Cita:
Originalmente Escrito por Fundio
Si nos leemos las normas de Motorola, cosa que pocos hacen y no cuesta tanto y ya lo he dicho en varios hilos, pero una vez más lo vuelvo a decir, Motorola te dice el código de desbloqueo del bootloader si así lo solicitas pero a cambio pierdes la garantía en cuanto te lo dan, aunque luego no lo utilices, y aún habrá alguien que no se lo creerá, pues que lea las normas de Motorola
|
Esas condiciones van en contra de la ley, ahora te explico porqué. Si puedes demostrar que no has utilizado el código y no has manipulado el software, la ley te protege en todo y cualquier caso.
Legalmente, y sin que ninguna otra disposición contractual (o condición general) pueda decir lo contrario, tienes un periodo de 6 meses en el que ellos DEBEN DEMOSTRAR que el defecto ha sido por tu culpa. No vale una duda razonable, tienen que demostrarlo. Después de esos 6 meses, aun podrían tener que cargar con la reparación si tu puedes demostrar que el defecto no ha sido por tu culpa, que era preexistente.
Aunque lo abras y hagas todas las modificaciones que quieras, eso NO significa que pierdas la garantía: en los 6 meses primeros tendrán que demostrarlo, y aún después, si puedes demostrar que no tuvo incidencia en el defecto del aparato, están obligados a reparar. Digan lo que digan, el texto refundido lo dice bien clarito. Otra cosa es que ellos, en su infinita picaresca, decidan presumir que por hacer eso has manipulado el móvil y eso ha creado el defecto cosa completamente contra legem.
Y sí, se perfectamente lo que dicen sus condiciones, pero estas no pueden ir NUNCA, JAMÁS, en contra de lo dispuesto en el TRLGDCU, y este te garantiza que si tu puedes demostrar que el defecto es preexistente a la venta del producto, sí o sí te lo cubren.
¿Cual seria el problema? Años de jueces hasta tener una sentencia favorable salvo que Motorola este adherida al sistema arbitral de consumo. Pero ojo, los únicos que están haciendo algo ilegal son ellos porque añado cómo último apunte EL CONSUMIDOR O USUARIO NO PUEDE RENUNCIAR A LA DERECHOS DE GARANTÍA LEGALMENTE PREVISTOS POR EL TRLGDCU ni mediante contrato, ni mediante pacto, ni cláusulas generales de contratación, ni porque amenacen con asesinar a su familia si no lo hace.
PD: estudio derecho, es mi último año, e hice el examen de esto hace dos semanas.