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| Discusión general sobre smartphones y tecnología Charla sobre smartphones y tecnología en general |
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#1
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dar de baja seguro móvil no me dejan
Hola me gustaría saber si hay alguien que se haya encontrado en la misma situación o alguien que sepa al respecto..
Resulta que cuando adquirí el terminal el año pasado le hice un seguro, que no recordaba que era anual, pero pagaba a plazos mensualmente... ahora quiero darme de baja y no me dejan, ya que dicen que estoy fuera de plazo que tendría que haber avisado un mes antes ( del 24 de junio creo ) que al ser anual y pagarlo a plazos no puedo..hasta el año que viene seguir pagando... ¿puedo devolver recibos sin que pase nada?¿ o hay alguna otra manera? Gracias de antemano. |
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#2
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nadie esta en la misma situacion o sabe algo? ...
please! Enviado desde mi SM-G935F mediante Tapatalk |
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#3
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@Nellygirl
Vamos a mover la consulta a Discusión general sobre smartphones, para darle más visualización y más posibilidades de ayuda a la misma. Suerte y SalU2. |
| Gracias de parte de: | ||
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#4
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Has leido la póliza? Si dice lo que te comentaron deberías seguir pagando, vamos como todos los seguros. Si devuelves los recibos, te pueden reclamar los impagos, incluirte en el ASNEF y similares.
Enviado desde mi Redmi 3S mediante Tapatalk
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![]() “No discutas con un idiota. Te obligará a bajar a su nivel y allí te derrotará con su experiencia”. |
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#5
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Enviado desde mi SM-G935F mediante Tapatalk |
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#6
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en asnef te meten por casi cualquier cosa, lleves o no la razon....menudos son, ese tipo de seguros se suelen renovar automaticamente para comodidad del cliente aunque realmente es para tenerte pillado si no estas avispado
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#7
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gracias! Enviado desde mi SM-G935F mediante Tapatalk |
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#8
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desde luego... no pensé que tendría q ser todo un año entero otra vez! haber si alguien q ha estado en la misma situación puede aconsejarme...ya que me niego a pagar mas de seguro de teléfono q el de casa.. cubriendome tb esto... y teniendo menos valor de por sí lo asegurado...
gracias! Enviado desde mi SM-G935F mediante Tapatalk ![]()
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![]() “No discutas con un idiota. Te obligará a bajar a su nivel y allí te derrotará con su experiencia”. |
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#9
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con fideliza a traves de telefono lo hice.
Enviado desde mi SM-G935F mediante Tapatalk |
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#10
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Si devuelves el recibo del seguro te anulan el seguro y punto..... Estás pagando por adelantado no a año vencido.
No pueden meterte en ninguna lista
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El mejor lugar para esconder un cadáver es la segunda página de los resultados de Google.
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#11
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A falta de saber el contendo de la poliza, claro que le anularan el seguro, -por falta de pago-, caera en mora, pero como he dicho corre el riesgo del ASNEF y demas, las cosas no son tan faciles como alegremente las pintas, hay que tener un poco de responsabilidad cuando se aconseja a alguien, y mas sin tener conocimientos especificos sobre el tema.
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![]() “No discutas con un idiota. Te obligará a bajar a su nivel y allí te derrotará con su experiencia”. Última edición por Rickd Día 12/09/17 a las 18:23:33. |
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#13
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Yo esto de contratar cosas sin leerse las condiciones no acabo de entenderlo, la verdad
![]() Los seguros para teléfonos móviles se rigen por la Ley 50/1980, de 8 de octubre, del Contrato de Seguro, exactamente igual que los seguros para automóviles u otros vehículos, los seguros de hogar y cualesquiera otros seguros. Y como en cualquier otro seguro, la duración a falta de pacto en contrario es anual con prórroga automática por periodos anuales salvo preaviso con una antelación mínima de un mes a la fecha de vencimiento; lo que significa que, si firmaste el contrato el día 1 de junio (es un mero ejemplo) y quieres impedir que se te prorrogue por un año más, debes notificárselo a la aseguradora antes del día 1 de mayo. Ahora que se te ha prorrogado el contrato por un año más, en principio no tienes derecho a devolver los recibos, la aseguradora podría reclamarte las primas y meterte en ficheros de morosos o incluso demandarte judicialmente para que se las abones. En la práctica no va a hacer nunca esto último porque le saldría antieconómico, pero no es descartable que les dé por meterte en algún fichero de morosos, no obstante es muy posible que la aseguradora se limite a dar por resuelto el contrato y no te reclame nada. La próxima vez te recomiendo que leas las condiciones antes de contratar nada, al menos las más importantes (precio, coberturas, duración, posibilidad de desistimiento/resolución, etc.) ![]() Saludos |
| Gracias de parte de: | ||
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#14
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Yo esto de contratar cosas sin leerse las condiciones no acabo de entenderlo, la verdad
![]() Los seguros para teléfonos móviles se rigen por la Ley 50/1980, de 8 de octubre, del Contrato de Seguro, exactamente igual que los seguros para automóviles u otros vehículos, los seguros de hogar y cualesquiera otros seguros. Y como en cualquier otro seguro, la duración a falta de pacto en contrario es anual con prórroga automática por periodos anuales salvo preaviso con una antelación mínima de un mes a la fecha de vencimiento; lo que significa que, si firmaste el contrato el día 1 de junio (es un mero ejemplo) y quieres impedir que se te prorrogue por un año más, debes notificárselo a la aseguradora antes del día 1 de mayo. Ahora que se te ha prorrogado el contrato por un año más, en principio no tienes derecho a devolver los recibos, la aseguradora podría reclamarte las primas y meterte en ficheros de morosos o incluso demandarte judicialmente para que se las abones. En la práctica no va a hacer nunca esto último porque le saldría antieconómico, pero no es descartable que les dé por meterte en algún fichero de morosos, no obstante es muy posible que la aseguradora se limite a dar por resuelto el contrato y no te reclame nada. La próxima vez te recomiendo que leas las condiciones antes de contratar nada, al menos las más importantes (precio, coberturas, duración, posibilidad de desistimiento/resolución, etc.) ![]() Saludos ![]() Enviado desde mi SM-G935F mediante Tapatalk |
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#15
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Yo esto de contratar cosas sin leerse las condiciones no acabo de entenderlo, la verdad
![]() Los seguros para teléfonos móviles se rigen por la Ley 50/1980, de 8 de octubre, del Contrato de Seguro, exactamente igual que los seguros para automóviles u otros vehículos, los seguros de hogar y cualesquiera otros seguros. Y como en cualquier otro seguro, la duración a falta de pacto en contrario es anual con prórroga automática por periodos anuales salvo preaviso con una antelación mínima de un mes a la fecha de vencimiento; lo que significa que, si firmaste el contrato el día 1 de junio (es un mero ejemplo) y quieres impedir que se te prorrogue por un año más, debes notificárselo a la aseguradora antes del día 1 de mayo. Ahora que se te ha prorrogado el contrato por un año más, en principio no tienes derecho a devolver los recibos, la aseguradora podría reclamarte las primas y meterte en ficheros de morosos o incluso demandarte judicialmente para que se las abones. En la práctica no va a hacer nunca esto último porque le saldría antieconómico, pero no es descartable que les dé por meterte en algún fichero de morosos, no obstante es muy posible que la aseguradora se limite a dar por resuelto el contrato y no te reclame nada. La próxima vez te recomiendo que leas las condiciones antes de contratar nada, al menos las más importantes (precio, coberturas, duración, posibilidad de desistimiento/resolución, etc.) ![]() Saludos ![]() Esto de los seguros es todo un abuso y así seguimos tragando Y cojones, te cobran todo un año.... tela con lo indefensos que estamos Lo mismo con muchos otros casos |
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#17
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Eso, por lo menos en automotores es asi, los 30 dias son para las dos partes, aunque si has pagado algun recibo luego de la renovación se podria interpretar como consentimiento. De todas formas, hay que ver lo que firmó y si no firmó, como ha dicho, hay elementos para discutir. Por lo que he visto en google fidelitas es un intermediario de segurmovil.
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![]() “No discutas con un idiota. Te obligará a bajar a su nivel y allí te derrotará con su experiencia”. |
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#18
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Llevando razón me parece una estafa que una persona no pueda o tenga el derecho de rescindir un servicio contratado mediante una clausula de penalización justa
Esto de los seguros es todo un abuso y así seguimos tragando Y cojones, te cobran todo un año.... tela con lo indefensos que estamos Lo mismo con muchos otros casos ![]() ![]() Si firmas un contrato de seguro puedes "rescindirlo" al vencimiento sin ninguna clase de penalización, y si lo rescindes durante el plazo de vigencia la "penalización" consiste en que tienes que pagar las primas durante el tiempo que falte hasta cumplir ese año. A mí me parece bastante razonable, en fin, obviamente si no te lees las condiciones de lo que firmas te puede suponer un perjuicio, pero a alguien que sí se informe bien antes de contratar no debería generarle grandes trastornos. Lo que sucede es que en España estamos acostumbrados a que nos traten como menores de edad y a que "Papá Estado" intervenga siempre para proteger a los que a lo mejor han contratado de forma poco responsable, el resultado es que invariablemente pagamos justos por pecadores. Y efectivamente lo mismo sucede con otros muchos casos, llámese preferentes, cláusulas suelo, hipotecas multidivisa, desahucios y un largo etcétera
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#19
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Como nos gusta en España hablar de estafa a las primeras de cambio
![]() Si firmas un contrato de seguro puedes "rescindirlo" al vencimiento sin ninguna clase de penalización, y si lo rescindes durante el plazo de vigencia la "penalización" consiste en que tienes que pagar las primas durante el tiempo que falte hasta cumplir ese año. A mí me parece bastante razonable, en fin, obviamente si no te lees las condiciones de lo que firmas te puede suponer un perjuicio, pero a alguien que sí se informe bien antes de contratar no debería generarle grandes trastornos. Lo que sucede es que en España estamos acostumbrados a que nos traten como menores de edad y a que "Papá Estado" intervenga siempre para proteger a los que a lo mejor han contratado de forma poco responsable, el resultado es que invariablemente pagamos justos por pecadores. Y efectivamente lo mismo sucede con otros muchos casos, llámese preferentes, cláusulas suelo, hipotecas multidivisa, desahucios y un largo etcétera ![]() ![]() Solo digo esto... Como siempre el consumidor sale perdiendo Me parecería más ajustado pagar una penalización de un tercio de lo contratado ya que si te cobran todo un año por algo que no vas a recibir me parece un abuso Que el culpable es él por no actuar según lo contratado en tiempo y forma es obvio |
| Gracias de parte de: | ||
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#20
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Empecé dándote la razón y la llevas pero no parece muy justo tener que pagar todo un año si quieres rescindir esa póliza
Solo digo esto... Como siempre el consumidor sale perdiendo Me parecería más ajustado pagar una penalización de un tercio de lo contratado ya que si te cobran todo un año por algo que no vas a recibir me parece un abuso Que el culpable es él por no actuar según lo contratado en tiempo y forma es obvio ![]() Enviado desde mi 6039Y mediante Tapatalk
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