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Viejo 03/12/20, 11:52:59
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painkilleriwantout
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 Cita: Originalmente Escrito por Sr_Lobo Ver Mensaje
A mí lo que me hace gracia es que Italia le sacude 10.000.000€ de sanción por publicidad engañosa, pero los usuarios no pueden reclamar por esa publicidad engañosa.

Alegan que el contrato de compra lo pone y que por lo tanto no se puede reclamar... Ostia. ¿Y entonces esa publicidad engañosa ya no es engañosa? ¿Acaso has firmado las condiciones de esa garantía? ¿No es como cualquier otra cláusula limitativa de derechos que debe ser firmada para tener validez o en caso contrario es nula de pleno derecho?

Recaudan sus 10.000.000€ y si un usuario ha sumergido si iPhone y se le estropea se jode y no se lo reparan y no puede decir que la publicidad engañosa le ha engañado...

En resumen: ¡La administración a lo suyo!
Como las clausulas suelo cuando los prestamos, me recuerda a eso exactamente.
Reconocen lo que quieren, con la excusa de que el banco quiebra si devuelve todo.
Como si alguien se creyese que quiebra!!
Una vida para que te den la razón y para luego solo poder reclamar como en los cotos, últimos cinco años creo que eran y los demás a tomar por culo sin un gracias por su contribución y si una sonrisa de descojono hacia ti.
Cachondeo total, pues esto es lo mismo.

Si se mete multa por publicidad engañosa, con todas las consecuencias porque saben perfectamente lo que hacen.

Y es de derecho que se reconozca que el usuario pueda reclamar después de demostrar otro organismo eso.
Que no es lo que publicitan, porque no me hago responsable por escrito si se moja. Lo cual no es lo mismo que tu publicidad dice que se puede hacer.

Te jodes y a pagar.
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