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08/04/22, 01:00:31
El artículo 18.1, o cómo la DGT puede multarte por cambiar la radio aunque no aparezca en la Ley de Tráfico

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Leemos en xataka.com
"La última reforma de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial ha traído algunos cambios en los castigos por el uso el teléfono móvil y el cinturón de seguridad como medidas más destacadas. Este último cambio ha permitido solucionar una duda recurrente entre los conductores pero no otras. Además de los cambios para los patinetes o la prohibición de contar con un detector de radar en el coche, la nueva redacción de la Ley especifica en su artículo 76 que será una infracción grave "utilizar, sujetándolo con la mano, o manteniéndolo ajustado entre el casco y la cabeza del usuario, dispositivos de telefonía móvil mientras se conduce, conducir utilizando manualmente dispositivos de telefonía móvil en condiciones distintas a las anteriores, conducir utilizando manualmente navegadores o cualquier otro medio o sistema de comunicación, así como llevar en los vehículos mecanismos de detección de radares o cinemómetros"."

fuente: xataka.com (https://www.xataka.com/movilidad/articulo-18-1-como-dgt-puede-multarte-cambiar-radio-no-aparezca-ley-trafico)

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08/04/22, 01:00:31
https://www.xataka.com/movilidad/articulo-18-1-como-dgt-puede-multarte-cambiar-radio-no-aparezca-ley-trafico

https://www.xataka.com/movilidad/articulo-18-1-como-dgt-puede-multarte-cambiar-radio-no-aparezca-ley-trafico

xmigoll
08/04/22, 06:40:39
No se pueden soltar las manos del volante. Ya tá. Pero desde hace años ya que para eso están los botones en el volante.
Pero para esto y para los que llevan el móvil en mano aunque no lo usen... :risitas:

karchax
08/04/22, 07:52:07
Afán recaudatorio puro y duro. Eso sí, fumar se puede fumar lo que quiera, que eso no distrae.

xmigoll
08/04/22, 07:56:23
Afán recaudatorio puro y duro. Eso sí, fumar se puede fumar lo que quiera, que eso no distrae.No se puede fumar, ni beber, ni comer, ni todas aquellas cosas que te hagan soltar las manos del volante. Que no te estén multando porque hacen la vista gorda, no quiere decir que se pueda.
Y fumar es una de las actividades más peligrosas que hay conduciendo...

Denny Crane
08/04/22, 08:05:00
Como siempre, quedamos a expensas de lo que el agente que nos toque considere. Ya ni subir el volumen de la radio se va a poder.

xmigoll
08/04/22, 08:07:26
Como siempre, quedamos a expensas de lo que el agente que nos toque considere. Ya ni subir el volumen de la radio se va a poder.Es que tampoco se puede manipular la radio si no tienes manos libres en el volante.
Y sí, muchas veces depende lo que en ese momento considere el agente por eso es mejor ser sincero, amable y que sea lo que dios o la santa inquisición quiera.

Denny Crane
08/04/22, 08:10:45
Es que tampoco se puede manipular la radio si no tienes manos libres en el volante.
Y sí, muchas veces depende lo que en ese momento considere el agente por eso es mejor ser sincero, amable y que sea lo que dios o la santa inquisición quiera.Si la DGT me paga el volante con botones yo encantado, pero se dedica a lo que se dedica. Como también esa jugada de multar por llevar el volumen del coche muy alto. Ese ente que podría ser súper útil para la ciudadanía y eficaz en el aumento de la seguridad vial con una estrategia global siempre trabaja en la misma única dirección.

xmigoll
08/04/22, 08:16:06
Si la DGT me paga el volante con botones yo encantado, pero se dedica a lo que se dedica. Como también esa jugada de multar por llevar el volumen del coche muy alto. Ese ente que podría ser súper útil para la ciudadanía y eficaz en el aumento de la seguridad vial con una estrategia global siempre trabaja en la misma única dirección.Estemos de acuerdo o no, que es indiferente, las normas están claras. Otra cosa es lo que nos parezca bien o mal.
Todas aquellas acciones que sean necesarias para la conducción, cambiar marchas, freno de mano, starter, pueden ser utilizadas mientras de conduce pero la radio, el aire acondicionado, fumar, las ventanillas, los espejos retrovisores, etcétera, no pueden modificarse o utilizarse una vez que has emprendido la marcha.
Es obligación del conductor estar debidamente preparado cuando comenzamos a circular.
La radio entiendo que si Comoras una y no tiene mando para poner en el volante, homologado, simplemente no podrás usarla en marcha.

julian.j
08/04/22, 08:18:32
No se puede fumar, ni beber, ni comer, ni todas aquellas cosas que te hagan soltar las manos del volante. Que no te estén multando porque hacen la vista gorda, no quiere decir que se pueda.
Y fumar es una de las actividades más peligrosas que hay conduciendo...
Totalmente de acuerdo. No se pueden soltar las manos del volante si no es para alguna actuación imprescindible para la conducción (manejar la caja de velocidades) ni llevar a cabo ninguna actividad que suponga una distracción en la conducción.

xmigoll
08/04/22, 08:21:34
Totalmente de acuerdo. No se pueden soltar las manos del volante si no es para alguna actuación imprescindible para la conducción (manejar la caja de velocidades) ni llevar a cabo ninguna actividad que suponga una distracción en la conducción.Eso es. Con esto no estoy diciendo que esté de acuerdo con todas estas normas, algunas me parecen absurdas sin entrar en detalles, pero es lo que hay.
Y me parece bien que nos metan mano porque si no esto es un cachondeo.

Denny Crane
08/04/22, 08:24:52
Estemos de acuerdo o no, que es indiferente, las normas están claras. Otra cosa es lo que nos parezca bien o mal.
Todas aquellas acciones que sean necesarias para la conducción, cambiar marchas, freno de mano, starter, pueden ser utilizadas mientras de conduce pero la radio, el aire acondicionado, fumar, las ventanillas, los espejos retrovisores, etcétera, no pueden modificarse o utilizarse una vez que has emprendido la marcha.
Es obligación del conductor estar debidamente preparado cuando comenzamos a circular.
La radio entiendo que si Comoras una y no tiene mando para poner en el volante, homologado, simplemente no podrás usarla en marcha.Las normas no están escritas en piedra y pueden ser un error. El hecho de que algo sea una norma no lo hace correcto o inmejorable. Anda que no se han echado atrás normas o incluso leyes en la vida. Sólo comentarlo.

A mí no me parece que esté a la misma altura ponerte a cambiar los espejos retrovisores que cambiar la emisora de radio o subir el volumen. Quizás soy un afortunado pero yo subo cambio el volumen de la radio o cambiar la emisora sin dejar de mirar la carretera y dejando el volante con una mano un tiempo inferior al que lo dejo cuando cambio una marcha, por ejemplo.

Otra cosa es la gente que se pone a hablar por teléfono o mandar WhatsApp mientras conduce, eso es temerario sin duda. O los que se ponen a configurar el GPS o el BT de la radio porque se les ha olvidado ponerlo antes de arrancar. Ahí sí que me parece que se está realizando una acción peligrosa en la carretera.

En fin, sólo espero que entre los agentes se imponga el sentido común a la hora de aplicar la normativa.

xmigoll
08/04/22, 08:29:25
Las normas no están escritas en piedra y pueden ser un error. El hecho de que algo sea una norma no lo hace correcto o inmejorable. Anda que no se han echado atrás normas o incluso leyes en la vida. Sólo comentarlo.

A mí no me parece que esté a la misma altura ponerte a cambiar los espejos retrovisores que cambiar la emisora de radio o subir el volumen. Quizás soy un afortunado pero yo subo cambio el volumen de la radio o cambiar la emisora sin dejar de mirar la carretera y dejando el volante con una mano un tiempo inferior al que lo dejo cuando cambio una marcha, por ejemplo.

Otra cosa es la gente que se pone a hablar por teléfono o mandar WhatsApp mientras conduce, eso es temerario sin duda. O los que se ponen a configurar el GPS o el BT de la radio porque se les ha olvidado ponerlo antes de arrancar. Ahí sí que me parece que se está realizando una acción peligrosa en la carretera.

En fin, sólo espero que entre los agentes se imponga el sentido común a la hora de aplicar la normativa.Ya, por supuesto, pero las normas -equivocadas o correctas- son la diferencia entre anarquía y una sociedad ordenada.
Y a partir de aquí entramos en la famosa frase del: "yo controlo... no pasa nada" hasta que pasa.
Anda que no he visto empleados de mi suegro que precisamente por cosas parecidas a esta han volcado bañeras, retros o grúas.

Denny Crane
08/04/22, 08:43:50
Ya, por supuesto, pero las normas -equivocadas o correctas- son la diferencia entre anarquía y una sociedad ordenada.
Y a partir de aquí entramos en la famosa frase del: "yo controlo... no pasa nada" hasta que pasa.
Anda que no he visto empleados de mi suegro que precisamente por cosas parecidas a esta han volcado bañeras, retros o grúas.Yo he visto también a gente con las dos manos en el volante tener accidentes de todo tipo. En fin, esto es fácilmente llevable hasta el infinito pero creo que no sería productivo ni el objetivo.

Me parece respetable que, aunque te creas que las normas estén mal o no tengan sentido, aplaudas que nos metan mano porque si no qué puede ser esto.

Por mi parte prefiero tener una normativa lógica, funcional y correcta. Así que si sacan normativas nuevas y veo algo que me chirría lo criticaré, como puede ser que habiliten multarte por tener el volumen muy alto en el coche o por cambiar la emisora de la radio. Más aún cuando la lógica es ponerlo a la misma altura de conductas al volante altamente peligrosas como configurar los retrovisores en marcha.

Y es lo que tienen los foros, que son puntos de encuentro donde la gente muestra sus opiniones, que no tienen porqué coincidir, acerca de un tema y se puede dar un debate en torno a ese tema. Creo que nuestras opiniones están claras.

Buen día, compañero del foro.

xmigoll
08/04/22, 08:57:00
Yo he visto también a gente con las dos manos en el volante tener accidentes de todo tipo. En fin, esto es fácilmente llevable hasta el infinito pero creo que no sería productivo ni el objetivo.

Me parece respetable que, aunque te creas que las normas estén mal o no tengan sentido, aplaudas que nos metan mano porque si no qué puede ser esto.

Por mi parte prefiero tener una normativa lógica, funcional y correcta. Así que si sacan normativas nuevas y veo algo que me chirría lo criticaré, como puede ser que habiliten multarte por tener el volumen muy alto en el coche o por cambiar la emisora de la radio. Más aún cuando la lógica es ponerlo a la misma altura de conductas al volante altamente peligrosas como configurar los retrovisores en marcha.

Y es lo que tienen los foros, que son puntos de encuentro donde la gente muestra sus opiniones, que no tienen porqué coincidir, acerca de un tema y se puede dar un debate en torno a ese tema. Creo que nuestras opiniones están claras.

Buen día, compañero del foro.Solamente te diré que se me acaba de caer un calcetín al jardín mientras tendía, cosa que he hecho toda la vida y en muy diferentes sitios.
Igualmente.

Denny Crane
08/04/22, 09:05:49
Solamente te diré que se me acaba de caer un calcetín al jardín mientras tendía, cosa que he hecho toda la vida y en muy diferentes sitios.
Igualmente.Que sea lo peor que pase.

Jasaky
08/04/22, 09:11:21
Estemos de acuerdo o no, que es indiferente, las normas están claras. Otra cosa es lo que nos parezca bien o mal.
Todas aquellas acciones que sean necesarias para la conducción, cambiar marchas, freno de mano, starter, pueden ser utilizadas mientras de conduce pero la radio, el aire acondicionado, fumar, las ventanillas, los espejos retrovisores, etcétera, no pueden modificarse o utilizarse una vez que has emprendido la marcha.
Es obligación del conductor estar debidamente preparado cuando comenzamos a circular.
La radio entiendo que si Comoras una y no tiene mando para poner en el volante, homologado, simplemente no podrás usarla en marcha.

En otro post te luciste sobre el funcionamiento de un coche.

Nuevamente te vuelves a lucir sobre el desconocimiento total de lo que se puede y no hacer al volante. Algunos deberíais volver a la autoescuela, es más, cada 5 años volver a examinarse.

Ahora resulta que voy conduciendo en invierno, se empañan los espejos y no los puedo calefactar (sabrás que se apagan automáticamente pasado un tiempo, no siempre van encendidos en la mayoría de modelos) o la misma luna frontal o laterales, según tu lógica aplastante con la que vas aleccionando a los demás lo lógico es seguir conduciendo empañado, y esperar a que se empañe aun mas hasta no ver nada ya que no se puede manipular el aire, pues nada, cuando no veamos paramos en mitad de la autopista porque ni el arcén veremos para parar.

Todo muy lógico en la cabecita de algunos.

Lo impresionante de todo esto es cuando opináis sin conocer el código de circulación siquiera.

El artículo 18 es más viejo que el tebeo, es el artículo comodín para multar a criterio del agente por cosas como no ir calzado (que no está prohibido por cierto) o llevar ropa voluminosa y cosas así, cosas sueltas en el asiento del copiloto etc.

No hay ningún elemento en el salpicadero del coche que no puedas utilizar mientras conduces, entre otras cosas porque están homologados para ello.

xmigoll
08/04/22, 09:17:55
Que sea lo peor que pase.Que sí, pero, ¿y si me descuido manipulando la radio aunque solo sea una vez, me subo a la acera y mato a alguien?
Y es verdad, el riesgo cero no existe pero una cosa es tener un accidente siguiendo las nomas, lamentablemente el riesgo cero no existe, y otra haciendo lo que sabemos no se puede.

carapapa
08/04/22, 09:31:50
Que injustisia Dio mio!!!!!

molina22
08/04/22, 10:31:53
Tenían que ser más duros con los que no ponen intermitentes , se saltan pasos de cebra , stops , invaden carriles, etc etc..

AldeWeibryn
08/04/22, 11:07:43
En otro post te luciste sobre el funcionamiento de un coche.

Nuevamente te vuelves a lucir sobre el desconocimiento total de lo que se puede y no hacer al volante. Algunos deberíais volver a la autoescuela, es más, cada 5 años volver a examinarse.

Ahora resulta que voy conduciendo en invierno, se empañan los espejos y no los puedo calefactar (sabrás que se apagan automáticamente pasado un tiempo, no siempre van encendidos en la mayoría de modelos) o la misma luna frontal o laterales, según tu lógica aplastante con la que vas aleccionando a los demás lo lógico es seguir conduciendo empañado, y esperar a que se empañe aun mas hasta no ver nada ya que no se puede manipular el aire, pues nada, cuando no veamos paramos en mitad de la autopista porque ni el arcén veremos para parar.

Todo muy lógico en la cabecita de algunos.

Lo impresionante de todo esto es cuando opináis sin conocer el código de circulación siquiera.

El artículo 18 es más viejo que el tebeo, es el artículo comodín para multar a criterio del agente por cosas como no ir calzado (que no está prohibido por cierto) o llevar ropa voluminosa y cosas así, cosas sueltas en el asiento del copiloto etc.

No hay ningún elemento en el salpicadero del coche que no puedas utilizar mientras conduces, entre otras cosas porque están homologados para ello.


Totalmente de acuerdo contigo, vaya forma más descarada tiene el chaval ese de justificar el abuso de poder y las restricciones de libertades sin ningún motivo lógico más allá del afán reacudatorio. Hay una diferencia muy grande entre lo legal y lo justo. El problema es que vivimos en una sociedad demasiado cómoda que prefiere la sumision al análisis y la autocrítica.


Esa norma es vergonzosa y los que la defienden tmbién...

Moreta
08/04/22, 11:16:18
Tenían que ser más duros con los que no ponen intermitentes , se saltan pasos de cebra , stops , invaden carriles, etc etc..
Exactamente, el intermitente, ese gran desconocido.
Por no hablar del mal uso de las largas, o el que pita por todo...

xmigoll
08/04/22, 11:58:52
Exactamente, el intermitente, ese gran desconocido.

Por no hablar del mal uso de las largas, o el que pita por todo...Es un error el del intermitente que cometemos todos. Sobre todo al salir de las rotondas que no suele indicar ni Perry.
Aquí entono el mea culpa. Es algo que no suelo hacer.

molina22
08/04/22, 12:15:16
Exactamente, el intermitente, ese gran desconocido.
Por no hablar del mal uso de las largas, o el que pita por todo...

En vez de eso se fijan si vas tocando la radio o no

pozainax
08/04/22, 12:54:18
Es muy lógico que no te multen por subir el volumen de la radio. Pero las leyes tienen que ser explícitas. Dónde ponemos el medidor de lo que puedes o no hacer en la radio, subir el volumen, cambiar de emisora, programar las emisoras, conectar el móvil por bt, ponemos en la ley todas las funcionalidades de nuestras radios, y más ahora con android auto...Pues eso, la ley indica que se debe conducir con ambas manos en el volante, y si se retiran es para realizar una acción que tenga que ver con la conducción como cambiar de marcha. Queda a discreción del agente considerar que la acción que estás realizando pueda ser peligrosa y constitutiva de sanción.

Denny Crane
08/04/22, 13:03:59
Que sí, pero, ¿y si me descuido manipulando la radio aunque solo sea una vez, me subo a la acera y mato a alguien?
Y es verdad, el riesgo cero no existe pero una cosa es tener un accidente siguiendo las nomas, lamentablemente el riesgo cero no existe, y otra haciendo lo que sabemos no se puede.

Ah, vale, ya entiendo tu argumento: como el riesgo cero no existe cualquier medida que se tome tiene que ser válida y aplaudida ya que todo vale. Pues yo discrepo y no lo veo así, creo que la DGT toma medidas correctas y otras que no lo son.

Por cierto, espero que cuando se te cayó el calcetín al menos fuera siguiendo las normas porque así parece ser que duele menos.

Tenían que ser más duros con los que no ponen intermitentes , se saltan pasos de cebra , stops , invaden carriles, etc etc..

Por ejemplo. Aunque para esto los primeros que tenían que ponerse más aplicados serían los propios agentes porque de ver a patrullas de la GC, CNP y Policía Local hacer mal las rotondas, no usar los intermitentes, no respetar la disciplina de carril o hacer STOP como si fuera un ceda el paso tengo los ojos cansados.

Los que no fallan suelen ser los coches de autoescuela; en esa fase es cuando aún no tenemos vicios adquiridos al volante y tendemos a hacerlo todo bien.

xmigoll
08/04/22, 13:05:06
Repetido.

xmigoll
08/04/22, 13:05:46
Ah, vale, ya entiendo tu argumento: como el riesgo cero no existe cualquier medida que se tome tiene que ser válida y aplaudida ya que todo vale. Pues yo discrepo y no lo veo así, creo que la DGT toma medidas correctas y otras que no lo son.



Por cierto, espero que cuando se te cayó el calcetín al menos fuera siguiendo las normas porque así parece ser que duele menos.







Por ejemplo. Aunque para esto los primeros que tenían que ponerse más aplicados serían los propios agentes porque de ver a patrullas de la GC, CNP y Policía Local hacer mal las rotondas, no usar los intermitentes, no respetar la disciplina de carril o hacer STOP como si fuera un ceda el paso tengo los ojos cansados.



Los que no fallan suelen ser los coches de autoescuela; en esa fase es cuando aún no tenemos vicios adquiridos al volante y tendemos a hacerlo todo bien.:risitas:

xmigoll
08/04/22, 13:16:10
Es muy lógico que no te multen por subir el volumen de la radio. Pero las leyes tienen que ser explícitas. Dónde ponemos el medidor de lo que puedes o no hacer en la radio, subir el volumen, cambiar de emisora, programar las emisoras, conectar el móvil por bt, ponemos en la ley todas las funcionalidades de nuestras radios, y más ahora con android auto...Pues eso, la ley indica que se debe conducir con ambas manos en el volante, y si se retiran es para realizar una acción que tenga que ver con la conducción como cambiar de marcha. Queda a discreción del agente considerar que la acción que estás realizando pueda ser peligrosa y constitutiva de sanción.Acabas de engrosar la lista de las personas que no permiten a los demás ejercer sus libertades.
Eres un fascista que lo sepas y no soy yo el que te lo llama.
Esto tan sencillo de entender, no, no les da la gana de comprender y razonar.
Qué pena de país.

Denny Crane
08/04/22, 13:54:36
El artículo 18 es más viejo que el tebeo, es el artículo comodín para multar a criterio del agente por cosas como no ir calzado (que no está prohibido por cierto) o llevar ropa voluminosa y cosas así, cosas sueltas en el asiento del copiloto etc.

Uno del grupo de amigos es policía y un día le pregunté por lo que comentas de conducir descalzo, que me aclarara a ver si estaba permitido o no ya que había oído opiniones de todo tipo y gente que decía que le habían multado por ir descalzo o con chanclas y otra gente que le habían parado yendo descalzo/chanclas porque volvían de la playa y que no les habían multado.

En esencia me respondió lo que tú comentas: es un comodín ya que es muy poco específico el artículo ya que habla de condiciones/actitudes no aptas o adecuadas para la conducción. Así que básicamente me dijo que según el agente que te pare te pueden multar o no, si el que te para considera que ese calzado (o la ausencia del mismo) no es adecuado para conducir pues te casca la multa pero si considera que es adecuado no te multa.

Lo de las multas por volumen alto de la radio funcionan igual, si no tienen un aparato medidor queda a criterio del agente de policía.

tetsuoshima41
08/04/22, 14:16:59
Uno del grupo de amigos es policía y un día le pregunté por lo que comentas de conducir descalzo, que me aclarara a ver si estaba permitido o no ya que había oído opiniones de todo tipo y gente que decía que le habían multado por ir descalzo o con chanclas y otra gente que le habían parado yendo descalzo/chanclas porque volvían de la playa y que no les habían multado.

En esencia me respondió lo que tú comentas: es un comodín ya que es muy poco específico el artículo ya que habla de condiciones/actitudes no aptas o adecuadas para la conducción. Así que básicamente me dijo que según el agente que te pare te pueden multar o no, si el que te para considera que ese calzado (o la ausencia del mismo) no es adecuado para conducir pues te casca la multa pero si considera que es adecuado no te multa.

Lo de las multas por volumen alto de la radio funcionan igual, si no tienen un aparato medidor queda a criterio del agente de policía.




Esto es España y la policía tiene presunción de veracidad. Vamos, que si solo está tu palabra y la suya, gana él siempre, y si le estás grabando también te podrían multar por la ley mordaza (no sé cómo estará ahora este tema, la verdad)


Yo conozco las normas y las respeto, pero soy consciente de que la ley es tan ambigua como el criterio del agente al aplicarla, pero no puedo exigir en ningún momento su "no aplicación" como derecho

Por suerte al menos esto no es EEUU, que te disparan primero y luego ya veremos qué pasa

Un saludo

mataespesa
08/04/22, 15:40:23
Esto es España y la policía tiene presunción de veracidad. Vamos, que si solo está tu palabra y la suya, gana él siempre

Sí, pero no.

Me explico, aunque creo que ya lo he comentado alguna vez: Una Semana Santa, me pararon unos agentes de movilidad en la Castellana en Madrid por supuestamente circular "haciendo zig-zag", según ellos, cuando la realidad es que simplemente les adelanté cuando iban hablando entre ellos a velocidad muy reducida.

Entre cambios de impresiones, me subí al coche con la multa mientras les dije que la iba a recurrir por denuncia falsa y me dijeron con mucha chulería que ellos tenían presunción de veracidad.

Unos días más tarde me llegó una citación del juzgado porque me habían denunciado ellos a mi por insultos (según ellos les dije "que os den por culo, gilipollas).

Otra falsedad más.

Pues bien: ni tienen presunción de veracidad ni nada: Salí absuelto porque no había pruebas suficientes y, con la sentencia en la mano, recurrí la multa y me la quitaron.

Denny Crane
08/04/22, 16:35:11
Sí, pero no.



Me explico, aunque creo que ya lo he comentado alguna vez: Una Semana Santa, me pararon unos agentes de movilidad en la Castellana en Madrid por supuestamente circular "haciendo zig-zag", según ellos, cuando la realidad es que simplemente les adelanté cuando iban hablando entre ellos a velocidad muy reducida.



Entre cambios de impresiones, me subí al coche con la multa mientras les dije que la iba a recurrir por denuncia falsa y me dijeron con mucha chulería que ellos tenían presunción de veracidad.



Unos días más tarde me llegó una citación del juzgado porque me habían denunciado ellos a mi por insultos (según ellos les dije "que os den por culo, gilipollas).



Otra falsedad más.



Pues bien: ni tienen presunción de veracidad ni nada: Salí absuelto porque no había pruebas suficientes y, con la sentencia en la mano, recurrí la multa y me la quitaron.Macho, que pongan tu nombre a la plaza de tu pueblo o barrio porque con esa gesta has hecho méritos para ello de sobra.

Anda que no han caído en este país multas basándose únicamente en el testimonio de agentes de policía.

tetsuoshima41
08/04/22, 16:36:53
Sí, pero no.

Me explico, aunque creo que ya lo he comentado alguna vez: Una Semana Santa, me pararon unos agentes de movilidad en la Castellana en Madrid por supuestamente circular "haciendo zig-zag", según ellos, cuando la realidad es que simplemente les adelanté cuando iban hablando entre ellos a velocidad muy reducida.

Entre cambios de impresiones, me subí al coche con la multa mientras les dije que la iba a recurrir por denuncia falsa y me dijeron con mucha chulería que ellos tenían presunción de veracidad.

Unos días más tarde me llegó una citación del juzgado porque me habían denunciado ellos a mi por insultos (según ellos les dije "que os den por culo, gilipollas).

Otra falsedad más.

Pues bien: ni tienen presunción de veracidad ni nada: Salí absuelto porque no había pruebas suficientes y, con la sentencia en la mano, recurrí la multa y me la quitaron.


Claro ejemplo este de ambigüedad de la ley. Tuviste suerte, me alegro

Un saludo

fermintm
08/04/22, 18:43:07
El problema está en que las normas parece que solo existen para nosotros. Ellos las incumplen continuamente.
Carreteras en mal estado, señalizaciones ilegales, pasos de peatones elevados que parecen puertos de montaña o pintados de color rojo, blanco y negro. Carriles bici rojos pintados sobre la vía. Arcenes pintados conpletamente de rojo, Invención de señalización, cojin berlines(ilegal ya que puede desviar la trayectoria de vehículos de 2 ruedas)... Y así podría estar todo el día.
Es más, ayer en Bilbao. Con dos cojones un coche camuflado de la policía en doble fila sin señalizar con las luces y echando multas.
No se, creo que piensan que son intocables pero tienen los mismos deberes de cumplir con las normas y constitución cómo nosotros y denunciar ilegalidades como podría hacerlo cualquier particular.


1419702

Resident_
09/04/22, 10:46:45
Direccion General de Tráfico.
Cuidamos de la seguridad de que el dinero de tu bolsillo acabe en las arcas del Estado.
Tu seguridad nos importa una mierda.

cuatrilenio
09/04/22, 17:01:39
Afán recaudatorio puro y duro. Eso sí, fumar se puede fumar lo que quiera, que eso no distrae.

Eso mismo iba a decir yo. :risitas:

julian.j
10/04/22, 09:56:16
En otro post te luciste sobre el funcionamiento de un coche.

Nuevamente te vuelves a lucir sobre el desconocimiento total de lo que se puede y no hacer al volante. Algunos deberíais volver a la autoescuela, es más, cada 5 años volver a examinarse.

Ahora resulta que voy conduciendo en invierno, se empañan los espejos y no los puedo calefactar (sabrás que se apagan automáticamente pasado un tiempo, no siempre van encendidos en la mayoría de modelos) o la misma luna frontal o laterales, según tu lógica aplastante con la que vas aleccionando a los demás lo lógico es seguir conduciendo empañado, y esperar a que se empañe aun mas hasta no ver nada ya que no se puede manipular el aire, pues nada, cuando no veamos paramos en mitad de la autopista porque ni el arcén veremos para parar.

Todo muy lógico en la cabecita de algunos.

Lo impresionante de todo esto es cuando opináis sin conocer el código de circulación siquiera.

El artículo 18 es más viejo que el tebeo, es el artículo comodín para multar a criterio del agente por cosas como no ir calzado (que no está prohibido por cierto) o llevar ropa voluminosa y cosas así, cosas sueltas en el asiento del copiloto etc.

No hay ningún elemento en el salpicadero del coche que no puedas utilizar mientras conduces, entre otras cosas porque están homologados para ello.

Lo siento mucho pero no estoy de acuerdo con usted.
Mientras se conduce no se pueden soltar las manos del volante salvo para acciones relacionadas con la conducción (cambiar de marcha, subir y bajar las ventanillas, accionar el desempañamiento de los cristales, y pocos más), no todo lo que esta situado en el salpicadero esta homologado para manejarlo mientras se conduce, el navegador por ejemplo.
Es cierto que el articulo 18 puede parecer un comodín, pero esta pensado para usar el sentido común, llevar ropa voluminosa disminuye la efectividad del cinturón de seguridad, llevar objetos sueltos en el interior del habitáculo en caso de accidente pueden producir lesiones irreversibles, comer o beber mientras se conduce provoca que no se preste atención a la carretera, etc, etc, etc. Normalmente los guardias saben distinguir y distinguen cuando alguna de estas acciones están suponiendo un peligro tanto para el que las comete como para los demás usuarios de la vía, y ojo he visto una denuncia por ir con el brazo fuera de la ventanilla en verano.

Jasaky
10/04/22, 13:30:51
Lo siento mucho pero no estoy de acuerdo con usted.
Mientras se conduce no se pueden soltar las manos del volante salvo para acciones relacionadas con la conducción (cambiar de marcha, subir y bajar las ventanillas, accionar el desempañamiento de los cristales, y pocos más), no todo lo que esta situado en el salpicadero esta homologado para manejarlo mientras se conduce, el navegador por ejemplo.
Es cierto que el articulo 18 puede parecer un comodín, pero esta pensado para usar el sentido común, llevar ropa voluminosa disminuye la efectividad del cinturón de seguridad, llevar objetos sueltos en el interior del habitáculo en caso de accidente pueden producir lesiones irreversibles, comer o beber mientras se conduce provoca que no se preste atención a la carretera, etc, etc, etc. Normalmente los guardias saben distinguir y distinguen cuando alguna de estas acciones están suponiendo un peligro tanto para el que las comete como para los demás usuarios de la vía, y ojo he visto una denuncia por ir con el brazo fuera de la ventanilla en verano.
Me parece perfecto que no estés de acuerdo, pero solo estás dando tu opinión y en este caso es irrelevante para determinar lo que se puede hacer y lo que no.

Se pueden soltar las manos del volante para manejar las distintas cosas del salpicadero.

El navegador está homologado para conducir ya que si no lo has manipulado solamente podrás hacer determinadas acciones en el una vez estas en movimiento, y nunca será la introducción de texto por ejemplo, para eso se puede hacer por voz o estando parado en los modelos más antiguos.

Pero que si no estás de acuerdo con esto, puedes escribir un Twitt preguntando a la DGT y gustosamente te contestaran.

Otra opción es leer el código de circulación claro esta, pero visto lo visto es bastante complicado.

xmigoll
10/04/22, 14:26:22
:risitas:

NixxxoN
10/04/22, 15:57:45
Por esa regla de tres tampoco se puede cambiar de marcha, subir o bajar ventanillas, apagar o encender los limpias, las luces... Yo no entiendo como sigue estando ahi al mando de la DGT Pere Navarro, deberían sacarlo de ahí y meterlo directamente al manicomio

Sr_Vash
10/04/22, 16:22:17
Por eso están fabricando cada vez más coches automáticos. Cambiar de marcha en un cambio manual acabará siendo infracción.

julian.j
11/04/22, 08:31:25
Me parece perfecto que no estés de acuerdo, pero solo estás dando tu opinión y en este caso es irrelevante para determinar lo que se puede hacer y lo que no.

Se pueden soltar las manos del volante para manejar las distintas cosas del salpicadero.

El navegador está homologado para conducir ya que si no lo has manipulado solamente podrás hacer determinadas acciones en el una vez estas en movimiento, y nunca será la introducción de texto por ejemplo, para eso se puede hacer por voz o estando parado en los modelos más antiguos.

Pero que si no estás de acuerdo con esto, puedes escribir un Twitt preguntando a la DGT y gustosamente te contestaran.

Otra opción es leer el código de circulación claro esta, pero visto lo visto es bastante complicado.

Vale para usted la perra gorda. Pero en cuanto a su recomendación de leer el Reglamento General de Circulación le puedo asegurar que sobre este le puedo dar bastantes lecciones veo que sobre todo en su Capitulo III Art. 17 y 18, que efectivamente y como ya ha quedado expuesto en este foro son bastante ambiguos y por lo tanto sujetos a distintas interpretaciones la última por cierto a criterio de los jueces.
Un saludo

Moreta
11/04/22, 09:49:10
Supongamos que voy a 120Km/h en una autovía y que, en un momento dado, estornudo.
Cierro los ojos por ese movimiento involuntario 1 segundo (creo que es imposible estornudar y dejar los ojos abiertos), recorriendo la friolera de 33m con los ojos cerrados...
¿Puede el señor agente de la autoridad multarme por no prestar atención en la conducción?

Ya no hablo de los posibles daños colaterales del estornudo, como los mocos colgando o limpiarte la camiseta con una mano o la bronca de la parienta por haber estornudado.

Jasaky
11/04/22, 10:15:27
Vale para usted la perra gorda. Pero en cuanto a su recomendación de leer el Reglamento General de Circulación le puedo asegurar que sobre este le puedo dar bastantes lecciones veo que sobre todo en su Capitulo III Art. 17 y 18, que efectivamente y como ya ha quedado expuesto en este foro son bastante ambiguos y por lo tanto sujetos a distintas interpretaciones la última por cierto a criterio de los jueces.
Un saludo

Para saber tanto como para poder ir dando lecciones les veo a ustedes inventando e improvisando mucho.

Espero ansioso los artículos en los que se prohíbe soltar las manos para manipular la radio, el aire, rascarse la cabeza, sacarse un moco o encender un cigarro.

Aquí espero.

m1ja1l
11/04/22, 10:50:59
Algunos decís cosas tremendamente pueriles y demostráis no tener ni pajolera idea de cómo funciona una norma jurídica.

Una ley es una disposición de carácter general, se aprueba para establecer una norma aplicable a una generalidad de casos, y lógicamente no puede dar respuesta por sí sola a todas y cada una de las circunstancias particulares que pueden darse en cada caso concreto. Si un artículo de la Ley de Tráfico regula las cosas que no se pueden hacer mientras vas conduciendo un vehículo a motor, a la fuerza tiene que estar redactada en unos términos lo suficientemente abiertos, de forma que al ser aplicada el operador tenga un cierto margen interpretativo. De no ser así el artículo que regula las cosas que no se pueden hacer sería interminable y encima daría lugar a consecuencias absurdas e injustas, porque es imposible enumerar de forma taxativa todas las cosas que no se pueden hacer al volante por generar peligro de distracción.

No se trata de recaudar ni de dar un "comodín" a los agentes para que te puedan multar cuando quieran, entre otras cosas porque no necesitan ningún comodín, si te quieren multar lo van a hacer inventándose cualquier pretexto. Se trata de que los conductores no se distraigan al volante, y el fundamento de la norma es de lógica aplastante, cosa distinta es que en la vida real te puedas encontrar agentes de tráfico que la apliquen de forma absurda e injusta, pero eso es imposible de evitar. Lo que sí se puede hacer es recurrir ante los tribunales las multas injustas, que sí, está claro que es un coñazo, pero no exista otra manera de hacerlo.

Saludos

xmigoll
11/04/22, 11:44:56
Supongamos que voy a 120Km/h en una autovía y que, en un momento dado, estornudo.
Cierro los ojos por ese movimiento involuntario 1 segundo (creo que es imposible estornudar y dejar los ojos abiertos), recorriendo la friolera de 33m con los ojos cerrados...
¿Puede el señor agente de la autoridad multarme por no prestar atención en la conducción?

Ya no hablo de los posibles daños colaterales del estornudo, como los mocos colgando o limpiarte la camiseta con una mano o la bronca de la parienta por haber estornudado.¿Te van a multar si sufres de un ataque al corazón mientras conduces?
Jurídicamente vas a ser responsable de los daños que ocasiones, el seguro se hará cargo, pero no te van a quitar ni puntos ni te va a suponer un quebranto en tu libertad, por norma general. Excluido quedan todas las recomendaciones o prohibiciones que vengan dadas por instituciones médicas a la persona que sufre ese accidente vascular.
Aquí hay dos cosas claras, nos parezca o no correcto. Cuando tengamos que apartar las manos del volante, para lo o que sea y no esté relacionado con la conducción directa, debemos interrumpir la conducción en un lugar que no suponga peligro para los demás usuarios de las vías.
Si se nos cae un móvil y lo cojenos conduciendo, sanción, si tengo que todas co. La mano el GPS aunque sea para decir que sí, sanción, si me entran ganas de beber y pego un trato, sanción.
Hay que dejar de lado lo que creemos que está bien con lo que la ley dice.
No estoy de acuerdo con la ley de los 20 kmh para adelantar, pero hay que respetarla porque si no, sanción.

Jasaky
11/04/22, 11:49:01
Algunos decís cosas tremendamente pueriles y demostráis no tener ni pajolera idea de cómo funciona una norma jurídica.

Una ley es una disposición de carácter general, se aprueba para establecer una norma aplicable a una generalidad de casos, y lógicamente no puede dar respuesta por sí sola a todas y cada una de las circunstancias particulares que pueden darse en cada caso concreto. Si un artículo de la Ley de Tráfico regula las cosas que no se pueden hacer mientras vas conduciendo un vehículo a motor, a la fuerza tiene que estar redactada en unos términos lo suficientemente abiertos, de forma que al ser aplicada el operador tenga un cierto margen interpretativo. De no ser así el artículo que regula las cosas que no se pueden hacer sería interminable y encima daría lugar a consecuencias absurdas e injustas, porque es imposible enumerar de forma taxativa todas las cosas que no se pueden hacer al volante por generar peligro de distracción.

No se trata de recaudar ni de dar un "comodín" a los agentes para que te puedan multar cuando quieran, entre otras cosas porque no necesitan ningún comodín, si te quieren multar lo van a hacer inventándose cualquier pretexto. Se trata de que los conductores no se distraigan al volante, y el fundamento de la norma es de lógica aplastante, cosa distinta es que en la vida real te puedas encontrar agentes de tráfico que la apliquen de forma absurda e injusta, pero eso es imposible de evitar. Lo que sí se puede hacer es recurrir ante los tribunales las multas injustas, que sí, está claro que es un coñazo, pero no exista otra manera de hacerlo.

Saludos
Ejemplo:

"Articulo 18-3: se prohíbe hacer uso de funciones no esenciales para la conducción durante la misma."

Lo que buscan esos artículos no es lo que se comenta en este hilo, porque es un absurdo literal, no puede ser una norma tan abierta para algo supuestamente tan crucial y prohibido.

Se está atribuyendo a una norma cosas que no le corresponden, sobre todo por cosas que no son denunciarles bajo ningún concepto, ni a criterio del agente me va a poder denunciar por subir el volumen o por poner el aire, es de psiquiátrico pensar lo contrario.

Para otras cosas si hay artículos bien detallados con lo que se puede y lo que no, y más fuera del código de circulación.

julian.j
11/04/22, 12:26:00
Para saber tanto como para poder ir dando lecciones les veo a ustedes inventando e improvisando mucho.

Espero ansioso los artículos en los que se prohíbe soltar las manos para manipular la radio, el aire, rascarse la cabeza, sacarse un moco o encender un cigarro.

Aquí espero.

A ver si podemos terminar ya con esta conversación, voy a intentar explicárselo de la forma más simple posible.

NO HAY NIGUN ARTICULO EN EL REGLAMENTO GENERAL DE CIRCULACION QUE PROHIBAN EXPRESAMENTE LAS ACTUACIONES QUE USTED INDICA.

Pero todas esas actuaciones se pueden englobar, (y aquí viene el problema), a criterio del señor guardia en los Artículos 17 y 18 del mencionado reglamento, en el momento que el piense que usted no esta prestando la debida atención a la conducción.
Pero ya veo que la mejor forma de que usted lo entienda no es la explicación que yo le pueda dar, el que mejor se lo va a explicar es mi primo el guardia cuando un día le denuncie por ejemplo por: ir comiendo, bebiendo, fumando, rascándose la oreja, sacándose un moco, o llevar el brazo por fuera de la ventanilla, por poner algunos ejemplos.

Jasaky
11/04/22, 12:35:30
A ver si podemos terminar ya con esta conversación, voy a intentar explicárselo de la forma más simple posible.

NO HAY NIGUN ARTICULO EN EL REGLAMENTO GENERAL DE CIRCULACION QUE PROHIBAN EXPRESAMENTE LAS ACTUACIONES QUE USTED INDICA.

Pero todas esas actuaciones se pueden englobar, (y aquí viene el problema), a criterio del señor guardia en los Artículos 17 y 18 del mencionado reglamento, en el momento que el piense que usted no esta prestando la debida atención a la conducción.
Pero ya veo que la mejor forma de que usted lo entienda no es la explicación que yo le pueda dar, el que mejor se lo va a explicar es mi primo el guardia cuando un día le denuncie por ejemplo por: ir comiendo, bebiendo, fumando, rascándose la oreja, sacándose un moco, o llevar el brazo por fuera de la ventanilla, por poner algunos ejemplos.

A tu primo el guardia le deseo suerte en los juicios, la va a necesitar, y mucho tiempo para acudir a los juzgados por cada denuncia que ponga, para que al final, sin aportar ninguna prueba se las tumben todas. TODAS.

m1ja1l
11/04/22, 13:03:27
Ejemplo:

"Articulo 18-3: se prohíbe hacer uso de funciones no esenciales para la conducción durante la misma."

Lo que buscan esos artículos no es lo que se comenta en este hilo, porque es un absurdo literal, no puede ser una norma tan abierta para algo supuestamente tan crucial y prohibido.

Se está atribuyendo a una norma cosas que no le corresponden, sobre todo por cosas que no son denunciarles bajo ningún concepto, ni a criterio del agente me va a poder denunciar por subir el volumen o por poner el aire, es de psiquiátrico pensar lo contrario.

Para otras cosas si hay artículos bien detallados con lo que se puede y lo que no, y más fuera del código de circulación.
No estoy seguro de haber comprendido bien el sentido de tu mensaje, compi. :pensando:

El artículo 18.1 del Reglamento de Circulación (que no 18.3) es bastante claro, el conductor está obligado a mantener la libertad de movimientos, el campo necesario de visión y la atención permanente a la conducción para garantizar la seguridad de la circulación.

¿Te pueden multar por manejar la radio o el aire acondicionado manualmente mientras conduces? Bueno, puede resultar jurídicamente discutible, el artículo 75 de la Ley de Tráfico considera infracción leve "incumplir la obligación de los conductores de estar en todo momento en condiciones de controlar su vehículo" y el artículo 76 califica como infracción grave "Conducir utilizando cualquier tipo de casco de audio o auricular conectado a aparatos receptores o reproductores de sonido u otros dispositivos que disminuyan la atención permanente a la conducción" y también "conducir utilizando manualmente navegadores o cualquier otro medio o sistema de comunicación". Al final es como todo, en última instancia si recurres la multa lo decide un juez y su decisión dependerá mucho de que se logre o no probar que el conductor no estaba prestando atención permanente a la conducción, pero desde luego no me parece descabellado.

Insisto, no se puede pretender que la ley sea tan exhaustiva de recoger todos y cada uno de los supuestos que pueden darse con total precisión. No es lo mismo apartar la mano diez centímetros del volante para girar la rueda de volumen de la radio sin apartar la mirada de la circulación ni una centésima de segundo que ponerte a enredar con la pantalla táctil para buscar un "temazo" entre todas tus listas de favoritos de Spotify desviando la mirada de la carretera durante varios segundos, creo que es una cuestión de elemental sentido común.

No reduzcamos las cosas al absurdo, a nadie le van a multar por activar la función de desempañado de un parabrisas que está lleno de vaho, y si a algún policía descerebrado se le ocurre denunciar por ese motivo es casi seguro que recurriendo a la vía judicial se anule la sanción. Pero de ello tampoco se puede deducir que no te pueden multar por apartar la mirada de la carretera varios segundos para toquetear con los menús de configuración del coche, en general está prohibido realizar cualquier actividad que no permita prestar atención permanente a la conducción.

Saludos

Jasaky
11/04/22, 15:43:40
No estoy seguro de haber comprendido bien el sentido de tu mensaje, compi. :pensando:

El artículo 18.1 del Reglamento de Circulación (que no 18.3) es bastante claro, el conductor está obligado a mantener la libertad de movimientos, el campo necesario de visión y la atención permanente a la conducción para garantizar la seguridad de la circulación.

¿Te pueden multar por manejar la radio o el aire acondicionado manualmente mientras conduces? Bueno, puede resultar jurídicamente discutible, el artículo 75 de la Ley de Tráfico considera infracción leve "incumplir la obligación de los conductores de estar en todo momento en condiciones de controlar su vehículo" y el artículo 76 califica como infracción grave "Conducir utilizando cualquier tipo de casco de audio o auricular conectado a aparatos receptores o reproductores de sonido u otros dispositivos que disminuyan la atención permanente a la conducción" y también "conducir utilizando manualmente navegadores o cualquier otro medio o sistema de comunicación". Al final es como todo, en última instancia si recurres la multa lo decide un juez y su decisión dependerá mucho de que se logre o no probar que el conductor no estaba prestando atención permanente a la conducción, pero desde luego no me parece descabellado.

Insisto, no se puede pretender que la ley sea tan exhaustiva de recoger todos y cada uno de los supuestos que pueden darse con total precisión. No es lo mismo apartar la mano diez centímetros del volante para girar la rueda de volumen de la radio sin apartar la mirada de la circulación ni una centésima de segundo que ponerte a enredar con la pantalla táctil para buscar un "temazo" entre todas tus listas de favoritos de Spotify desviando la mirada de la carretera durante varios segundos, creo que es una cuestión de elemental sentido común.

No reduzcamos las cosas al absurdo, a nadie le van a multar por activar la función de desempañado de un parabrisas que está lleno de vaho, y si a algún policía descerebrado se le ocurre denunciar por ese motivo es casi seguro que recurriendo a la vía judicial se anule la sanción. Pero de ello tampoco se puede deducir que no te pueden multar por apartar la mirada de la carretera varios segundos para toquetear con los menús de configuración del coche, en general está prohibido realizar cualquier actividad que no permita prestar atención permanente a la conducción.

Saludos
Simplemente me estaba inventando otro artículo en el cual quedaría marcada la prohibición de todo lo mencionado anteriormente en el hilo, que sería tan sencillo como eso para dirimir el asunto.

Ese artículo no existe porque no hay nada que prohibir en ese aspecto, el 18.1 está para cuando la gente ya se columpia y hace subnormalidades al volante, como pueda ser ir comiendo un menú del burguer King, fumando una cachimba o sumando con un ábaco, para eso está ese artículo , no para lo que vienen proponiendo por ahí detrás que parece que hay que ir de A Coruña a Cádiz aguantando la respiración y sin parpadear.

m1ja1l
11/04/22, 17:06:30
Simplemente me estaba inventando otro artículo en el cual quedaría marcada la prohibición de todo lo mencionado anteriormente en el hilo, que sería tan sencillo como eso para dirimir el asunto.

Ese artículo no existe porque no hay nada que prohibir en ese aspecto, el 18.1 está para cuando la gente ya se columpia y hace subnormalidades al volante, como pueda ser ir comiendo un menú del burguer King, fumando una cachimba o sumando con un ábaco, para eso está ese artículo , no para lo que vienen proponiendo por ahí detrás que parece que hay que ir de A Coruña a Cádiz aguantando la respiración y sin parpadear.
Entre el blanco (ir de A Coruña a Cádiz aguantando la respiración y sin parpadear) y el negro (ir comiendo un menú del Burger King, fumando una cachimba o sumando con un ábaco) existe una infinita gama de grises, algunos son aceptables y otros no lo son, es tan sencillo como eso.

Cambiar de emisora de la radio o subir el volumen usando los mandos del volante o girando una ruedecilla sin apartar la vista de la carretera es aceptable, pero ponerte a cacharrear y a realizar búsquedas en el Spotify usando una pantalla táctil si te distrae o te obliga a apartar la vista de la carretera ya no es tan aceptable. Esto debería ser fácil de entender, yendo en un coche a 120 km/h al desviar la mirada de la carretera un par de segundos recorres unos 70 metros, si te encuentras con una retención imprevista eso puede ser la diferencia entre dar un frenazo y llevarte un susto o estamparte contra el coche que te precede.

Todos los que llevamos un cierto tiempo conduciendo hemos cometido en ocasiones pequeñas imprudencias de este tipo (y el que no, que tire la primera piedra), pero hay que concienciarse en tratar de evitarlas por todos los medios, ya sea pidiendo al acompañante que realice la búsqueda del tema que te apetece poner o bien parando un minuto en un área de descanso para hacerlo tú mismo si vas solo o bien fastidiándote y escuchando la música que se está reproduciendo sin cambiar nada. No me considero un Flanders de la vida, insisto, yo también he hecho estas cosas, pero sé que está mal, intento evitarlas y si me ponen una multa por hacerlas no me voy a quejar.

Saludos

xmigoll
11/04/22, 17:28:35
EN aquel tiempo, Jesús se retiró al monte de los Olivos. Al amanecer se presentó de nuevo en el templo, y todo el pueblo acudía a él, y, sentándose, les enseñaba.
Los escribas y los fariseos le traen una mujer sorprendida en adulterio, y, colocándola en medio, le dijeron:
«Maestro, esta mujer ha sido sorprendida en flagrante adulterio. La ley de Moisés nos manda apedrear a las adúlteras; tú, ¿qué dices?».
Le preguntaban esto para comprometerlo y poder acusarlo.
Pero Jesús, inclinándose, escribía con el dedo en el suelo.
Como insistían en preguntarle, se incorporó y les dijo:
«El que esté sin pecado, que le tire la primera piedra».
E inclinándose otra vez, siguió escribiendo.

De entre la muchedumbre, como flotando por encima de las cabezas de los asistentes, apareció una gran piedra, gigantesca, pesada, siendo lanzada contra la adúltera provocando su muerte.
Jesucristo levantó la cabeza y mirando a si madre gritó: "¿Cuántas veces he de decirte madre, que no me lleves la contraria en público?"