Siendo precisos con la normativa:
- Durante los primeros 14 días, y sólo en compras telemáticas, el cliente tiene derecho a ejercer el desistimiento de compra. Es decir, te permiten devolverlo, pero el comercio no está obligado a cambiártelo por otro, para eso puedes devolverlo.
- Pasado ese periodo, y si el producto presenta defectos durante los dos primeros años, el cliente deberá acudir al vendedor para ejercer su derecho de garantía, y este no podrá negársela.
- Sólo en casos como que el vendedor haya cerrado y ya no preste servicio, el producto podrá enviarse directamente al fabricante.
Tampoco impide la norma que puedas llevar, durante los 2 primeros años, el producto directamente al fabricante, pero el cauce natural es primero comercio, segundo fabricante. Hay fabricantes que niegan la recepción del producto cuando un cliente no ha acudido antes al vendedor.