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  #15  
Viejo 24/06/12, 18:22:23
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lokindalo lokindalo no está en línea
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 Cita: Originalmente Escrito por jamman Ver Mensaje
Pero la ley dice

Artículo 127. Reparación y servicios posventa.
1. En los productos de naturaleza duradera, el consumidor y usuario tendrá derecho a un adecuado servicio técnico y a la existencia de repuestos durante el plazo mínimo de cinco años a partir de la fecha en que el producto deje de fabricarse.


No dice en ninguna parte que claramente tengan que servir los repuestos al consumidor , sino que ha de tener un servicio técnico con existencias para efectuar la reparación.


Otra cosa es que lo quieras marear y reinterpretar como a ti te interese, pero ellos si que lo pueden interpretar de la forma "no te vendo piezas, si quieres que te lo repare, a mi servicio técnico oficial".












Ahora que si les quieres enviar burofaxes...
He trabajado mas de 30 años en la sección de recambios de un concesionario oficial muy conocido y al leer tu comentario se me atragantaron las palomitas
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