Para todos los que queráis llegar al final os dejo esto:
"Para ver si es engañosa una oferta con la vinculación al no agotamiento de las existencias es preciso ponerla en relación con las existencias disponibles, de modo que sería engañosa si éstas no existen en realidad o si el anunciante, de una manera intencionada o por falta de una razonable previsión, no dispone de un stocks suficiente para atender la demanda suscitada por la publicidad, o si no cesa en ésta en el momento de agotarse los productos sobre los que recae, pues lo que se trata de impedir son las ofertas vacías o las ofertas señuelo." Sentencia de la Sección 5ª de la AP de Sevilla de 2009.
En esta sentencia, pese a lo que pueda parecer, no se le da la razón al consumidor, era una campaña de regalos si ibas a un centro comercial o algo así, y cuando se acabaron ya no daban más, NO es un caso idéntico.