leer que tienes (o tenias) un Mi4c. Hace poco me compre uno pero no me lo quieren homologar porque no cuenta con el número FCC ID. Quisiera saber si tu pudiste hacerlo y los pasos que seguiste para esto. Muchas Gracias ![]() ![]() |
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Despues de realizar el tramite en Noviembre para el Mi5 con el CMIIT y adjuntado todos los soportes recibi este comunicado hasta el 10 de febrero:
RADICACION DE SALIDA No. 2017527700 Rad. 2016860558 Cod. 4000 Bogotá D.C. REF. Complementación de información para presentar el modelo de su Equipo Terminal Móvil como candidato para ser homologado de oficio por la CRC Respetado(a) señor(a) La Comisión de Regulación de Comunicaciones (CRC) recibió su comunicación remitida por correo electrónico mediante la cual usted presentó su celular como candidato a ser homologado de oficio por la CRC a través del mecanismo simplificado diseñado para personas naturales. Con el fin de incluir el modelo de su equipo en el listado de equipos que próximamente serán homologados de oficio, esta Comisión procedió a verificar los documentos proporcionados a través del correo enviado a la dirección [email protected]. Sin embargo, revisada la información que nos presentó, encontramos que se debe complementar la siguiente información: .. La imagen o foto de pantalla del IMEI que aparece marcando en su teléfono el *#06# no fue enviada, lo cual impide realizar la verificación de este identificador. Recuerde que esta imagen debe ser clara y nítida, de modo que permita visualizar fácilmente esta información. Recuerde que estas imágenes deben ser CLARAS y NÍTIDAS, de modo que permitan visualizar fácilmente los datos, letras y números que aparecen en ellas. Así mismo, es necesario que la información sea enviada, con el fin de poder realizar la revisión correspondiente. Por lo tanto, para incluir el modelo de su teléfono en el listado de equipos que serán homologados por la CRC es necesario que nos suministre la información faltante antes mencionada a través de del formulario de complementación en el siguiente enlace: http://bit.ly/ComplementacionHomologacion Es imprescindible que ingrese el radicado, que es el número consecutivo que aparece en la esquina superior izquierda de esta comunicación (Ej: Rad. 2016XXXXX). Es importante recordar que si pasado un (1) mes luego de recibir la presente comunicación, no se ha complementado dicha documentación, la CRC entenderá que ha desistido de su solicitud en los términos de lo establecido en el artículo 17 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo. Para mayor información de cómo realizar este trámite, puede consultar el siguiente enlace: http://bit.ly/homologatucelu El tema es que el nuevo tramite me arrojo el radicado N° 2017711919 y cuando lo consulto no me arroja información. http://www.pnn.gov.co/CRCinfo/faces/...taOnbase.xhtml Si trato de adjuntar nuevamente el imei me dice que ya hay un radicado sin embargo me queda la duda si la imagen subio correctamente ya que nunca arrojo ningun mensaje cuando lo hice. ![]() |
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Despues de realizar el tramite en Noviembre para el Mi5 con el CMIIT y adjuntado todos los soportes recibi este comunicado hasta el 10 de febrero:
RADICACION DE SALIDA No. 2017527700 Rad. 2016860558 Cod. 4000 Bogotá D.C. REF. Complementación de información para presentar el modelo de su Equipo Terminal Móvil como candidato para ser homologado de oficio por la CRC Respetado(a) señor(a) La Comisión de Regulación de Comunicaciones (CRC) recibió su comunicación remitida por correo electrónico mediante la cual usted presentó su celular como candidato a ser homologado de oficio por la CRC a través del mecanismo simplificado diseñado para personas naturales. Con el fin de incluir el modelo de su equipo en el listado de equipos que próximamente serán homologados de oficio, esta Comisión procedió a verificar los documentos proporcionados a través del correo enviado a la dirección [email protected]. Sin embargo, revisada la información que nos presentó, encontramos que se debe complementar la siguiente información: .. La imagen o foto de pantalla del IMEI que aparece marcando en su teléfono el *#06# no fue enviada, lo cual impide realizar la verificación de este identificador. Recuerde que esta imagen debe ser clara y nítida, de modo que permita visualizar fácilmente esta información. Recuerde que estas imágenes deben ser CLARAS y NÍTIDAS, de modo que permitan visualizar fácilmente los datos, letras y números que aparecen en ellas. Así mismo, es necesario que la información sea enviada, con el fin de poder realizar la revisión correspondiente. Por lo tanto, para incluir el modelo de su teléfono en el listado de equipos que serán homologados por la CRC es necesario que nos suministre la información faltante antes mencionada a través de del formulario de complementación en el siguiente enlace: http://bit.ly/ComplementacionHomologacion Es imprescindible que ingrese el radicado, que es el número consecutivo que aparece en la esquina superior izquierda de esta comunicación (Ej: Rad. 2016XXXXX). Es importante recordar que si pasado un (1) mes luego de recibir la presente comunicación, no se ha complementado dicha documentación, la CRC entenderá que ha desistido de su solicitud en los términos de lo establecido en el artículo 17 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo. Para mayor información de cómo realizar este trámite, puede consultar el siguiente enlace: http://bit.ly/homologatucelu El tema es que el nuevo tramite me arrojo el radicado N° 2017711919 y cuando lo consulto no me arroja información. http://www.pnn.gov.co/CRCinfo/faces/...taOnbase.xhtml Si trato de adjuntar nuevamente el imei me dice que ya hay un radicado sin embargo me queda la duda si la imagen subio correctamente ya que nunca arrojo ningun mensaje cuando lo hice. ![]() Yo recibí lo mismo y complementé la información, debes entrar a http://bit.ly/ComplementacionHomologacion Ahí te pide tu radicado: 2016860558 Y te da la opción de subir más imágenes y enviarlas. |
#310
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Recibí ayer la misma notificación del compañero más arriba, con sorpresa no me solicitaron el fcc-id sino una foto donde estén impresos los imei en físico. Esperemos que ya no estén solicitando el fcc-id y les baste con la china.
Enviado desde mi MI 5 mediante Tapatalk |
#311
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Vuelve a mandar de nuevo las fotos, si esta nuevo en la parte trasera aparece el imei, manda la de la caja donde tambien aparece, seria muy bueno si le pudes quitar la tapa y tomarle foto que ahi aparece el imei, y pues presiona *#06# y tomale foto que es la que mas te piden.
![]() Bogotá D.C. REF. Complementación de información para presentar el modelo de su Equipo Terminal Móvil como candidato para ser homologado de oficio por la CRC Respetado(a) señor(a) La Comisión de Regulación de Comunicaciones (CRC) recibió su comunicación remitida por correo electrónico mediante la cual usted presentó su celular como candidato a ser homologado de oficio por la CRC a través del mecanismo simplificado diseñado para personas naturales. Con el fin de incluir el modelo de su equipo en el listado de equipos que próximamente serán homologados de oficio, esta Comisión procedió a verificar los documentos proporcionados a través del correo enviado a la dirección [email protected]. Sin embargo, revisada la información que nos presentó, no pudimos encontrar la información impresa físicamente del IMEI (el identificador de 15 dígitos que es como la cédula de su teléfono) de su teléfono. Este dato puede encontrarse en: .. En la etiqueta que se encuentra detrás de la batería. Para ello, remueva la tapa posterior de su teléfono. .. En los celulares que no tienen batería desmontable o que vienen totalmente sellados, el IMEI puede encontrarse impreso en la tapa posterior, en el soporte de la SIM Card o en una tirilla o cinta que se extrae de la ranura de la SIM. Es muy importante contar tanto con la información del IMEI tal y como aparece impresa físicamente en su teléfono, como la información del IMEI grabado internamente en el teléfono que aparece al marcar el *#06#. Para hacer las validaciones correspondientes, se requiere tanto la imagen o fotografía del IMEI impreso, como la imagen o foto del IMEI grabado internamente. Recuerde que estas imágenes deben ser CLARAS y NÍTIDAS, de modo que permitan visualizar fácilmente los datos, letras y números que aparecen en ellas. Así mismo, es necesario que la información sea enviada, con el fin de poder realizar la revisión correspondiente. Por lo tanto, para incluir el modelo de su teléfono en el listado de equipos que serán homologados por la CRC es necesario que nos suministre la información faltante antes mencionada a través de del formulario de complementación en el siguiente enlace: http://bit.ly/ComplementacionHomologacion Es imprescindible que ingrese el radicado, que es el número consecutivo que aparece en la esquina superior izquierda de esta comunicación (Ej: Rad. 2016XXXXX). Es importante recordar que si pasado un (1) mes luego de recibir la presente comunicación, no se ha complementado dicha documentación, la CRC entenderá que ha desistido de su solicitud en los términos de lo establecido en el artículo 17 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo. Para mayor información de cómo realizar este trámite, puede consultar el siguiente enlace: http://bit.ly/homologatucelu Finalmente, le solicitamos amablemente se sirvan diligenciar la encuesta haciendo click en este enlace. La información es muy valiosa para la CRC ya que nos permite mejorar la calidad de nuestra atención. NOTA: Este mensaje fue enviado por el sistema de Gestión Documental de la Comisión de Regulación de Comunicaciones . Por favor no intente responder a este mensaje, dado que este buzón de correo no es revisado por ningún funcionario de esta Entidad. En caso de requerir información adicional, por favor acceda al siguiente formulario. Cordial saludo, MARIANA SARMIENTO Coordinadora de Relacionamiento con Agentes Comisión de Regulación de Comunicaciones Calle 59A Bis # 5-53 Piso 9 Edificio Link Siete Sesenta Teléfono: 3198300/ Fax: 3198301 Página web: http://www.crcom.gov.co Email: [email protected] |
#312
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Que bueno seria que alguien con el mi5 pudiera quitar la tapa con una chupa y tomara foto del imei impreso en el, seria un gran paso para la homologacion de este gran terminal.
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#313
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buen dia, dos amigos compraron el redmi note 3 prime (3 gb de ram 32 gb de rom) version internacional con todas las bvandas 4G para colombia, la version q vendio el exito o circuit solo trae 4G para claro, ñla cosa es q llegaron al tiempo y en 2 dias a mi amigo q es de movistar le llego el mensaje de que debe homologar al terminal o lo bloquean en 90 dias, asi q tiene el problema de no contar con el fcc, pero a mi otro amigo q es de claro no le ha llegaedo nada es mas la esposa tiene el redmi note 3 q vedian en el exito y sopresa ese tampoco tiene fcc y lo tiene hace mas de 6 meses nunca le llego mensaje de homologacion y hasta el momento no lo han bloqueado, la pregunta es a alguien de movistar le han bloqueado el terminal por no contar con el fcc para la homologacion? o alguien ha logrado hace rla homologacion de algun terminal con CMIIT? segun los de circuit ellos estanb en el proceso de homologacion del redmi note 3 prime 2015112 q no tiene FCC
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#314
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Gracias por la recomendación. Precisamente ayer recibi un nuevo comunicado pidiendo las fotos del imei que ya habia enviado. Espero que sea buena señal que no hayan descartado de entrada la solicitud de homologación. El mi5 es sellado asi que enviare los stickers de la caja y el que venia pegado a la tapa trasera pero esta vez con una mejor resolucion. Les estare contando como me va.
Bogotá D.C. REF. Complementación de información para presentar el modelo de su Equipo Terminal Móvil como candidato para ser homologado de oficio por la CRC Respetado(a) señor(a) La Comisión de Regulación de Comunicaciones (CRC) recibió su comunicación remitida por correo electrónico mediante la cual usted presentó su celular como candidato a ser homologado de oficio por la CRC a través del mecanismo simplificado diseñado para personas naturales. Con el fin de incluir el modelo de su equipo en el listado de equipos que próximamente serán homologados de oficio, esta Comisión procedió a verificar los documentos proporcionados a través del correo enviado a la dirección [email protected]. Sin embargo, revisada la información que nos presentó, no pudimos encontrar la información impresa físicamente del IMEI (el identificador de 15 dígitos que es como la cédula de su teléfono) de su teléfono. Este dato puede encontrarse en: ..En la etiqueta que se encuentra detrás de la batería. Para ello, remueva la tapa posterior de su teléfono. ..En los celulares que no tienen batería desmontable o que vienen totalmente sellados, el IMEI puede encontrarse impreso en la tapa posterior, en el soporte de la SIM Card o en una tirilla o cinta que se extrae de la ranura de la SIM. Es muy importante contar tanto con la información del IMEI tal y como aparece impresa físicamente en su teléfono, como la información del IMEI grabado internamente en el teléfono que aparece al marcar el *#06#. Para hacer las validaciones correspondientes, se requiere tanto la imagen o fotografía del IMEI impreso, como la imagen o foto del IMEI grabado internamente. Recuerde que estas imágenes deben ser CLARAS y NÍTIDAS, de modo que permitan visualizar fácilmente los datos, letras y números que aparecen en ellas. Así mismo, es necesario que la información sea enviada, con el fin de poder realizar la revisión correspondiente. Por lo tanto, para incluir el modelo de su teléfono en el listado de equipos que serán homologados por la CRC es necesario que nos suministre la información faltante antes mencionada a través de del formulario de complementación en el siguiente enlace: http://bit.ly/ComplementacionHomologacion Es imprescindible que ingrese el radicado, que es el número consecutivo que aparece en la esquina superior izquierda de esta comunicación (Ej: Rad. 2016XXXXX). Es importante recordar que si pasado un (1) mes luego de recibir la presente comunicación, no se ha complementado dicha documentación, la CRC entenderá que ha desistido de su solicitud en los términos de lo establecido en el artículo 17 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo. Para mayor información de cómo realizar este trámite, puede consultar el siguiente enlace: http://bit.ly/homologatucelu Finalmente, le solicitamos amablemente se sirvan diligenciar la encuesta haciendo click en este enlace. La información es muy valiosa para la CRC ya que nos permite mejorar la calidad de nuestra atención. NOTA: Este mensaje fue enviado por el sistema de Gestión Documental de la Comisión de Regulación de Comunicaciones . Por favor no intente responder a este mensaje, dado que este buzón de correo no es revisado por ningún funcionario de esta Entidad. En caso de requerir información adicional, por favor acceda al siguiente formulario. Cordial saludo, MARIANA SARMIENTO Coordinadora de Relacionamiento con Agentes Comisión de Regulación de Comunicaciones Calle 59A Bis # 5-53 Piso 9 Edificio Link Siete Sesenta Teléfono: 3198300/ Fax: 3198301 Página web: http://www.crcom.gov.co Email: [email protected] ![]() Enviado desde mi MI 5 mediante Tapatalk |
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PREGUNTÉ CONCRETAMENTE TENGO UN EQUIPO SIN CERTIFICACIÓN FCC, ¿PUEDO REALIZAR EL PROCESO DE HOMOLOGACIÓN? Y ESTA FUE LA RESPUESTA:
RADICACION DE SALIDA No. 2017XXXXX Rad. 2016XXXX Cod. 4000 Bogotá D.C. Señor: USUARIO REF. Consulta sobre el estado del trámite de presentación de un equipo terminal como candidato para homologación por oficio que no posee un código FCC ID. Estimado Usuario, La Comisión de Regulación de Comunicaciones (CRC) recibió su comunicación con radicado 2016860586 en la cual nos solicita información sobre el trámite de presentación de un equipo terminal móvil como candidato a homologación por oficio por la CRC, el cual no posee un código FCC ID y/o solo posee un código CCC. Inicialmente le reiteramos que desde el año 2011 esta Entidad ha adoptado medidas con el fin de reducir el hurto de equipos terminales móviles en Colombia y prevenir conductas que atenten contra la vida, seguridad e integridad de los ciudadanos, esto como parte de las políticas del Gobierno Nacional. Dentro de las medidas comentadas se encuentra la implementación de las bases de datos positivas y negativas de códigos IMEI como identificadores únicos de los equipos terminales. A través del registro en las bases de datos positivas de los equipos que ingresan, se fabrican o son ensamblados legalmente en el país se busca que todo equipo que se active o se use en las redes móviles corresponda a un equipo con un identificador válido, debidamente homologado y que no esté alterado ni duplicado, esto para evitar que los equipos hurtados que son alterados ingresen nuevamente al mercado. Ahora bien, de acuerdo con el artículo 105 de la Resolución CRC 3066 de 2011, los usuarios de equipos terminales móviles en Colombia están obligados a hacer uso únicamente de terminales homologados en Colombia, razón por la cual hacer uso de un terminal móvil que no se encuentre en el listado de terminales homologados es un incumplimiento a la regulación actual. En línea con lo anterior, mediante la Resolución CRC 3128 de 2011, compilada en el Capítulo 7 del Título II de la Resolución CRC 5050 de 2016, se establecieron las condiciones y reglas de las bases de datos positivas y negativas para la restricción de los equipos reportados como hurtados y/o extraviados. Esta norma establece que los proveedores deben activar ÚNICAMENTE los equipos que se encuentren homologados por la CRC, de acuerdo con el listado de equipos terminales móviles homologados, el cual se encuentra en el siguiente enlace: http://www.siust.gov.co/siic/publico...nal-homologada. En cuanto al trámite de homologación, le informamos que las condiciones generales de homologación de equipos terminales y certificados de conformidad están contenidas en la Sección I del Capítulo I del Título VII de la Resolución CRC 5050 de 2016, la cual compila las modificaciones realizadas por las Resoluciones CRC 4507 de 2014, 5031 de 2016 y 5068 de 2016. Sin embargo, considerando el uso de equipos no homologados por parte de algunos usuarios, dicha norma dispuso una fase de transición en la cual se permitió el registro de equipos no homologados hasta el día 9 de septiembre de 2016, situación de la que se hizo amplia difusión a través de los medios de comunicación. Después de la mencionada fecha, cuando su operador detecte que su equipo no ha sido homologado, debe enviarle un mensaje de texto en el que se indique tal situación y se informe que el equipo será bloqueado si no procede a realizar el trámite de homologación ante la CRC dentro de los siguientes 90 días calendario. Con la finalidad de permitir que todos aquellos usuarios que, pasado el período de transición, quisieran regularizar sus equipos pudieran homologarlos, la CRC dispuso que el trámite de homologación de equipos que estaba destinado principalmente a los fabricantes, comercializadores e importadores de equipos pudiera realizarse de oficio, es decir, por cuenta de la Entidad a petición de un usuario persona natural. Lo anterior, siempre que el usuario aportara un mínimo de información, que es accesible por cualquier usuario común (código IMEI y etiqueta de su propio teléfono), para así proceder a recolectar los demás requisitos documentales que exige la Resolución CRC 5050 de 2016. Es importante resaltar que sin este mínimo de información, no es posible realizar el trámite de homologación, ya que sin ellos la Entidad no puede ubicar, suplir y recolectar la información y documentación exigida por la regulación para que un solicitante convencional pueda dar cumplimiento a los requisitos del trámite. Así las cosas, en cuanto a la solicitud puntual de aceptar el trámite de homologación de un equipo que no cuenta con FCC ID, le informamos que el hecho de que el equipo que se desea homologar en Colombia no cuente con el FCC ID hace que el trámite de homologación de oficio sea inviable de conformidad con las normas establecidas en la Tabla 1 del Artículo 7.1.1.2.7. del Capítulo 1 del Título VII de la Resolución 5050 de 2016. El artículo 7.1.1.2.8 de la misma norma establece que "frente a los certificados que sean emitidos por organismos que no se encuentren en los listados indicados, el solicitante deberá realizar una petición de aceptación a la CRC en forma escrita, siempre y cuando se presenten condiciones equiparables a las indicadas anteriormente, incluyendo la publicación en Internet de los organismos reconocidos por las Autoridades Designadoras de cada país. Frente a la petición, la CRC procederá a evaluar dichas condiciones con el fin de aceptar o rechazar la solicitud." De acuerdo con lo anterior, en caso que el solicitante de homologación de oficio postule equipos que cuentan con códigos de otras autoridades certificadoras, por ejemplo el CCC, no podrá llevarse a cabo el trámite de homologación mediante el mecanismo destinado a personas naturales ya que el citado artículo 7.1.1.2.8 exige que el solicitante asuma la carga probatoria que permita comprobar la equiparabilidad entre los estándares que cumple el certificado expedido por una autoridad diferente a la FCC y los que se miden cuando existe un código FCC ID. Como consecuencia de lo anterior, el trámite de homologación de éstos equipos móviles no puede realizarse de oficio y deberá adelantarse por el mecanismo convencional dispuesto para los comercializadores, importadores o fabricantes, anexando todos los requisitos documentales adicionales que se exigen y que puede consultar en el enlace: https://www.crcom.gov.co/es/pagina/tramites. Es importante que tenga presente que la razón para que la norma se encuentre asociada al código FCC ID radica en que la FCC (US Federal Communications Commission), como autoridad certificadora estadounidense, ha establecido estándares de medición específicos para la mayoría de frecuencias utilizadas en Colombia en la prestación de servicios de comunicaciones, esto teniendo en cuenta que Colombia, al igual que Estados Unidos, hacen parte de la Región 2 que la Unión Internacional de Telecomunicaciones (UIT) determinó a nivel mundial para la asignación y distribución de frecuencias. Así pues, dado que su solicitud no establece la equivalencia entre las mediciones de emisión radioeléctrica realizadas por los diferentes organismos certificadores y la FCC, no puede entenderse aportada la equivalencia entre los dos estándares en la forma y alcance que exige la regulación nacional vigente. En los anteriores términos damos respuesta a su comunicación y quedamos atentos a cualquier aclaración adicional que requiera. Finalmente, le solicitamos amablemente se sirvan diligenciar la encuesta haciendo click en este enlace. La información es muy valiosa para la CRC ya que nos permite mejorar la calidad de nuestra atención. NOTA: Este mensaje fue enviado por el sistema de Gestión Documental de la Comisión de Regulación de Comunicaciones . Por favor no intente responder a este mensaje, dado que este buzón de correo no es revisado por ningún funcionario de esta Entidad. En caso de requerir información adicional, por favor acceda al siguiente formulario. Cordial saludo, MXXXXXXXXXX SXXXXXX Coordinador@ de Relacionamiento con Agentes Comisión de Regulación de Comunicaciones Calle 59A Bis # 5-53 Piso 9 Edificio Link Siete Sesenta Teléfono: 3198300/ Fax: 3198301 Página web: http://www.crcom.gov.co Email: [email protected] |
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PREGUNTÉ CONCRETAMENTE TENGO UN EQUIPO SIN CERTIFICACIÓN FCC, ¿PUEDO REALIZAR EL PROCESO DE HOMOLOGACIÓN? Y ESTA FUE LA RESPUESTA:
RADICACION DE SALIDA No. 2017XXXXX Rad. 2016XXXX Cod. 4000 Bogotá D.C. Señor: USUARIO REF. Consulta sobre el estado del trámite de presentación de un equipo terminal como candidato para homologación por oficio que no posee un código FCC ID. Estimado Usuario, La Comisión de Regulación de Comunicaciones (CRC) recibió su comunicación con radicado 2016860586 en la cual nos solicita información sobre el trámite de presentación de un equipo terminal móvil como candidato a homologación por oficio por la CRC, el cual no posee un código FCC ID y/o solo posee un código CCC. Inicialmente le reiteramos que desde el año 2011 esta Entidad ha adoptado medidas con el fin de reducir el hurto de equipos terminales móviles en Colombia y prevenir conductas que atenten contra la vida, seguridad e integridad de los ciudadanos, esto como parte de las políticas del Gobierno Nacional. Dentro de las medidas comentadas se encuentra la implementación de las bases de datos positivas y negativas de códigos IMEI como identificadores únicos de los equipos terminales. A través del registro en las bases de datos positivas de los equipos que ingresan, se fabrican o son ensamblados legalmente en el país se busca que todo equipo que se active o se use en las redes móviles corresponda a un equipo con un identificador válido, debidamente homologado y que no esté alterado ni duplicado, esto para evitar que los equipos hurtados que son alterados ingresen nuevamente al mercado. Ahora bien, de acuerdo con el artículo 105 de la Resolución CRC 3066 de 2011, los usuarios de equipos terminales móviles en Colombia están obligados a hacer uso únicamente de terminales homologados en Colombia, razón por la cual hacer uso de un terminal móvil que no se encuentre en el listado de terminales homologados es un incumplimiento a la regulación actual. En línea con lo anterior, mediante la Resolución CRC 3128 de 2011, compilada en el Capítulo 7 del Título II de la Resolución CRC 5050 de 2016, se establecieron las condiciones y reglas de las bases de datos positivas y negativas para la restricción de los equipos reportados como hurtados y/o extraviados. Esta norma establece que los proveedores deben activar ÚNICAMENTE los equipos que se encuentren homologados por la CRC, de acuerdo con el listado de equipos terminales móviles homologados, el cual se encuentra en el siguiente enlace: http://www.siust.gov.co/siic/publico...nal-homologada. En cuanto al trámite de homologación, le informamos que las condiciones generales de homologación de equipos terminales y certificados de conformidad están contenidas en la Sección I del Capítulo I del Título VII de la Resolución CRC 5050 de 2016, la cual compila las modificaciones realizadas por las Resoluciones CRC 4507 de 2014, 5031 de 2016 y 5068 de 2016. Sin embargo, considerando el uso de equipos no homologados por parte de algunos usuarios, dicha norma dispuso una fase de transición en la cual se permitió el registro de equipos no homologados hasta el día 9 de septiembre de 2016, situación de la que se hizo amplia difusión a través de los medios de comunicación. Después de la mencionada fecha, cuando su operador detecte que su equipo no ha sido homologado, debe enviarle un mensaje de texto en el que se indique tal situación y se informe que el equipo será bloqueado si no procede a realizar el trámite de homologación ante la CRC dentro de los siguientes 90 días calendario. Con la finalidad de permitir que todos aquellos usuarios que, pasado el período de transición, quisieran regularizar sus equipos pudieran homologarlos, la CRC dispuso que el trámite de homologación de equipos que estaba destinado principalmente a los fabricantes, comercializadores e importadores de equipos pudiera realizarse de oficio, es decir, por cuenta de la Entidad a petición de un usuario persona natural. Lo anterior, siempre que el usuario aportara un mínimo de información, que es accesible por cualquier usuario común (código IMEI y etiqueta de su propio teléfono), para así proceder a recolectar los demás requisitos documentales que exige la Resolución CRC 5050 de 2016. Es importante resaltar que sin este mínimo de información, no es posible realizar el trámite de homologación, ya que sin ellos la Entidad no puede ubicar, suplir y recolectar la información y documentación exigida por la regulación para que un solicitante convencional pueda dar cumplimiento a los requisitos del trámite. Así las cosas, en cuanto a la solicitud puntual de aceptar el trámite de homologación de un equipo que no cuenta con FCC ID, le informamos que el hecho de que el equipo que se desea homologar en Colombia no cuente con el FCC ID hace que el trámite de homologación de oficio sea inviable de conformidad con las normas establecidas en la Tabla 1 del Artículo 7.1.1.2.7. del Capítulo 1 del Título VII de la Resolución 5050 de 2016. El artículo 7.1.1.2.8 de la misma norma establece que "frente a los certificados que sean emitidos por organismos que no se encuentren en los listados indicados, el solicitante deberá realizar una petición de aceptación a la CRC en forma escrita, siempre y cuando se presenten condiciones equiparables a las indicadas anteriormente, incluyendo la publicación en Internet de los organismos reconocidos por las Autoridades Designadoras de cada país. Frente a la petición, la CRC procederá a evaluar dichas condiciones con el fin de aceptar o rechazar la solicitud." De acuerdo con lo anterior, en caso que el solicitante de homologación de oficio postule equipos que cuentan con códigos de otras autoridades certificadoras, por ejemplo el CCC, no podrá llevarse a cabo el trámite de homologación mediante el mecanismo destinado a personas naturales ya que el citado artículo 7.1.1.2.8 exige que el solicitante asuma la carga probatoria que permita comprobar la equiparabilidad entre los estándares que cumple el certificado expedido por una autoridad diferente a la FCC y los que se miden cuando existe un código FCC ID. Como consecuencia de lo anterior, el trámite de homologación de éstos equipos móviles no puede realizarse de oficio y deberá adelantarse por el mecanismo convencional dispuesto para los comercializadores, importadores o fabricantes, anexando todos los requisitos documentales adicionales que se exigen y que puede consultar en el enlace: https://www.crcom.gov.co/es/pagina/tramites. Es importante que tenga presente que la razón para que la norma se encuentre asociada al código FCC ID radica en que la FCC (US Federal Communications Commission), como autoridad certificadora estadounidense, ha establecido estándares de medición específicos para la mayoría de frecuencias utilizadas en Colombia en la prestación de servicios de comunicaciones, esto teniendo en cuenta que Colombia, al igual que Estados Unidos, hacen parte de la Región 2 que la Unión Internacional de Telecomunicaciones (UIT) determinó a nivel mundial para la asignación y distribución de frecuencias. Así pues, dado que su solicitud no establece la equivalencia entre las mediciones de emisión radioeléctrica realizadas por los diferentes organismos certificadores y la FCC, no puede entenderse aportada la equivalencia entre los dos estándares en la forma y alcance que exige la regulación nacional vigente. En los anteriores términos damos respuesta a su comunicación y quedamos atentos a cualquier aclaración adicional que requiera. Finalmente, le solicitamos amablemente se sirvan diligenciar la encuesta haciendo click en este enlace. La información es muy valiosa para la CRC ya que nos permite mejorar la calidad de nuestra atención. NOTA: Este mensaje fue enviado por el sistema de Gestión Documental de la Comisión de Regulación de Comunicaciones . Por favor no intente responder a este mensaje, dado que este buzón de correo no es revisado por ningún funcionario de esta Entidad. En caso de requerir información adicional, por favor acceda al siguiente formulario. Cordial saludo, MXXXXXXXXXX SXXXXXX Coordinador@ de Relacionamiento con Agentes Comisión de Regulación de Comunicaciones Calle 59A Bis # 5-53 Piso 9 Edificio Link Siete Sesenta Teléfono: 3198300/ Fax: 3198301 Página web: http://www.crcom.gov.co Email: [email protected] ![]() |