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Sony Xperia Arc / Arc S Todo sobre el Xperia Arc / Arc S |
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Herramientas |
#1
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Dudas legales por fallo del telefono
Tras comprobar el software y ver que de ahi no venia el problema que tengo, lleve el telefono a arreglar, para ver el hardware, y por lo que se ve, el problema persiste.
Que bazas puedo jugar para que mi compañia ponga solucion a esta situacion? En este post lo explico mas detalladamente: http://www.htcmania.com/showthread.p...46#post7655446 |
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#2
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Tienes garantía de dos años.. si sigue mal, vuelvelo a mandar, creo recordar que a la tercera = teléfono nuevo.
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Gracias de parte de: | ||
#3
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Por qué sabes que a la tercera teléfono nuevo? Has tenido alguna situación parecida?
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#4
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Gracias de parte de: | ||
#5
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Busqué algo parecido pero no encontré mucho (la verdad es que me agobio mucho con lo de buscar, pues miro mil sitios y al final no se ni que estoy mirando), pero he vuelto a mirar más exhaustivamente y he encontrado este hilo: http://www.htcmania.com/showthread.p...telefono+nuevo
Es a este al que te referías, Kratos?? Como siempre, gracias por todo |
#6
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Busqué algo parecido pero no encontré mucho (la verdad es que me agobio mucho con lo de buscar, pues miro mil sitios y al final no se ni que estoy mirando), pero he vuelto a mirar más exhaustivamente y he encontrado este hilo: http://www.htcmania.com/showthread.p...telefono+nuevo
Es a este al que te referías, Kratos?? Como siempre, gracias por todo ![]() Y creo recordar que es por ley, si mandas un producto electrónico 2 veces al servicio técnico y sigue fallando te tienen que dar uno nuevo. ![]()
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Gracias de parte de: | ||
#7
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Ya me estoy poniendo a ello. De momento he encontrado esto: http://www.consumoresponde.es/articu...elefonia-movil
y esto otro http://www.boe.es/boe/dias/2009/05/3...-2009-8961.pdf Si voy averiguando más cosas, las comento, ok? Gracias! Última edición por tenisto Día 20/02/13 a las 16:16:24. |
#8
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¿ha de ser por la misma averia?¿o aunque sean averias distintas vale "esa cuenta de tres"?
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#9
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Ya me estoy poniendo a ello. De momento he encontrado esto: http://www.consumoresponde.es/articu...elefonia-movil
y esto otro http://www.boe.es/boe/dias/2009/05/3...-2009-8961.pdf Si voy averiguando más cosas, las comento, ok? Gracias! ![]() ![]() ![]() No estamos seguros, pero a mi parecer, diría que es por cualquier avería.
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#10
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Re: Dudas legales por fallo del telefono
El mio fue tres veces por cosas distintas, a la tercera me mandaron uno nuevo, pero despues de dos meses y pelearme con ellos mucho mucho, reclamacion a arvato, dos a yoigo y contactar personalmente con sony, no es tan facil, van a intentar arreglarlo asi lo mandes siete veces a no ser que les des mucha caña y te armes de paciencia
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#12
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Antes que nada, perdón por la parrafada, pero es que no quiero dejarme nada en el tintero por si a alguien le pudiera servir de ayuda.
Hace unos días escribí a Consumoresponde de la Junta de Andalucía, y tras exponerles mi caso les hice estas tres preguntas: 1.- ¿Cuáles son las bazas que puedo jugar para solucionar la situación? Dependiendo de lo que me informen desde la oficina del consumidor, enviaré una reclamación escrita a la dirección que desde la página web de Orange se facilita para estas cuestiones (adjunto imagen extraída de la página web). 2.- Tengo entendido que de pasar dos veces con la misma avería por el servicio técnico si el error persiste, por ley deberían darme un telefono nuevo igual o superior. ¿Es esto cierto? ¿Si me hicieran una oferta por uno superior debería aceptarla o tienen que ofrecérmelo gratuitamente? 3.- En caso de que me vea obligado a rescindir el contrato, ¿debería pagar la penalización? Actualmente es de 150€. Entiendo que esta rescisión no es por una cuestión personal mía e independiente a Orange, sino que vendría dada por una imposibilidad de solucionarme un problema por parte de la compañía, con lo cual si ellos no cumplen su parte del contrato (que es ofrecerme el teléfono 100% funcional), yo tampoco debo cumplirlo (que es permanecer en el operador debido a que tengo que "pagar" ese teléfono 100% funcional). En esta situación, ¿llevo las de perder o alguna ley me puede amparar? Ellos me han respondido con esto: Cuando firmamos un contrato tenemos derecho a recibir una copia del mismo. En mismo debe de recoger las clausulas que regulan la relación entre el empresario y el consumidor, identificación de las partes del contrato, prestación, forma de extinción, obligaciones de las partes, consecuencias del incumplimiento y todas aquellas condiciones que vinculen al empresario y al consumidor. En su caso deberá de consultar las clausulas de su contrato para determinar qué derechos tiene como consumidor. En el caso de haber realizado un contrato de prestación de servicios telefónicos acogiéndote a una oferta en la que te ofrecían la compra de un terminal a precio promocional (o bien unas tarifas especiales), a cambio de comprometerte a mantener el servicio con la compañía durante un período de tiempo (cláusula de permanencia), debes saber que tienes derecho a darte de baja antes de que finalice dicho período, con independencia de que la baja pueda conllevar otro tipo de efectos, como la pérdida de ventajas u ofertas vinculadas a la permanencia. En cuanto a la garantía creo solicitud hija informando de los derechos que tiene como consumidor. Indicarle también que, si el producto no fuera conforme con el contrato, el consumidor podrá optar entre exigir la reparación o la sustitución del producto, salvo que una de estas dos opciones resulte objetivamente imposible o desproporcionada. Desde el momento en que el consumidor comunique al vendedor la opción elegida, ambas partes habrán de atenerse a ella. Esta decisión del consumidor se entiende sin perjuicio de los supuestos en que la reparación o la sustitución no logren poner el producto en conformidad con el contrato. Se considerará desproporcionada la forma de saneamiento que, en comparación con la otra, imponga al vendedor costes que no sean razonables, teniendo en cuenta el valor que tendría el producto si no hubiera falta de conformidad, la relevancia de la falta de conformidad y si la forma de saneamiento alternativa se pudiese realizar sin inconvenientes mayores para el consumidor y usuario. (Artículo 119 RDL 1/2007) En cualquier caso, si no esta de acuerdo con lo que le informan y usted así lo desea puede presentar una reclamación a la compañía, para ello tiene dos opciones: reclamar ante el operador de telefonía o presentar la solicitud de arbitraje. 1. Interponer reclamación ante el operador en el plazo de un mes desde que el consumidor tiene conocimiento de la incidencia o si se reclama cantidades facturadas desde que recibió la factura. Para ello puede ponerla, vía telefónica, a través de internet, por correo postal o directamente en las oficinas de atención al usuario (NO TIENDA). El operador está obligado a facilitarle un número de referencia de la misma. Además si es por teléfono debe de solicitar que le remitan un documento con el contenido de la misma. La compañía dispone del plazo de un mes para contestarle. Si no le contesta o la contestación no es satisfactoria puede: a) Presentar la reclamación ante la oficina de atención al usuario de telecomunicaciones. Para acudir a esta vía, tiene el plazo de tres meses desde la contestación de la compañía. Para presentarla, puede hacerlo vía telemática en la página www.usuariosteleco.es , por escrito a la Oficina de Atención al Usuario C/ Capitán Haya, nº 41 CP 28071 (Madrid) o en los registros públicos de cualquier órgano Administrativo (cualquier organismo administrativo que pertenezca a la Administración General del Estado. También puede acudir a esta vía, los consumidores que tras poner reclamación, solicitaron arbitraje y este no fue aceptado por la compañía, disponiendo de tres meses desde la negativa al arbitraje. La oficina resolverá en el plazo máximo de seis meses. b) Igualmente, puede solicitar arbitraje, una vez que hemos presentado reclamación y no estamos de acuerdo o no recibimos respuesta. 2. Puede presentar solicitud de arbitraje de consumo ante la junta de consumo correspondiente directamente, rellenando solicitud de arbitraje, que puede descargar de la página de www.consumoresponde.es , o través del documento fehaciente que acredite la autenticidad de la misma. |
#13
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creo que a la tercera te dan ahora mismo un Xperia P
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