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  #1  
Viejo 25/08/21, 09:02:30
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enlaces prácticos a tener en cuenta

Voy a ir poniendo enlaces prácticos con información relevante para luchar contra los abusos.


Si alguien quiere aprovechar y añadir más enlaces con información que considere relavante, por mí no hay ningún problema en que los añada, mientras que no sean con fines comerciales.


https://www.reclamador.es/blog/fraudes-telefonia-movil
https://blogs.elconfidencial.com/tec...de-baja_85317


Podreís ver que hay enlaces en los que recomiendan pagar y luego reclamar, pero yo prefiero no pagar y reclamar ya que si te meten en un fichero de morosos y hay una reclamación formal, es que no es aceptada, a no ser que lo que reclames sea lo que figure en el contrato firmado por el titular sin aplicar ninguna modificación por parte del operador, sería una inclusión ilegal y eso si se denuncia a la AEPD, supone una multa para las operadoras y te da pie a pedir por vía judicial una indemnización por ello. Las subidas de precio no se si se podrá pedir más de un mes, por qué depende de quien atienda la reclamación podría considerar la primera subida como una comunicación, lo que no pueden reclamar ninguna permanencia después de una subida unilateral, por qué tienen que demostrar que esa permanencia en esas condiciones es aceptada por el cliente, para poder ser legal y para ello tiene que haber una grabación o un contrato firmado en papel o un contrato firmado desde el móvil del titular y no desde un ordenador, por qué desde un ordenador podría firmarlo cualquier persona desde cualquier parte sin poderse demostrar que pertenece al titular de la línea.



Pero todo depende de que si te preocupa mucho figurar en la lista de morosos, lo mejor para es no pagar lo que piden.
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  #2  
Viejo 25/08/21, 09:37:22
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Última edición por logan677 Día 26/08/21 a las 13:41:43.
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  #3  
Viejo 26/08/21, 13:35:37
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  #4  
Viejo 31/08/21, 17:32:27
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Este es muy útil para no tener que aguantar spam telefónico.



https://www.tuexperto.com/2021/07/21...a-es-la-razon
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  #5  
Viejo 02/09/21, 09:32:28
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  #6  
Viejo 03/09/21, 08:30:36
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https://www.letradosbarcelona.com/no...omunicaciones
https://www.centrobanamex.com.mx/que...n-de-servicios
https://www.facua.org/tusderechos/tema.php?IdTema=1424
https://www.iberley.es/temas/contrat...timiento-59001


Algunas operadoradoras tratan de vendernos prestación de servicios todos los servicios que hacen y cobran el IVA a las permanencias por tarifa y por tarifa no se puede cobrar el IVA, en cuando se ha recibido un móvil, un ingreso o se ha tenido que contratar a otra persona para realizar un servicio y no se ha cobrado al cliente por ese servicio.


Tampoco son legales las permanencias ascendentes.
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  #7  
Viejo 19/10/21, 17:46:43
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  #8  
Viejo 19/10/21, 18:50:30
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  #9  
Viejo 31/10/21, 09:42:16
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  #10  
Viejo 29/11/21, 12:59:16
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Marcelo1 Marcelo1 no está en línea
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  #11  
Viejo 27/12/21, 07:35:33
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  #12  
Viejo 12/06/22, 11:38:01
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https://guiasjuridicas.wolterskluwer...xyVCjUAAAA=WKE


Algunas compañías tratan de hacer creer a sus clientes que se pueden interrumpir indefinidamente la prescripción de una deuda, con reclamar varias veces una deuda por correo certificado con acuse de recibo o por burofax con acuse de recibo, pero sino se demanda por vía judicial sólo se puede interrumpir el plazo de prescripción una sola vez, en el caso de ser una deuda sea dineraria, determinada, líquida, vencida y exigible y para poder demandar a la persona por la que se le reclama dicha deuda y es por qué los juicios pueden prolongarse más tiempo del que tarda en prescribir, por lo tanto esa interrupción nunca puede considerarse como indefinida.


También se puede interrumpir el plazo de prescripción si la persona a la que se la reclama dicha deuda, reclama por vía judicial o administrativa una deuda, que empezaría a abrirse un nuevo periodo de prescripción y en el caso de la telefonía sería otros 3 años, desde la resolución final.
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  #13  
Viejo 03/09/22, 12:23:26
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https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2022-10757


Parece ser que en muy poco tiempo va a ser legal eso de dar un mes de plazo, cuando se modifican unilateralmente las condiciones del contrato, es algo que no me gusta por qué compañías como Vodafone van a intentar aprovecharse de esto y aplicar las subidas sin informar antes de manera clara, comprensible y en un soporte duradero.



Pero también tienen algunas cosas positivas por qué al finalizar un contrato van a prorratearse, pero sin que las operadoras puedan cobrar ninguna permanencia por ello y para poder realizar comunicaciones comerciales antes van a tener que dar su consentimiento la persona que recibe dichas llamadas.


Parece ser que estas modificaciones van a aplicarse en toda la UE, aunque unos países lo implementaran antes y otros después.
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