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Viejo 07/06/12, 12:49:57
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funkyboy funkyboy no está en línea
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Modelo de smartphone: Nexus 5 black
Tu operador: Simyo
Afectados por penalizacion extra ilegal de Samsung Galaxy S3

AL final hemos ganado la "guerra" con Orange simplemente con la reclamacion en la OMIC. Te llama Orange y te dice que han recibido la reclamacion y que te dan la razon. Comprovado por mi y varios usuarios. El movil me ha salido por 317€ (libre y sin permanencia).
 Cita: Originalmente Escrito por janer Ver Mensaje
Bueno, vengo de la OMIC, de hablar con una abogada (técnico) y me ha comentado lo siguiente:
1.- Tengo todas las de ganar.
2.- Que me espere y no presente en la OMIC, aún.
3.- Que haga portabilidad y mande CARTA CON ACUSE DE RECIBO exponiendo que, por incumplimiento de contrato exijo la baja o portabilidad y que no me sean cobrado ningún concepto de compromiso de permanencia. Y por supuesto que el móvil, al no ser subvencionado, ni regalado, ni nada de eso, y además romper el contrato en todos sus términos, no se devuelve ni pueden exigírmelo en ningún caso.

Muy Sres. Míos:
D. ….., con DNI nº ….., por la presente, comunico mi decisión de cancelar el contrato de telefonía móvil concertado con ustedes para el número …….., a través de portabilidad a la compañía ……… que se encuentra en trámite desde el día ……, que ruego gestionen a la mayor brevedad posible y, en todo caso, en el plazo máximo de 2 días que establece el Real Decreto 899/2009, de 22 de mayo.
Por causa justificada de incumplimiento de contrato por parte de su empresa, atendiendo al artículo 1.124 del Código Civil y a los artículos 8º y 9º del Real Decreto 899/2009, de 22 de mayo, exijo que no me sea cobrado ningún tipo de penalización por compromiso de permanencia, ni exigida la devolución del terminal que queda sujeto al contrato el cual se ha incumplido por su parte y por tanto queda anulado en todos sus términos.
La causa concreta es la aplicación de compromisos de permanencia indebidos aludiendo a una Alta contrato con teléfono i-Phone subvencionado, que no es el que compré a su compañía, ya que el modelo es ………….. De esta manera se me exigen pagar 130€ de más por cambio de tarifa (Compromiso de permanencia en tarifa de voz) y 120€ más por rescisión de contrato (Compromiso de permanencia en el Operadora).
Siendo esto causa suficiente para la rescisión del contrato.
Así mismo, solicito que me faciliten un número de referencia que me permita tener
constancia de la presente solicitud de baja así como la respuesta a esta solicitud.

A la espera de su contestación, atentamente les saluda,

Firmado:


4.- Que espere 15 días a que me llegue la respuesta del ACUSE DE RECIBO, y ponga entonces la denuncia en TELECO o ARBITRAJE o OMIC... que da un poco igual, pero que Teleco es la más competente en estos temas.
5.- Tienen 30 días para responder a la carta, si no responden no pueden hacer nada más.
6.- Si me reclaman dinero, no pagar ningún concepto que no sea el tramo de tarifa consumida.
7.- Si me empiezan a dar el tostón con la deuda, normalmente venden la deuda a una empresa de morosos que son los que te acribillan a cartas, mails, etc. Entonces que ponga denuncia por haber cedido y vendido mis datos sin consentimientos ni corroboración de la veracidad de los mismo (vamos, que no comprueban porqué es la deuda).
8. Me ha dicho que ORANGE está sistemáticamente incumpliendo la nueva LEY que dice que no pueden ponerse compromisos de permanencia por subvencion de moviles y que, como hace movistar, los pagos de tarifa y movil vienen separados, de manera que tú pagas por el movil x meses, pero la tarifa no tiene permanencia... De esta manera ORANGE nos ha VENDIDO el móvil por el precio que hemos pagado y por tanto no existe compromiso de permanencia legalmente, además de poder denunciar por publicidad engañosa... vamos que se han cubierto de mierda hasta el cuello.

Creo que deberíamos publicitar estas medidas y los fallos sistemáticos de ORANGE en este aspecto para que todo el mundo se vaya de la compañía con el móvil y se le quite la permanencia asociada a un móvil, ya que es ilegal...

Ahora mismo hago la portabilidad a Pepephone (bendito pepephone, en qué día te abandoné ....) y hago la carta y la mando a correos...

Vamos informando ....
Bueno yo he conseguido que me cambien las condiciones viniendo de portabilidad, pero despues he iniciado una portabilidad para irme de orange y cual ha sido mi sorpresa, que me las han vuelto a poner mal.
Hice esto...
1.- DIA 1. Llame al 470 y dije que el dia me hice de orange y me cree un usuario en la web de orange. Que al repasar las condiciones me fije que todo estaba bien excepto en el apartado de permanencias. Que alli ponia que me habian subvencionado un iPhone y ponia una cantidad que tenia que pagar que no se correspondia con lo que yo habia visto en el contrato que firme al hacer la portabilidad. Te diran que tu movil es un pepinaco y que se parece al iPhone por eso te aplican ese extra. Les dices que en tu contrato pone que se aplicara el extra si el movil subvencionado fuese un iPhone, no si fuera algo parecido a un iPhone o un movil pepinaco. Te comeran la olla una y otra vez entonces les decis que no quieres discutir que te habran una reclamacion. IMPORTANTE pedir el numero de reclamacion. Porque si no os lo dan y os dicen que os la enviaran luego en SMS alomejor os pasa como a mi... Pasamos al punto 2.
2.- En la primera llamada me dijeron que abrian reclamacion y que me enviaban el SMS con el numero de reclamacion en 5-10 minutos. Al ver que pasaban 45 minutos volvi a llamar al 470 y les dije que habia llamado para una reclamacion pero que no habia recibido ningun SMS. Pues el teleoperador me dijo que no constaba ni llamada ni menos aun reclamacion. Me quejo del anterior teleoperador y le digo que quiero un numero de reclamacion a la voz de YA!!! Este segundo teleoperador es el que me pasa con el megasupersupervisor de atencion al cliente. Paso 3...
3.- El megasupervisordelaostia me dice que el movil es premium y todo el royo y yo le digo que en mi contrato pone iPhone y que no me diga lo mismo que el anterior. Asi que me dice que si en mi contrato solo pone iPhone pues que le envie un fax con el contrato, y un numero de contacto. Si es asi me cambiara las condiciones. Me dice su nombre y un numero de fax (por email dice que no). Que me llamara cuando lo reciba para decirme algo. Me dice que no abrira incidencia porque sera una cosa que hara el personalmente. Paso 4...
4.- Le envio el fax con el contrato y un escrito... A la atencion de pepito flores, asunto, error en aplicacion de penalizacion por cancelacion de permanencia de iPhone en SGS3.
5.- DIA 2. Al dia siguiente por la tarde al ver que no me llama nadie llamo al 470 y les pregunto que si han recibido el fax con mi reclamacion. Me dicen que si y que esta en estudio, que me llamaran para solucionarlo. Entonces me dicen que me han generado un numero de incidencia, ahora si...
6.- A la hora miro las condiciones en el canal cliente y veo que estan arregladas.
7.- A la media hora inicio portabilidad a Simyo.
8.- A las dos horas me habian vuelto a poner las condiciones de cancelacion del iPhone.
9.- DIA 3. Futuro proximo, denuncia en la OMIC con el contrato, capturas del canal cliente con las condiciones cambiadas y erroneas, factura del S3 y copia de lo enviado por fax.

Para darse de baja en el contrato pone esto:
 Cita:
"El contrato se extinguirá o resolverá por las causas previstas en las presentes
Condiciones Generales, de acuerdo con las causas generales de extinción de las
obligaciones. El Cliente tendrá derecho a resolver en cualquier momento el contrato,
acreditando para ello su identidad mediante copia de su documento nacional de
identidad o documento equivalente que lo identifique, remitiendo un breve escrito
firmado en el que solicite la baja con la Ref: BAJAS
si es cliente particular al número de
fax 912065308, y si es cliente empresa al Apdo. de Correos 50618, 28080 Madrid.
Asimismo, los clientes particulares también podrán cursar la baja llamando al número
470
o al (+34) 656 001 470 si llama desde un número de otro operador o número fijo y
los clientes empresa al número 1414 (en este caso, conserve el número de referencia
de su baja que le facilitaremos para el control y seguimiento de la misma). Una vez
recibida su solicitud, se tramitará la baja en el plazo máximo de dos días hábiles.

Para reclamaciones pone esto:
 Cita:
"El Cliente podrá dirigirse a ORANGE, previa su identificación y acreditación de circunstancias
personales, a través de su Servicio de Atención al Cliente mediante llamada al número 470
, si
llama desde un número de Orange, al (+34) 656 001 470 si llama desde un número de otro
operador o desde el extranjero, al correo electrónico: [email protected], a través
de correo postal con la Referencia Reclamaciones al domicilio más abajo indicado o, en su caso,
sus oficinas comerciales, para presentar reclamaciones sobre el funcionamiento, precio,
facturación, responsabilidad por daños o cualquier otra cuestión que pudiera plantearse en
relación con la prestación del Servicio, en el plazo de un mes desde que tenga conocimiento del
hecho que las motive.
En caso de reclamación formulada telefónicamente a través de su Servicio
de Atención al Cliente, se informa a éste último de que podrá solicitar un documento acreditativo
de la presentación y contenido de la queja o reclamación
. Formulada la reclamación expresa
dirigida a ORANGE, si el Cliente no hubiera obtenido respuesta satisfactoria de ORANGE en el
plazo de un mes podrá dirigir su reclamación a las Juntas Arbitrales de Consumo a las que
ORANGE esté adherida.
ORANGE le informa que en la actualidad está adherida al arbitraje de
consumo de las Comunidades Autónomas bajo el distintivo oficial 270 del Instituto Nacional de
Consumo.
En caso de que la reclamación exceda del ámbito de sumisión al sistema de arbitraje
de consumo adherido, el Cliente, en el plazo de tres meses desde la respuesta de ORANGE o la
finalización del plazo para responder, podrá dirigir su reclamación a la Secretaría de Estado de
Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información. El plazo para resolver y notificar
Servicio, restringir las llamadas salientes, suspender y/o resolver el contrato e interrumpir
definitivamente el mismo.
Si el Cliente con deudas pendientes solicitara el desistimiento o la baja en el Servicio, o el
cambio de titularidad o cesión del contrato, ORANGE podrá ejecutar la garantía por la
cantidad total adeudada quedando el remanente a disposición del Cliente.
5.- suspensión del servicio
Si el Cliente no atendiera parcial o totalmente el pago de las cantidades adeudadas,
ORANGE quedará facultada para restringir las llamadas salientes o la conexión de datos
y/o suspender la prestación del Servicio correspondiente al Contrato y sus Anexos
asociados a dicho documento de cargo cuyo importe haya sido impagado. ORANGE
restablecerá el Servicio dentro del día laborable siguiente al que tenga constancia de que
el importe adeudado ha sido satisfecho. En caso de suspensión del servicio telefónico,
se mantendrá el servicio de llamadas entrantes y el de llamadas salientes de emergencia
al número único 112 para ponerse en contacto con los servicios de urgencia en todos
los países de la Unión Europea, que recibirán información sobre la posición geográfica
del usuario. Si el Cliente tuviera contratada una línea de conexión de datos, tras la
suspensión, el Cliente únicamente podrá recibir SMS. El Cliente deberá abonar el
importe devengado en concepto de reactivación del Servicio en caso de producirse.
La suspensión sólo afectará a los servicios respecto a cuyo pago se haya incurrido en
mora. El impago del cargo por los servicios de tarificación adicional, acceso a Internet o
de cualesquiera otros distintos del servicio telefónico disponible al público, sólo dará
lugar a la suspensión de tales servicios.
Podrá suspenderse el Servicio en caso de disconformidad del Cliente con la facturación
de servicios de tarificación adicional salvo que el Cliente pague el importe del mismo
excluidos los conceptos relativos a servicios de tarificación adicional. En tal caso el
acreedor por prestación de servicios de tarificación adicional podrá proceder al cobro
por las vías ordinarias de forma separada al del cobro de la factura por servicios de
telecomunicaciones. Para evitar la supensión o interrupción definitiva el Cliente deberá
justificar la presentación de reclamación ante las instancias expresadas en la Condición
8 de este pliego y la consignación fehaciente del importe adeudado.
6.- condiciones del servicio
El Cliente deberá atenerse a las instrucciones y comunicaciones de ORANGE relativas
al uso correcto de los servicios, y respetar la normativa vigente. ORANGE no será
responsable en los casos en que se den circunstancias fuera de su control como los
de fuerza mayor o caso fortuito, ni cuando deba prevalecer el orden público. ORANGE
prestará los servicios soporte para prestadores de servicios de tarificación adicional de
acuerdo al Código de Conducta aplicable.
En caso de interrupción del servicio telefónico, por causa de fuerza mayor ORANGE
se limitará a compensar al Cliente con la devolución automática de los importes en
concepto de cuota y otras independientes del tráfico prorrateado por el tiempo que
hubiera durado la interrupción.
ORANGE prestará el Servicio exclusivamente en las zonas de cobertura del territorio
nacional en el que el mismo esté implantado en cada momento y según la información
sobre cobertura de su red que se facilita al Cliente previo a la firma del contrato.
ORANGE se compromete a prestar el Servicio dentro de los límites de cobertura y del
estado de la tecnología. En cualquier caso, ORANGE no será responsable por
interrupciones o mal funcionamiento del Servicio motivado por condiciones orográficas
y/o atmosféricas que impidan o imposibiliten su prestación, ni de los contenidos de
información que no hayan sido elaborados, conocidos o provistos por la misma y que
se deriven de servicios suplementarios.
No habrá lugar a indemnización alguna por la interrupción del Servicio debida al
incumplimiento grave del Cliente, por fraude, mora en el pago, a daños en la Red
debido a la conexión por el Cliente de terminales cuya conformidad no haya sido
evaluada de acuerdo a la normativa vigente o al incumplimiento de los códigos de
conducta que se hayan establecido cuando el Cliente sea un prestador de servicios de
tarificación adicional. Sin perjuicio de lo anterior, ORANGE realizará sus mejores
esfuerzos para dotar de la máxima calidad a todas las comunicaciones objeto del
Servicio. A estos efectos quedan totalmente excluidos los servicios de cobertura
internacional de llamadas y acceso a datos (roaming) prestados en el extranjero por
operadores distintos de ORANGE y no tarificados en la red de ésta.
En caso de producirse una interrupción del servicio de telefonía móvil, el Cliente,
cuando proceda, tendrá derecho a una indemnización automática, en la factura
correspondiente al período inmediato al considerado, al menos igual a la mayor de las
dos siguientes, siempre y cuando el importe que resulte sea superior a un Euro: A.-
Promedio del importe facturado por el servicio interrumpido durante los tres meses
anteriores a la interrupción, prorrateado por el periodo en que se produzca la
interrupción; si la antigüedad del Servicio interrumpido es inferior a tres meses, se
considerará el importe de la factura que hubiese obtenido en una mensualidad
estimada de forma proporcional al período de consumo efectivo realizado. B.- Cinco
veces la cuota mensual de abono vigente en el momento de la interrupción,
prorrateado por el tiempo de duración de ésta.
Si la interrupción fuera del servicio de acceso a datos, el Cliente, cuando proceda,
tendrá derecho a una indemnización que se determina prorrateándose la cuota
mensual del servicio por el tiempo en que la línea estuvo interrumpida. En caso de
interrupción temporal durante un periodo de facturación superior a seis horas en
horario de 08:00 h a 22:00 h, la compensación será automática.
Adicionalmente, ORANGE ofrece al Cliente en relación con la calidad del servicio el
compromiso individual de compensar al mismo de forma que ORANGE indemnizará al
Cliente a partir de que se produzca una interrupción del servicio acumulada de ocho
horas en un período de facturación determinado. Los clientes que deseen solicitar la
indemnización deberán dirigir su petición, previa su identificación, indicación del
número de teléfono móvil y acreditación de circunstancias personales, en un plazo
máximo de 10 días contados a partir del restablecimiento del servicio, siendo
SJ1.05POSla resolución será de seis meses.
Las reclamaciones derivadas de la adecuación, corrección o calidad de los bienes o servicios
solicitados a través del Servicio Pago ORANGE deberán ser dirigidas contra los proveedores
respectivos, toda vez que la intervención de ORANGE se limita única y exclusivamente al
pago de los mismos por su cuenta e interés"
[/spoiler]
- Movimiento en twiter posteado en varios foros:

Twitter Orange Oficial : https://twitter.com/#!/orange_es

@orange_es #Yo_tambien_firme_50+15 Orange yo firme 50+15 cuando adquiri mi terminal.Ajustaros a vuestras condiciones generales.


Este es el contrato donde se ve claramente que solo sale el iPhone en portabilidades.
http://clientes.orange.es/soporte_y_...n_postpago.pdf

Este el de renove, gracias a Nebulous.


Wed de interes sobre reclamaciones:
http://www.abogadoamigo.com/pregunta...e-facturacion

Modelo de solicitud de cancelacion de contrato de telefonia.
https://www.dropbox.com/s/tf787rh3aq...0telefonia.doc

Última edición por funkyboy Día 01/10/12 a las 00:14:14.
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