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#1
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Movistar varía las condiciones de contrato --> Fuera planazo
Buenas,
con la factura de Movistar de este mes me he encontrado con una variación de las condiciones de contrato del tipo "las llamadas dirigidas a números de servicios de redireccionamiento de llamadas o que impliquen la concentración o transformación del tráfico serán tarificadas al precio estándar de pago por uso vigente en cada momento" Aparte de no entender a que viene ese cambio(¿alguien lo sabe?) nos permite cambiar el contrato sin penalización (que no acabar con la permanencia). Por lo que esta tarde tras casi 1 hora de llamada al 1004, una baja que al final se ha anulado y 2 operadoras que me han engañado (por incompetencia o a proposito) he podido quitarme el internet y el planazo de Movistar, quedándome en 9 euros de consumo mínimo. Luego he dejado el internet porque ya me he acostumbrado a tenerlo, pero aún así he bajado mi factura de 30 € a 20 € (sin iva) |
Gracias de parte de: | ||
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#2
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¿Cómo? O sea, que has visto que han cambiado las condiciones del contrato, has llamado al 1004 y ¿que les has dicho? ¿Que tenias derecho a cambiarte de contrato sin penalización, por modificar las condiciones? ¿Y al cabo de varias llamadas has logrado que te pasasen del planado (19,90€/mes) a un contrato de 9€/mes?
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#3
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Buenas,
con la factura de Movistar de este mes me he encontrado con una variación de las condiciones de contrato del tipo "las llamadas dirigidas a números de servicios de redireccionamiento de llamadas o que impliquen la concentración o transformación del tráfico serán tarificadas al precio estándar de pago por uso vigente en cada momento" Aparte de no entender a que viene ese cambio(¿alguien lo sabe?) nos permite cambiar el contrato sin penalización (que no acabar con la permanencia). Por lo que esta tarde tras casi 1 hora de llamada al 1004, una baja que al final se ha anulado y 2 operadoras que me han engañado (por incompetencia o a proposito) he podido quitarme el internet y el planazo de Movistar, quedándome en 9 euros de consumo mínimo. Luego he dejado el internet porque ya me he acostumbrado a tenerlo, pero aún así he bajado mi factura de 30 € a 20 € (sin iva) Muchísimo más barato y sin coñadas de esas....... Por cierto, esto que tiene que ver con SGS????? Saludos |
#4
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Imagino que los que sacamos el SGS por Movistar barato con una permanencia de 18 meses (por ejemplo) con contrato planazo de 19,90€/mes, podemos conseguir un contrato más barato (9€/mes) durante los meses que nos quede de permanencia...
Última edición por garcrod Día 04/03/11 a las 20:00:18. |
#5
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Pues gracias por avisar. Haber si lo e entendido bien, si yo llamo a alguien y salta el contestador ahora me lo cobran? Y otra pregunta, lo de los 9 euros es como un consumo mínimo, que pagas lo que hablas con un mínimo de 9 euros?
Enviado desde mi Galaxy S usando tapatalk |
#6
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Yo mi intención es rescindir el contrato y largarme a pepephone.
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#7
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Si el cambio de condiciones te lo realizan con más de 30 días de retraso, puedes rescindir el contrato, está establecido por Real Decreto.
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#8
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#9
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Me refiero a que si en la carta que te comunican los cambios te pone:
"a partir del día 30 de marzo se producirán cambios en la tarifa, bla, bla, bla", y lo recibes el día 8 de mayo, esto es, más de un mes después, puedes rescindir contrato sin penalización alguna. Artículo 9.3 del R.D. 899/2009,de 22 de mayo, por el que se aprueba la carta de derechos del usuario de los servicios de comunicaciones electrónicas: "los operadores deberán notificar al usuario final las modificaciones contractuales con una antelación mínima de un mes, informando expresamente en la notificación su derecho a resolver anticipadamente el contrato sin penalización alguna".
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#10
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Me refiero a que si en la carta que te comunican los cambios te pone:
"a partir del día 30 de marzo se producirán cambios en la tarifa, bla, bla, bla", y lo recibes el día 8 de mayo, esto es, más de un mes después, puedes rescindir contrato sin penalización alguna. Artículo 9.3 del R.D. 899/2009,de 22 de mayo, por el que se aprueba la carta de derechos del usuario de los servicios de comunicaciones electrónicas: "los operadores deberán notificar al usuario final las modificaciones contractuales con una antelación mínima de un mes, informando expresamente en la notificación su derecho a resolver anticipadamente el contrato sin penalización alguna". |
#11
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Principalmente tendrás que asegurarte que ha existido un cambio y que afecta a tu contrato y a tus tarifas. Para eso mejor que los llames o mires en la página web a ver si efectivamente ha habido un cambio, qué clase de cambio y sobre todo, cuando empieza a afectar el cambio de tarifas, para poder calcular el mes.
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#12
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Una cosa, segun la ley dice esto:
Artículo 9. Modificaciones contractuales. 1. Los contratos de servicios de comunicaciones electrónicas sólo podrán ser modificados por los motivos válidos expresamente previstos en el contrato. 2. El usuario final tendrá derecho a resolver anticipadamente y sin penalización alguna el contrato en los supuestos previstos en el apartado anterior. 3. Los operadores deberán notificar al usuario final las modificaciones contractuales con una antelación mínima de un mes, informando expresamente en la notificación de su derecho a resolver anticipadamente el contrato sin penalización alguna. Ahi no dice nada de que tengamos que mantener la permanencia. ¿Estais seguros de que hay que mantenerla? Es que si me consiguiera quitar la permanencia seria la leche... Creo que con vodafone ocurrio algo parecido... ¿alguien sabe como acabo todo? |
#13
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Exactamente, a ese artículo en concreto estaba haciendo referencia, pertenece al Real Decreto 899/2009, de 22 de mayo, por el que se aprueba la carta de los derechos del usuario de los servicios de comunicaciones electrónicas.
Te habla de que no tienes permanencia si la operadora te modifica las condiciones contractuales de forma unilateral, porque se supone, que tu te vas a una compañía por los planes de voz o datos que tengas con ellos, y no porque te den uno u otro móvil. Hay un caso antiguo de un cliente de Movistar que lo hizo y sirve de precedente para los demás usuarios, les dejo el enlace: http://www.diariodeunmoviladicto.com...-capitulo-uno El R.D. 424/2005, que aparece ahí, es ahora el R.D. 899/2009, puesto que los artículos referentes a las modificaciones contractuales se legislan ahora por el nuevo R.D.
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Última edición por Doctor24 Día 15/03/11 a las 14:35:05. |
#14
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Hola, en mi última factura de movistar a fecha de 1 de marzo, al final de la misma se puede leer:
Movistar informa: A partir del 1 de abril de 2011, las llamadas dirigidas a números de servicios de redireccionamiento de llamadas o que impliquen la concentración o transformación del tráfico serán tarificadas al precio estándar de pago por uso vigente en cada momento, publicado en el catálogo de precios de movistar según el contrato suscrito, no siendo de aplicación ninguna reducción de precio asociada a promociones, franquicias de tráfico o módulos de ahorro o cualquier otro servicio actual o futuro que implique disminución de precio. En cumplimiento de la normativa vigente, le recordamos que el artículo 9 del real decreto 899/2009 le reconoce si derecho a resolver el presente contrato sin penalización por este concepto si las nuevas condiciones no le resultan de su satisfacción. Esto quiere decir que ya no tengo permanencia? Puedo hacer portabilidad? Me quedaría con mi galaxy? Si sigo con movistar, me van a cobrar las llamadas a buzones de voz como si no tuviese tarifa plana de voz? Un saludo. Enviado desde mi Galaxy S usando tapatalk |
#15
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Soy el único que está pensando en incordiar a movistar?
Enviado desde mi Galaxy S usando tapatalk |
#16
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Me he empapado todos los capítulos de esta historia interminable: http://www.diariodeunmoviladicto.com...-capitulo-uno
y estoy totalmente convencido de que si modifican el contrato, el cliente está en todo derecho de resolver (rescindir) el contrato sin penalización alguna. Cuando llegue a casa le pillo la última factura de movistar a mi novia, y si me encuentro con algún cambio, me pondré manos a la obra. ¡Gracias por la info!
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#17
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Puedes rescindir el contrato comunicándolo de forma fehaciente (con acuse de recibo), siempre y cuando seas uno de los usuarios al cual le han cambiado las condiciones, porque puede ser que pongan la misma anotación en todas las facturas, y no seas tú uno de los afectados. Asegúrate, y si te la han cambiado, envia carta o burofax (repito con acuse de recibo) solicitando la baja por no estar de acuerdo con las nuevas condiciones que te han cambiado de forma unilateral, y que te acoges a lo establecido en el artículo 9 del RD 899/2009, pero asegúrate de ser uno de los afectados porque sino luego te vendrá el susto.
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Gracias de parte de: | ||
#18
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Puedes cambiar de contrato pero no significa que anules la permanencia (según movistar). Es decir que puedes pasar a 9 € /mes que es lo mínimo que tiene movistar. Pero bueno, si te ahorras 10 €/mes; bienvenidos sean. |
#19
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Hola!
¿Y esa baja o portabilidad habria que hacerla ahora? O ese cambio ya anula automáticamente la permanencia, quiero decir, si yo en Junio cuando me cumple la oferta que me hizo movistar (67% de descuento en llamadas y 50% de descuento en el planazo) podria cambiarme de compañia acogiendome a este cambio? Gracias!
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#20
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Buenos días a todos los que andeis por aquí. Me gustaría que explicara alguien mejor el tema este de la variación en las condiciones ya que pregunte en una tienda y me dijeron que solo les afecta a los que tengan lo del desvío de llamadas a otro numero. Yo en mi caso tan solo tengo un planazo el de 20 minutos gratis a todos al día, y me gustaría cambiarlo, pero como todos, tengo permanencia, y me han dicho que a mi no me afectaría, es por lo que me gustaría que si alguien lo sabe exactamente lo explique. Gracias.
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