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Viejo 15/09/15, 16:37:59
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arka657 arka657 no está en línea
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Despues de enviar mi queja formal via email:

"Buenas me pongo en contacto con ustedes con el fin de cursar una queja formal ante la inminente subida del establecimiento de llamada de 15 a 20 cent iva incluido.
Considero un incumplimiento de contrato a todos los efectos por parte de yoigo ya que cambian de forma unilateral las condiciones contractuales en cuanto a mi tarifa contratada,como bien saben estos contratos son vinculantes para ambas partes no para el consumidor solamente.
Te dicen que si no estas de acuerdo puedes dar baja pero es mentira ya que si lo haces te penalizan igual,penalizacion que no deberia ser abonada por mi parte ya que al producirse un incumplimiento del contrato por parte de ustedes yo deberia ser indemnizado por ustedes que incumplen dichas condiciones sin mejora alguna que compense la tarifa en su nuevo formato.
Por otro lado yoigo hace un uso abusivo del echo de que algunos clientes como es mi caso estamos pagando un movil a plazos,algo que deberia quedar al margen ya que en realidad los pagos se pagan a una entidad bancaria, yoigo solo es un mediador/cobrador de estos plazos economicos.
Asi pues si un cliente hiciera uso de su derecho cambiar de operador,causado este cambio por el aumento de precio anteriormente citados quedaria la hipotetica situacion en la que el cliente quedara pagando las mensualidades del terminal adquirido pero claro de nuevo yoigo vuelve hacer un uso abusivo obligandote a abonar el importe total del terminal en un solo pago.
De manera que de una forma u otra el cliente siempre pierde frente a ustedes;mi intencion no es en ningun caso abandonar yoigo y mucho menos que me regalen el movil,mi intencion es mas sencilla es que me mantengan mis condiciones contractuales hasta el final de mi permanencia de igual forma que hacen cuando descatalogan una tarifa,el cliente es quien decide cambiar voluntariamente,para el caso es lo mismo ya que se trata de nuevas tarifas.
Espero su respuesta,atentamente un saludo."

Esta es la respuesta de los frescos de yoigo aludiendo a clausulas que a todos los efectos son abusivas:

"Hola a partir de hoy 15/09 el precio de establecimiento de llamada será de 0.20 céntimos.

Según las condiciones generales de servicio postpago, las cuales aceptas en el momento que firmas el contrato, te informa en el punto 10.2:
10.2 YOIGO, previa comunicación al Cliente, con una antelación de 1 mes, podrá modificar el presente contrato con la finalidad de adaptar su contenido a nuevas circunstancias legislativas, tecnológicas o del mercado de la telefonía móvil. En caso de disconformidad con la modificación propuesta, el Cliente podrá comunicar a YOIGO su voluntad de resolver el contrato.
Puedes ver las condiciones en este enlace: http://www.yoigo.com/informacion-leg...to/castellano
Por lo que por nuestra parte no hay ningún incumplimiento de contrato.
Las condiciones de la baja no cambian. En el caso de darte de baja en la compañía, si tienes permanencia, tendrías que pagar la penalización por incumplimiento.

Por otro lado, en el punto 13 de las condiciones generales del servicio postpago viene reflejado que si cursas baja, debes abonar las cuotas pendientes de pago, no siendo posible otro medio para realizar ese pago. Puedes verlas en el enlace anterior.

Un saludo "

Asi pues solo queda realizar la queja via consumo alegando que la clausula 10 tiene caracter abusivo ya que un contrato debe vincular a las dos partes no al consumidor final solo.
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