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Slowest
15/05/13, 11:06:41
Solo dejar constancia de los impuestos aduaneros actuales para compras por internet.
Saludos.

Fuente: Agencia Tributaria - Gobierno de españa

Procedimientos aduaneros

> Declaración de compras por Internet y envíos de particulares (http://www.agenciatributaria.es/AEAT.internet/Inicio_es_ES/Aduanas_e_Impuestos_Especiales/Procedimientos_Aduaneros/Declaracion_de_compras_por_Internet_y_envios_de_pa rticulares.shtml)

La introducción de mercancías en Península, Baleares y Canarias procedente de terceros países, Ceuta o Melilla, está sujeta al pago de derechos de importación, IVA o IGIC (Canarias) y, en su caso, Impuestos Especiales y requiere la presentación de una declaración de importación (DUA).
Los particulares que realicen compras por internet o reciban envíos de particulares que superen las franquicias existentes, pueden realizar la declaración aduanera a través de la Sede Electrónica de la AEAT, siempre que dispongan de certificado digital.
Este servicio es gratuito, debiendo el particular satisfacer a la AEAT exclusivamente, los derechos de aduana e IVA (en Canarias se ingresará el IGIC al Gobierno de Canarias). Estos importes son INDEPENDIENTES de los que cargue el operador postal o de transporte.

Para poder realizar esta declaración, los particulares deben solicitar a SU OPERADOR POSTAL O DE TRANSPORTE el número de declaración sumaria/partida y la documentación comercial que acompañe el envío.

Salvo que el interesado indique expresamente la clasificación arancelaria aplicable a las mercancías importadas, se aplicarán una clasificación genérica que supone la aplicación de los siguientes tipos: arancel 2,5%; IVA 21%; IGIC 7%.


Valor del envío
Impuestos a pagar
Porcentaje general aplicable[1] (http://www.agenciatributaria.es/AEAT.internet/Inicio_es_ES/Aduanas_e_Impuestos_Especiales/Procedimientos_Aduaneros/common/session/#_ftn1)

Compras por internet (remitente es una empresa)
Menor o igual que 22 euros
Exento de arancel e IVA
0 % arancel
0 % IVA

Mayor que 22 y menor o igual que 150 euros
Exento de arancel pero sujeto a IVA
0 % arancel
21 % IVA

Mayor de 150 euros
Sujeto a arancel e IVA
2,5 % arancel
21 % IVA

Envíos entre particulares
Menor o igual que 45 euros
Exento de arancel e IVA
0 % arancel
0 % IVA

Mayor que 45 euros
Sujeto a arancel e IVA
2,5 % arancel
21 % IVA


[1] (http://www.agenciatributaria.es/AEAT.internet/Inicio_es_ES/Aduanas_e_Impuestos_Especiales/Procedimientos_Aduaneros/common/session/#_ftnref1) Estos porcentajes en caso de que el particular no indique la clasificación arancelaria que corresponde a las mercancías, en cuyo caso, se aplicarán las cantidades correspondientes a la misma.



Tutorial del Formulario Simplificado (https://www.agenciatributaria.gob.es/static_files/AEAT_Sede/tramites/DB01/MANUAL_DE_UTILIZACION_DEL_FORMULARIO_SIMPLIFICADO. pdf)http://www.agenciatributaria.es/common/img/icos/ico_sede.gif
Puede tramitar (https://www1.agenciatributaria.gob.es/L/inwinvoc/es.aeat.dit.adu.adip.present.cnt.CPostalesInter)ht tp://www.agenciatributaria.es/common/img/icos/ico_sede.gifhttp://www.agenciatributaria.es/common/img/icos/ico_certi.gif

warzo
15/05/13, 12:13:45
Buena información, gracias. :ok:

Tanner2
02/06/13, 15:56:07
Muchas gracias, muy útil.
Hay algún sitio donde detalle el impuesto aplicable a cada tipo de envío (ejemplo óptica 14%, electrónica 22%)
Este es el impuesto general si no lo detallas tu.

Verni
02/06/13, 20:19:05
no soy español pero buena informaciòn,