Y alguien que nos ilumine en esto?
(4) En caso de robo y – en caso de que se haya contratado hurto, el asegurador asumirá una participación en los costes según la cobertura contratada para la sustitución por un dispositivo del mismo tipo y prestaciones.
(5) La participación en los costes estará limitada a los costes de sustitución por un dispositivo del mismo tipo y prestaciones realmente causados, y ascenderá como máximo al valor actual del dispositivo asegurado en el momento del siniestro.
Porque me surgen dudas con lo que nos comentas digitos69