Para bloquear el acceso a Telegram, Pedraz ha hecho uso del artículo 141 de la Ley de Protección Intelectual, que, efectivamente, recoge entre sus medidas la suspensión del servicio de aplicaciones. Ahora bien, señala Adsuara, «esto solo tiene sentido cuando se trata de un servicio dedicado exclusivamente a piratería», y todos los usuarios saben que Telegram no es solo eso. Por mucho que se utilice para compartir contenido protegido por derechos de autor, como podrían ser partidos deportivos, series o películas.
«Una red social se puede usar para muchas otras cosas protegidas por la libertad de expresión y de comunicación y por el derecho de la información», apunta el jurista. Desde su punto de vista, posiblemente, habría tenido más sentido poner multas a Telegram hasta que compartiese la información solicitada.