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Viejo 13/06/25, 15:54:24
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Originalmente Escrito por Noticias Ver Mensaje
Multa de 70.000€ a empresa por añadir a empleada a WhatsApp en vacaciones






La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) ha sancionado con 70.000 euros a una empresa por vulnerar el derecho a la desconexión digital de una trabajadora que no quería formar parte de grupos de WhatsApp corporativos usando su número personal. El caso pone de relieve los límites del uso de herramientas como WhatsApp en el entorno laboral, especialmente cuando se utilizan sin consentimiento y durante periodos de vacaciones. La trabajadora comunicó a la empresa, tanto verbalmente como por correo electrónico, su deseo de abandonar todos los grupos laborales de WhatsApp antes de iniciar sus vacaciones. La compañía, que le había prometido un móvil corporativo que nunca llegó a entregar, volvió a añadirla a uno de estos grupos mientras estaba de vacaciones. Poco después, fue despedida. En la denuncia, la empleada aportó pruebas claras, como capturas de pantalla y correos electrónicos, que demostraban su negativa a seguir utilizando su número personal con fines laborales. La AEPD considera que la empresa incumplió el Reglamento General de Protección de Datos (RGPD) al tratar los datos personales de la trabajadora sin base legal suficiente. Además, recalca que durante los periodos de descanso, como las vacaciones, debe respetarse el derecho a la intimidad y a la desconexión digital. La multa inicial fue de 70.000 euros, aunque se redujo a 42.000 euros por pronto pago. Este caso refuerza la creciente tendencia legal que defiende que nadie puede ser obligado a formar parte de grupos laborales con su teléfono privado, especialmente si ha manifestado su negativa y más aún cuando está fuera del horario laboral o de vacaciones.



fuente
Todo este tipo de multas, siempre me parecerá poco.

Saludos y buenas tardes, compañeros.
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