Cita:
Originalmente Escrito por marsu
Sabeis si puedo ir a consumo por las tardes o solo estan por las mañanas?
Y eso de OMIC es lo mismo no ?
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Las OMIC son lo más cercano al ciudadano para estos casos, ellos pasan todo a Consumo, son las Oficinas Municipales de Informacion al Consumidor...
Mirad qué cosas he ido encontrando:
¿Qué es un incumplimiento grave del contrato?
El incumplimiento grave del contrato puede producirse por diferentes motivos. Todos dejan en una situación de indefensión al consumidor, pero los más habituales son:
- Cambio en la tarifa
- Alta en servicios sin consentimiento del cliente
- Cobro de llamadas no realizadas
- Falta de cumplimiento de alguno de los compromisos pactados. Esto puede traducirse en una deficiencia de la calidad pactada, por ejemplo en servicios de navegación por internet.
Si se produce alguna de estas situaciones, el usuario tendrá derecho a abandonar la compañía sin ser penalizado por ello.
La devolución del móvil.
"Si decides abandonar a tu operador móvil por un cambio en las condiciones de contrato, debes saber que también tienes derecho a reclamar el importe de tu teléfono móvil. No obstante, si fue la compañía la que te regaló el aparato, deberás devolverlo", explica Rubén Sánchez, portavoz de
Facua.
"Deberás comunicar a la compañía telefónica, dejando constancia de ello a través de correo electrónico, burofax o fax con reporte, detallan desde
CEACCU.
En tu reclamación no puede faltar:
- Tu voluntad de poner fin al contrato.
- El motivo.
- Instar a la compañía de que se abstenga de hacerte cualquier tipo de cargo como penalización o de incluirte en fichero de solvencia patrimonial.