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Parece lógico pensar que una factura en la que se han tachado datos prescindibles no pierda validez legal, ni ante Hacienda ni de cara a justificar la permanencia en el periodo de garantía del producto.
Que figure un número de cuenta (c.c. bancaria, supongo) no entraña ningún riesgo, es normal comunicarlo en la mayor parte de las transacciones comerciales.
Al SAT le interesa comprobar la fecha de compra para saber si factura al cliente o a quien se haga cargo de la garantía, un contrato privado posterior no le será de ninguna utilidad.
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