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Viejo 02/03/20, 14:20:50
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 Cita: Originalmente Escrito por Falcon_ Ver Mensaje
Deja de decir tonterías. Desde cuando si te devuelven la pasta nada más saber que es un error es una estafa, deja de alucinar hombre [emoji1787]
Claro, xq tú tienes la certeza de que es un error. Pues vaya error que se repite de vez en cuando en distintas plataformas mediante vendedores externos que utilizan la plataforma en este caso de Fnac para vender.

Lo mejor no es que la Junta Arbitral haya sentenciado lo expuesto. Es que fnac se ha defendido aludiendo a un error y presentó como pruebas de que había comentarios en las redes mofándose del error y no hablando de fuera una ganga.
La Junta arbitral expuso que eso no eran elementos para probar la buena fe del consumidor, ni probaban el error. Y más cuando fnac tiene una cuenta de socio, y que esa oferta provoca captación de clientes para fnac, no solo vender un producto...
Fnac tb se excusa en comportamientos del mercado y demás...pero no aporta ninguna prueba de la existencia del error.

Me resulta muy curioso que antes estás cosas no salian adelanten y el consumidor directamente se jodía, siendo víctima de una estafa.

Por su parte, la Junta culpa a Fnac de su falta de diligencia, eso significa que acusa a Fnac de actuar de mala fe, o en perjuicio.

Y si quieren vayan por lo penal y recurran lo que de deseen.

La primera en la frente que reciben estos vendedores tras los cambios en el ministerio de consumo. Y ojalá exista de verdad un respaldo al consumidor...

Y te copio el Art del Cpenal para que sepas que es una estafa. Que veo que con lo que escribes, anda algo perdido, y dudo que te molestes en buscar nada.

Cometen estafa los que, con ánimo de lucro, utilizaren engaño bastante para producir error en otro, induciéndolo a realizar un acto de disposición en perjuicio propio o ajeno.

2. También se consideran reos de estafa:

a) Los que, con ánimo de lucro y valiéndose de alguna manipulación informática o artificio semejante, consigan una transferencia no consentida de cualquier activo patrimonial en perjuicio de otro.

b) Los que fabricaren, introdujeren, poseyeren o facilitaren programas informáticos específicamente destinados a la comisión de las estafas previstas en este artículo.

c) Los que utilizando tarjetas de crédito o débito, o cheques de viaje, o los datos obrantes en cualquiera de ellos, realicen operaciones de cualquier clase en perjuicio de su titular o de un tercero.
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