Ver Mensaje Individual
  #5  
Viejo 21/02/23, 11:34:19
Array

[xs_avatar]
Bluasen Bluasen no está en línea
Usuario muy activo
 
Fecha de registro: abr 2022
Mensajes: 634
Tu operador: -

 Cita: Originalmente Escrito por rubensd Ver Mensaje
Según el Artículo 253 de la 'Sección 2.ª bis que han citado en la noticia, quedarte con el dinero no es apropiación indebida. Ahí pone que el dinero te lo entregan con la condición de que lo tienes que devolver y si no lo haces sí que es apropiación indebida, pero un pago con Bizum no está destinado a ser devuelto, por tanto te lo puedes quedar, a no ser que haya otra ley distinta que lo prohíba.
Pero si la persona que te lo envío te lo pide de vuelta y no lo haces, ya cumpliría lo de que es para devolver y no lo haces. ¿No?
Responder Con Cita