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Noticias y comentarios sobre BQ Noticias y comentarios sobre BQ |
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#1
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AUTOCONTROL Declara que BQ no tiene razón.
La agencia de control de publicidad a estimado la reclamación presentada contra MUNDO READER S.L. o también conocidos como BQ ( @Soporte BQ aquí en este foro).
En dicha reclamación se reconoce que BQ ha realizado publicidad engañosa e infringe el artículo 3.1 del Código Ético de Confianza Online. Ante estos hechos se queda desmostrado de que MUNDO READER S.L. (Bq) ha realizado publicidad engañosa y que debe hacer frente ante la ley. Aun así de estos hechos y de comunicarles la resolución de Autocontrol, siguen indicando que ellos no tienen la culpa. Aquí se queda reflejada la falta de profesionalidad y como le da la espalda a los usuarios y los organismos competentes. Después de no llevarlos a consumo para evitar tramites, directamente comunicare a consumo mi reclamación y les adjuntare la documentación de AUTOCONTROL para que no solo me solucionen su problema ante mi, sino también cualquier usuario pueda fácilmente y rápidamente denunciarles con todo preparado para entregar. Lo vergonzoso de esta situacion no es que se hayan equivocado al prometer algo que no pudieron cumplir, sino que despues les den la espalda a sus clientes. Por eso después de todo esto, cada uno es libre de comprar dispositivos a quien quiera, pero almenos ya sabe a quienes compra. Adjunto la resolucion de Autocontrol. Y QUEDA CONFIRMADO: BQ HA REALIZADO PUBLICIDAD ENGAÑOSA Y TIENE LA OBLIGACIÓN DE CAMBIAR LOS DISPOSITIVOS POR UNOS DE LAS MISMAS CARACTERÍSTICAS OFERTADAS O LA DEVOLUCION DEL DINERO. Última edición por Latorretotana Día 30/06/16 a las 17:43:51. |
Los siguientes 3 usuarios han agradecido a Latorretotana su comentario: | ||
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#2
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¿Es autocontrol la que va a tomar medidas judiciales contra bq ?
¿o deben dirigirse los usuarios agraviados a formular la queja precio pasó de autocontrol ?
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Directos a Ho Chi Minh sin billete de regreso, see you never Bad Quality D.E.P ( al 51% )
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#3
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Gracias a otro usuario y a mi, no hace falta que mas usuarios contacten con autocontrol porque ya han dictaminado sentencia. SIMPLEMENTE ES SEGUIR ESTOS PASOS: 1. IMPRIMIR DOCUMENTO RESOLUCION AUTOCONTROL CONTRA BQ. 2. IR A LA OFICINA DEL CONSUMIDOR MAS CERCANA Y ADJUNTARLO EN LA RECLAMACIÓN JUNTO A LA FACTURA. 3. Y QUIEN QUIERA IR A LOS JUZGADOS, PUEDE PRESENTAR LA RESOLUCION DE AUTOCONTROL Y LA RECLAMACIÓN EN LA OFICINA DEL CONSUMIDOR (En donde te daran la razon) JUNTO AL CONSIGUIENTE PAPELEO. Este apartado es un poco mas largo y de mucho papeleo, pero con la información aportada no hay ningún problema de que no te den la razón (Ya te la ha dado AUTOCONTROL). Pero yo este paso se lo dejaria a OCU o FACUA que para algo estan muchos usuarios pagandoles sus cuotas. |
#4
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Excelente post.
Con todo claro y detallado. Solo una duda: ************************************************** *********** Por las razones expuestas, la Sección Cuarta del Jurado de Autocontrol ACUERDA ... 3.- Instar al anunciante la rectificación de la publicidad objeto del presente procedimiento ************************************************** ************ No tengo la ley a mano, pero seria recomendable, a la hora de realizar la reclamación en la omic, ademas de entregar el acuerdo de "Autocontrol" donde se declara ,que es publicidad engañosa, hacer alusion o acompañar el articulo, donde dice que si un anunciante hace publicidad engañosa para vender sus productos, ademas de rectificar esa publicidad, debe devolver el importe de la compra adquirida mediante esa publicidad. Gracias. Última edición por zaladin Día 30/06/16 a las 19:47:03. |
#5
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https://www.confianzaonline.es/conocenos
La empresa adherida a Confianza Online, está obligada a seguir un código ético y creo asumir las resoluces de ese código, supongo aceptando las resoluciones de autocontrol y o las oficinas de mediación nacionales o comunitarias. Dejo el enlace para que cada uno saque su propia conclusión. |
Gracias de parte de: | ||
#6
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Eso es, que en el acuerdo instan a retirar esa publicidad, y eso bq ya ha cumplido, ya no dicen en las redes que se va a actualizar a lollipop.
Por eso el acuerdo dictado por "Autocontrol" es bueno como prueba fehaciente que se ha declarado esa publicidad "engañosa". |
#7
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Excelente post.
Con todo claro y detallado. Solo una duda: Esa obligación, no veo que aparezca en el acuerdo que dice lo siguiente: ************************************************** *********** Por las razones expuestas, la Sección Cuarta del Jurado de Autocontrol ACUERDA ... 3.- Instar al anunciante la rectificación de la publicidad objeto del presente procedimiento ************************************************** ************ No tengo la ley a mano, pero seria recomendable, a la hora de realizar la reclamación en la omic, ademas de entregar el acuerdo de "Autocontrol" donde se declara ,que es publicidad engañosa, hacer alusion o acompañar el articulo, donde dice que si un anunciante hace publicidad engañosa para vender sus productos, ademas de rectificar esa publicidad, debe devolver el importe de la compra adquirida mediante esa publicidad. Gracias. |
#8
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De acuerdo, la buscare y la pongo por aquí para que se añada al post principal, así toda documentación junta y ordenada.
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#9
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Partiendo de que muy mal que no se actualizaran a Lolipop esos moviles y tablet, yo no entiendo mucho de estas cosas, pero ay solo dice que la empresa tiene que rectificar y asta donde yo se eso ya lo ha hecho en twitter y un comunicado por algun lado
Y con lo de Confianza online, el mismo comunicado indica que no estan inscritos, pero si que se adhieren al código que tienen de confianza online: http://www.autocontrol.es/pdfs/cod_confianzaonline.pdf No veo en ningun sitio la devolucion del dinero, o igual soy yo que no lo veo (lo e leido y e puesto en busqueda dinero, importe, devolucion,...). Al final pone algo de que perderian la cuota en confianza online si estuvieran inscritos y pierden el sello,y que de este sitio se puede elevar a otro organismo de competencia. |
Gracias de parte de: | ||
#10
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Bueno quitando las parte "subjetiva" del post inicial, Autocontrol, no juzga, ni setencia, solo emite su acuerdo.
El cual si es bueno y valido como prueba fehaciente de que se emitio "publicidad engañosa". Ahora lo que no he encontrado todavia, es ver el plazo para reclamar la devolucion del importe pagado, por emision de publicidad engañosa, ya rectificada, a lo mejor, no tiene periodo de caducidad, o si, eso lo desconozco de momento. |
#11
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Partiendo de que muy mal que no se actualizaran a Lolipop esos moviles y tablet, yo no entiendo mucho de estas cosas, pero ay solo dice que la empresa tiene que rectificar y asta donde yo se eso ya lo ha hecho en twitter y un comunicado por algun lado
Y con lo de Confianza online, el mismo comunicado indica que no estan inscritos, pero si que se adhieren al código que tienen de confianza online: http://www.autocontrol.es/pdfs/cod_confianzaonline.pdf No veo en ningun sitio la devolucion del dinero, o igual soy yo que no lo veo (lo e leido y e puesto en busqueda dinero, importe, devolucion,...). Al final pone algo de que perderian la cuota en confianza online si estuvieran inscritos y pierden el sello,y que de este sitio se puede elevar a otro organismo de competencia. |
#12
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Viendo los plazos de devolución en todos los sitios q he leído, pone de 7 a 14 dias desde la compra.
Pero claro en este caso, la p.e. Ha durado bastantes meses, y también han pasado mas de 14 dias desde q bq hizo publico la no actualización oficial, por lo que el plazo normal de devolución esta fuera. Por ese motivo, dudo que en la tienda/pagina devuelvan nada. Por lo que solo quedarían dos opciones: La primera a través de la omic, aunque sea de forma individual, es la mas rápida y menos costosa La segunda mediante denuncia juzgado, pero ahí si que seria recomendable hacerlo a través de las distintas plataformas. |
#13
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Mmmm ando perdido... entonces bq, ¿Que debe de hacer? ¿Obligado a cambiar el terminal o devolver el dinero?
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#14
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Si hablamos de mediaciones, depende, si están adheridos están obligados a la resolución y si no, pueden aceptarla o no. |
Gracias de parte de: | ||
#15
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Claramente estamos hablando de mediación o juzgado.
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#16
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Esto dice el Artículo 12. Acción de cesación.
1. Podrá ejercitarse la acción de cesación contra las conductas contrarias a lo prevenido por la presente Ley que lesionen intereses tanto colectivos como difusos de los consumidores y usuarios, en la forma y con las condiciones establecidas en la Ley de Enjuiciamiento Civil y en la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios. 2. Estarán legitimados para ejercitar la acción de cesación: a) El Instituto Nacional de Consumo y los órganos o entidades correspondientes de las comunidades autó- nomas y de las corporaciones locales competentes en materia de defensa de los consumidores. b) Las asociaciones de consumidores y usuarios que reúnan los requisitos establecidos en la Ley 26/1984, de 19 de julio, General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios, o, en su caso, en la legislación autonómica en materia de defensa de los consumidores. c) El Ministerio Fiscal. d) Las entidades de otros Estados miembros de la Comunidad Europea constituidas para la protección de los intereses colectivos y de los intereses difusos de los consumidores que estén habilitadas mediante su inclusión en la lista publicada a tal fin en el «Diario Oficial de las Comunidades Europeas». Los jueces y tribunales aceptarán dicha lista como prueba de la capacidad de la entidad habilitada para ser parte, sin perjuicio de examinar si la finalidad de la misma y los intereses afectados legitiman el ejercicio de la acción. Todas las entidades citadas en este artículo podrán personarse en los procesos promovidos por otra cualquiera de ellas, si lo estiman oportuno para la defensa de los intereses que representan. De no estar de acuerdo, podrían personarse esas entidades legitimadas por la ley. Y del resultado podrian desprenderse compensaciones segun dice una disposicion adicional de la ley que dice. En todo caso, el comprador tendrá derecho, de acuerdo con la legislación civil y mercantil, a ser indemnizado por los daños y perjuicios derivados de la falta de conformidad. |
#17
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Vale, pero has querido decir o explicar algo, porque soltar un copia y pega poco aclara, la verdad.
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#18
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#19
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Ya si eso lo se, ¿ pero que deben hacer, imprimir el articulo y acompañarlo al pdf para la reclamación?
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#20
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Una buena noticia pra los consumidores.
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Sopesa, valora, pero nunca seas como el aire que cambia de golpe pero no sabe porqué.
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