Vale para usted la perra gorda. Pero en cuanto a su recomendación de leer el Reglamento General de Circulación le puedo asegurar que sobre este le puedo dar bastantes lecciones veo que sobre todo en su Capitulo III Art. 17 y 18, que efectivamente y como ya ha quedado expuesto en este foro son bastante ambiguos y por lo tanto sujetos a distintas interpretaciones la última por cierto a criterio de los jueces.
Un saludo
