A mí lo que me hace gracia es que Italia le sacude 10.000.000€ de sanción por publicidad engañosa, pero los usuarios no pueden reclamar por esa publicidad engañosa.
Alegan que el contrato de compra lo pone y que por lo tanto no se puede reclamar... Ostia. ¿Y entonces esa publicidad engañosa ya no es engañosa? ¿Acaso has firmado las condiciones de esa garantía? ¿No es como cualquier otra cláusula limitativa de derechos que debe ser firmada para tener validez o en caso contrario es nula de pleno derecho?
Recaudan sus 10.000.000€ y si un usuario ha sumergido si iPhone y se le estropea se jode y no se lo reparan y no puede decir que la publicidad engañosa le ha engañado...
En resumen: ¡La administración a lo suyo!