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  #124  
Viejo 30/10/22, 23:55:02
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Zhares35 Zhares35 no está en línea
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Echándo un vistazo rápido a lo que he encontrado de normativa, RD 1619/2012 Reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación, actualizado a 06/2021, en su art. 6 (Requisitos de la factura -> Contenido de las facturas)

 Cita:
f) Descripción de las operaciones, consignándose todos los datos necesarios para la determinación de la base imponible del Impuesto, tal y como ésta se define por los artículos 78 y 79 de la Ley del Impuesto, correspondiente a aquéllas y su importe, incluyendo el precio unitario sin Impuesto de dichas operaciones, así como cualquier descuento o rebaja que no esté incluido en dicho precio unitario
Yo creo que a nadie le costaba consultarlo

Como he dicho en mi anterior comentario, una factura con importe cero NO es lo que puedes esperar cuando te dicen que tienen factura. Para mi, atendiendo al Reglamento, esa factura no me sirve