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caraconejo lo que comentas son casos excepcionalísimos. Generalmente tanto GC, policía local como jueces validan estas grabaciones propias e incluso de terceros en caso de accidente, y te lo digo con conocimiento de causa que trabajo en el sector seguros y llevo ya unas cuantas sentencias al respecto. Otra cosa será cuando estos casos excepcionales (se cuentan con los dedos de una mano) sean recurridos por los sancionados por la AEDP y diversos tribunales sienten jurisprudencia, cosa que por la información que tengo todavía no ha pasado. Sobre todo porque el probatorio de la continuidad en la grabación o el espacio público genera mucha controversia.
Por otro lado, grabar en la vía pública perse no es un delito. La legislación en tema de protección de datos está dirigida en un 80% al códgo civil y poco tiene que ver con el código penal