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Viejo 01/12/21, 13:02:15
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bisco bisco no está en línea
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 Cita: Originalmente Escrito por jhsc1986 Ver Mensaje
Yo lo veo perfecto, todo lo que sea quitar la vista de la carretera, malo.
Yo uso mucho la pantalla, pero cuando arrancas, la preparas, tu musica, gps etc...
Creo que no hay que estar tocando mientras conduces

Eso ya estaba regulado anteriormente en el artículo 18 del Reglamento General de Circulación.
Te voy a poner el RDL339/1990 (ojo, que está derogado, lo digo por el tema de la regulación anterior) Artículo 65.4.g: Son infracciones graves, cuando no sean constitutivas de delito, las conductas tipificadas en esta Ley referidas a: g) Conducir utilizando manualmente dispositivos de telefonía móvil, navegadores o cualquier otro sistema de comunicación, así como utilizar mecanismos de detección de radares o cinemómetros.

La cosa es un poco más diabólica de lo que parece, precisamente cuando los fabricantes están retirando los controles analógicos...y ojo, que estando parado en un semáforo, aun sin moverse el vehículo se considera que estás en circulación. Si estás parado en un semáforo, tienes delante un camión que suelta porquería y activas la recirculación del aire, ahí tienes los 200 euros y 3 puntos.


El tema está en la atención y la debida diligencia a la conducción, cosa que siempre ha estado regulada; es absolutamente lógico que si alguien se pone a trastear con el móvil/gps o con lo que sea mientras va circulando por ahí sea sancionado...pero la sobreregulación que se viene haciendo da pie a que te puedan proponer para sanción absolutamente por todo.


Así que en lugar de congratularse, habrá que ver primero qué publican, cómo lo hacen y cómo exactamente van a regular comportamientos/actuaciones que ya estaban regulados antes
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Gracias de parte de: