jepborland
06/08/14, 11:02:32
Hola.
Para que no os llaméis a error os pongo como funciona la ley de garantías en este bendito país.
Los famosos 14 días de rescisión de contrato compromiso (devolución) solo es para compras realizadas fuera de un local comercial, es decir WEB, a distancia, etc, siempre que no sean productos personalizados o que de los que se pueda realizar copia, CD, DVD, etc.
Una vez el producto comprado a salido del local de compra es propiedad del cliente y salvo que el vendedor lo publicite (lo ponga en la publicidad) la garantía es del fabricante, es decir el vendedor no tiene más obligación que la que marca la ley, mandar el producto al fabricante y que este decida que hacer si repararlo o cambiarlo por otro nuevo, no tienen obligación ni el vendedor ni el fabricante de cambiarlo,solo de una reparación perfecta. A partir de los 15 días el vendedor puede decir que la garantía es directa del fabricante por lo que es el cliente quien se ha de poner en contacto con el fabricante.
Conclusión: si os pasa como a mi y os toca un terminal G3 con tonos amarillos os lo coméis con patatas, estoy esperando que dice el fabricante o en este caso SAT.
Imaginaros que os compráis un Smart TV de 42" y después de irse el repartidor se os apaga por sobrecalentamiento, los colores no se ven blancos o pierde los canales, etc, si el vendedor no quiere tendréis que llamar al SAT.
Todo esto es después de presentar una queja a la Agencia Catalana de Consumo, los que se han portado muy bien respondiéndome antes de las 24 horas e informándome siempre muy correctamente de como funciona las leyes del consumidor en España.
Juan Emilio
Para que no os llaméis a error os pongo como funciona la ley de garantías en este bendito país.
Los famosos 14 días de rescisión de contrato compromiso (devolución) solo es para compras realizadas fuera de un local comercial, es decir WEB, a distancia, etc, siempre que no sean productos personalizados o que de los que se pueda realizar copia, CD, DVD, etc.
Una vez el producto comprado a salido del local de compra es propiedad del cliente y salvo que el vendedor lo publicite (lo ponga en la publicidad) la garantía es del fabricante, es decir el vendedor no tiene más obligación que la que marca la ley, mandar el producto al fabricante y que este decida que hacer si repararlo o cambiarlo por otro nuevo, no tienen obligación ni el vendedor ni el fabricante de cambiarlo,solo de una reparación perfecta. A partir de los 15 días el vendedor puede decir que la garantía es directa del fabricante por lo que es el cliente quien se ha de poner en contacto con el fabricante.
Conclusión: si os pasa como a mi y os toca un terminal G3 con tonos amarillos os lo coméis con patatas, estoy esperando que dice el fabricante o en este caso SAT.
Imaginaros que os compráis un Smart TV de 42" y después de irse el repartidor se os apaga por sobrecalentamiento, los colores no se ven blancos o pierde los canales, etc, si el vendedor no quiere tendréis que llamar al SAT.
Todo esto es después de presentar una queja a la Agencia Catalana de Consumo, los que se han portado muy bien respondiéndome antes de las 24 horas e informándome siempre muy correctamente de como funciona las leyes del consumidor en España.
Juan Emilio