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Viejo 25/08/11, 10:03:37
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Krahen Krahen no está en línea
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Muchas gracias por las respuestas..veamos si lo he entendido..

Según parece hay una pequeña laguna donde no se sabe muy bien lo q es legal o no..

  • Si tienes uno ingresos superiores a 3000€/mes date de alta como autónomo si o si.
  • Si tienes unos ingresos mensuales inferiores al salario mínimo interprofesional en principio no haría falta darse de alta como autónomo ni en la seguridad social (siempre que ya la estés cotizando por otro lado) pero sí habría que darse de alta en hacienda y hacer la declaración de iva trimestralmente.. y la del IRPF se puede hacer tb trimestralmente o anual en tu declaración de la renta..aunque para evitarse lios, mejor trimestralmente junto con la del IVA.
  • Finalmente, si tus ingresos mensuales estan entre el rango de las dos anteriores.. digamos..que te arriesgas.. puede q la SS no te busque las cosquillas o puede que sí.. luego en ppio tb sería recomendable hacerse autónomo.
Por favor corregirme si me he equivocado!!!

Y otra cosilla, Iliberis ha escrito:

 Cita:
Con retenciones o sin ellas, el 20% del beneficio, y el IVA. Al precio del programa le quitamos el IVA, las comisiones de Google, etc... y de lo que queda, el 20% se lo ingresamos a Hacienda puntualmente cada 3 meses. Si hubiera retenciones, por hacer un trabajo para alguien en particular, se restan del total de ese 20%. En caso de salir negativo, nos lo devuelven en la declaracion de la renta.
Esto me ha despistado..quiere decir que el precio final que nosotros indicamos en el market para la venta de apicaciones ya lleva incluido el IVA.. es decir si x ejemplo yo pongo mi aplicación a 1€. Al usuario se le cobraría 1€ impuestos incluidos que luego se me descuentan a mí..o es 1€ +18% lo que pagaría el comprador???

Gracias de nuevo!
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