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Viejo 30/09/22, 09:59:46
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logan677 logan677 no está en línea
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Fecha de registro: ago 2021
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"Disposición adicional vigésima séptima. Adaptación de la contratación con los usuarios finales por los operadores de comunicaciones electrónicas.

1. Los operadores de comunicaciones electrónicas dispondrán de un plazo de dos meses a contar desde la entrada en vigor de esta ley para adaptar su operativa y el contenido de los contratos a formalizar con los usuarios finales a lo establecido en el capítulo IV del título III y demás disposiciones de esta ley.
2. Los operadores de comunicaciones electrónicas dispondrán de un plazo de cuatro meses a contar desde la entrada en vigor de esta ley para modificar los contratos formalizados con los usuarios finales para adaptarlos a lo establecido en el capítulo IV del título III y demás disposiciones de esta ley o, en su caso, y a petición expresa de los usuarios, proceder a su rescisión en los términos indicados en el artículo 67.8."


Para evitar sorpresas, este es un texto de la nueva ley, aunque a los clientes antiguos no se les aplique dicha ley hasta el 30 de Octubre, también tienen derecho a rescindir el contrato sin penalizaciones, salvo por terminal si lo solicitan, por lo que si hay una solicitud expresa se pueden dar de baja en un mes después de recibir la comunicación o dar de baja el 30 de Octubre, pero sino quieres aceptar la subida en función del IPC lo mejor que puedes hacer es hacer una petición a Vodafone de querer darte de baja o portar a otra compañía sin pagar ninguna penalización que no sea del terminal en el plazo de un mes desde la recepción de dicha carta en un soporte duradero, por si luego Vodafone intenta jugártela como suele hacerlo con los clientes insatisfechos que solicitan la baja.


La portabilidad es un proceso que incluye una baja en una compañía y un alta en otra con el mismo número, por lo que tienen que si portas no pueden facturarte ninguna permanencia por tarifa o instalación si por un cambio de condiciones generales solicitas la baja o la portabilidad en el plazo de un mes desde la recepción de la comunicación, ni a los que firmaron el contrato antes de la aplicación de esta ley, ni antes de ella.
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